Celebración del Día de la Mujer hondureña

Por: Jorge Roberto Maradiaga
* Doctor en Derecho Mercantil, catedrático universitario y especialista en Derecho Aeronáutico y Espacial
El pasado domingo 25 de enero, se celebró en nuestro país el Día de la Mujer, celebración que está estipulada en nuestra normativa. La primera conquista política de las mujeres se materializó en el año 1955, al permitírseles el derecho al sufragio, durante el gobierno de Julio Lozano Díaz. Fue una lucha histórica cuyo logro principal es el reconocimiento de sus derechos políticos, lo que permitió que las mujeres pasaran del campo doméstico al campo público y político. Hoy en día la participación política de la mujer es cada día más protagónica, tan es así que por ejemplo en el Congreso Nacional ya contamos con una significativa cantidad de mujeres que tienen un protagonismo de primera, al tiempo que connotadas damas ocupan posiciones relevantes en la administración pública.
Esta celebración es en todos los países del orbe, si bien en diferentes fechas. En el contexto global se habla de el Día Internacional de la Mujer Trabajadora o Día Internacional de la Mujer, mismo que se celebra el ocho (8) de marzo y que conmemora la lucha de la mujer por su participación en igualdad de condiciones que el hombre. En 1977 la Asamblea General de la Organización de las Naciones (ONU) proclamó el ocho (8) de marzo como Día Internacional por los Derechos de la Mujer y la Paz Internacional, si bien tal como señalamos en el párrafo anterior, en la práctica se celebra en distintas fechas, tal el caso de nuestro país.
En 1910, en la II Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas, reunida en Copenhague se reiteró la demanda de sufragio universal para todas las mujeres y, a propuesta de la connotada dama Clara Zetkin, se proclamó el 8 de marzo como el Día Internacional de la Mujer Trabajadora. Dicha propuesta fue respaldada unánimemente por la conferencia a la que asistieron más de cien (100) mujeres procedentes de 17 países, entre ellas las tres primeras mujeres elegidas para el parlamento Finés.
Como consecuencia de la decisión adoptada en Copenhague, el Día Internacional de la Mujer Trabajadora se celebró por primera vez el diecinueve (19) de marzo de 1911 en Alemania, Austria, Dinamarca y Suiza, con manifestaciones a las que asistieron más de un millón de personas, que exigieron para las mujeres el derecho de voto y el de ocupar cargos públicos, el derecho al trabajo, a la formación profesional y a la no discriminación laboral.
El Día Internacional de la Mujer ha adquirido en los últimos años, una dimensión mundial. El movimiento internacional en defensa de los derechos de la mujer es creciente y es reforzado por la Organización de las Naciones Unidas que ha celebrado varias conferencias mundiales sobre la mujer y ha contribuido a que la conmemoración del Día Internacional de la Mujer sea un punto de convergencia de las actividades coordinadas en favor de los derechos de la mujer y su participación en la vida política y económica.
“Durante la Revolución Francesa la mujer tomó por primera vez, de manera colectiva, conciencia de su situación social. Marchando hacia Versalles, las mujeres parisinas reclamaron, junto a los hombres, y bajo el lema libertad, igualdad, y fraternidad, la igualdad social. Las mujeres también tomaron conciencia de que en aquel momento la lucha de clases no contemplaba la lucha de género, esto es, la plena igualdad social de la mujer por la que debían luchar. Durante la Revolución Francesa se produjeron las primeras peticiones formales de derecho políticos y ciudadanía para la mujer”.
En Honduras se han concretado importantes conquistas. Bien presente tenemos el protagonismo de las mujeres en la década del 90 que permitió que mediante decreto No. 132-97 de septiembre de 1997, se emitiera la conocida Ley Contra la Violencia Doméstica. Personalmente y dada nuestra condición de diputado, asumimos en su momento un papel protagónico con tal iniciativa, pues llevamos de principio a fin la conducción de su análisis y discusión.
El artículo 1 de la Ley Contra la Violencia Doméstica estipula: “Artículo 1. Las disposiciones de la presente ley son de orden público, de ineludible observancia y tienen por objeto proteger la integridad física, sicología, patrimonial y sexual de la mujer, contra cualquier forma de violencia por parte de su cónyuge, excónyuge, compañero, excompañero de hogar o cualquier relación afín a una pareja en la que medie, haya mediado o no cohabitación, incluyendo aquellas relacionadas en la que se sostiene o se haya sostenido una relación sentimental. Los derechos aquí consagrados son universales.
Todo acto de discriminación y violencia doméstica contra la mujer será sancionado de conformidad con la presente ley, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y otras que se suscriban en el futuro sobre la materia”.
www.bufetemaradiaga.com
E-mail: [email protected]