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Chilena Natalia Ciuffardi condenada a cinco años de libertad vigilada

19 Jun, 2015 - 1:26 am

La chilena Natalia Patricia Ciuffardi Castro (28) fue condenada el jueves a cinco años de libertad vigilada por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago de Chile, por la comisión del delito de lavado de activos en perjuicio del Estado de Honduras, en el caso del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

La mujer fue sometida a un juicio de procedimiento abreviado ayer, en horas de la mañana, donde se determinó mantener en firme la acusación por el delito de lavado de activos y declararla culpable y condenarla a una pena de cinco años.

Esta es la primera sentencia condenatoria que se emite en el caso del Seguro Social Hondureño, lograda por las autoridades de Chile, por la Unidad de Cooperación Internacional y Extradiciones (UCIEX) en representación de la justicia hondureña.

La mañana de ayer, autoridades de ese ente chileno, dependiente de la Fiscalía General, informó a su par hondureño sobre la determinación del juzgado de sentenciar a la mujer, quien fue amante del exdirector del IHSS, Mario Zelaya, preso en Honduras acusado de la comisión de varios de delitos, entre ellos fraude y lavado de activos en perjuicio del IHSS.

“La sentencia quedó en firme”, explicaron autoridades de la Fiscalía, quienes también informaron que la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) ya envió el número de cuenta bancaria donde se deberá hacer el depósito de dinero resultante de la venta de los bienes que fueron incautados a Ciuffardi Castro.

LIBERTAD VIGILADA

En la fotografía Mario Zelaya con su examante y el padre de esta, Luis Ciuffardi.

En la fotografía Mario Zelaya con su examante y el padre de esta, Luis Ciuffardi.

Honduras pretendía que la chilena fuera juzgada en Honduras, para que la condena fuese de 15 a 20 años de reclusión, pero no fue concedida la extradición, por lo que el juicio se llevó a cabo en su país, dejando una condena que la acredita como responsable del delito de lavado de activos.

En Chile, la pena es de cinco años con la variante de una libertad vigilada, es decir que la fémina podrá llevar una vida normal con la única salvedad que tendrá que ser vigilada por un delegado de su país.

El artículo 14 del Código Penal de Chile, establece que la libertad vigilada consiste en someter al reo a un régimen de libertad a prueba que tenderá a su tratamiento intensivo e individualizado, bajo la vigilancia y orientación permanentes de un delegado, por un mínimo de tres años y un máximo de seis.

En conversación con LA TRIBUNA, el abogado de Natalia, Aldo Duque Santos, explicó que “ella va a estar libre, va a tener desplazamiento, va a poder trabajar, va a poder salir del país”.

Añadió que su defendida está feliz, porque se reunirá con sus padres, Luis y Patricia y su hijo Giuliano.

Ayer a las 2:40 de la tarde de Honduras, 6:00 de la tarde de Chile, Duque Santos esperaba la liberación de su defendida, quien también era esperada por sus familiares.

“Ella obtuvo una condena de cinco años, pero en lo concreto se establece que ella no es responsable, porque el gran responsable está en Honduras. Ella deberá tener una asistencia social, un apoderado que estará con ella”.

BIENES VALORADOS EN 22 MILLONES

En total, Natalia Patricia obtuvo de las arcas del IHSS alrededor de un millón de dólares, es decir unos 22 millones de lempiras, mismos que invirtió en varias propiedades que compró tanto en Chile como en Honduras, las que ya fueron aseguradas y según un juzgado de aquel país sudamericano serán rematados para entregar el dinero a país afectado.

El juez también determinó vender los bienes que Natalia compró con los fondos que recibió del IHSS.

El juez también determinó vender los bienes que Natalia compró con los fondos que recibió del IHSS.

En mayo pasado el subdirector de la Unidad de Cooperación Internacional y Extradiciones de la Fiscalía Nacional, Rodrigo Ríos Álvarez, explicó que “esta medida -aseguramiento y remate de bienes- tiene como finalidad asegurar cada uno de los bienes que han sido obtenidos producto de estas ganancias ilícitas, asegurando de esa manera los intereses de la sociedad hondureña en su conjunto, como víctima de estas conductas delictivas”.

Luego que el Ministerio Público hondureño inició una investigación en el caso del Seguro Social, detectó que amantes y esposas de funcionarios del IHSS también estuvieron involucradas como testaferros, es decir que recibieron dineros de la institución a través de compañías “fantasmas”.

En el caso de Natalia Patricia, ella actuó como técnico computacional que brindaría soporte técnico al IHSS desde Chile, supuesto trabajo por el que recibió varios millones de lempiras, además su amante Mario Zelaya le hacía transferencias mensuales.

La pareja procreó un niño, al que inscribieron con el nombre de Giuliano Antoiné Zelaya Ciuffardi, cuyo nacimiento fue asistido por el exdirector del IHSS.

Mario Zelaya viajó a Chile a sacar su especialidad en ortopedia en una universidad de Chile, allí conoció a Natalia en un night club donde ella trabajaba como scort o prostituta.

Luego de la primera noche de estar juntos, Mario le ofreció traerla a Honduras y así fue, la chica estuvo viajando al país centroamericano a vivir su amorío, fue después de un tiempo, cuando el exfuncionario le compró una residencia en una residencial de la capital y posteriormente le hacía varias transferencias.

Fue el año anterior que el Ministerio Público de Honduras solicitó al chileno que se emprendiera la extradición de la mujer, pero fue negada, por lo que el juicio se llevó a cabo en Chile.

MP de Chile comunica sentencia

A cinco años de libertad vigilada fue condenada la chilena Natalia Ciuffardi, luego de enfrentar un proceso de extradición por el delito de lavado de dinero cometido en Honduras. La mujer, junto a su pareja Mario Zelaya, exdirector del Instituto de Seguridad Social de Honduras, protagonizaron el escándalo de corrupción más grande registrado en la historia de ese país, luego que en forma sistemática lavaran dinero proveniente de ese servicio, defraudando al fisco en más de 100 millones de dólares.

La mujer compró varios bienes con el dinero que Zelaya le entregaba mensualmente.

La mujer compró varios bienes con el dinero que Zelaya le entregaba mensualmente.

La justicia hondureña solicitó la extradición de Ciuffardi en enero de 2015, la que fue concedida por la Corte Suprema chilena, disponiendo que fuera juzgada en Chile por los delitos cometidos en el país centroamericano considerando su nacionalidad chilena. Esto se llevó a cabo a través de un juicio abreviado desarrollado este jueves en el 9° Juzgado de Garantía de Santiago, instancia que determinó además de la condena, el comiso de todos los bienes raíces y vehículos que Ciuffardi había adquirido en Chile y en Honduras con los dineros defraudados en ese país, los que serán rematados para luego transferir internacionalmente a ese país los dineros que se obtengan, por conducto diplomático, a través de la Unidad de Cooperación Internacional y Extradiciones de la Fiscalía Nacional (UCIEX).

Los bienes adquiridos por Ciuffardi en Chile y en Honduras están avaluados en más de 1 millón de dólares.

Se estima que los delitos cometidos por Zelaya y Ciuffardi afectaron a más de 2 millones de ciudadanos hondureños que dejaron de recibir prestaciones de salud, producto de la defraudación.

El Fiscal Nacional, Sabas Chahuán, asumió la representación legal del Estado hondureño en este caso, ordenando que el director de UCIEX, Eduardo Picand, y el subdirector de dicha Unidad, Rodrigo Ríos, comparecieran a todas las audiencias que se desarrollaron tanto en el juicio de extradición tramitado en la Corte Suprema, como en el 9° Juzgado de Garantía de Santiago, solicitando en representación de Honduras la prisión preventiva de la imputada y el comiso definitivo de todos los bienes adquiridos por ella en Chile y en Honduras, a fin de lograr la restitución de esos dineros a dicho país.

El ejercicio de la acción penal pública en el caso estuvo a cargo del Fiscal Regional Metropolitano Centro Norte, Andrés Montes.

LIBERTAD VIGILADA, CÓDIGO PENAL DE CHILE

La Ley Nº 18,216, sobre las Medidas Alternativas para el Cumplimiento de Penas Restrictivas o Privativas de Libertad contempla las siguientes medidas: Remisión condicional de la pena, Libertad vigilada y Reclusión nocturna.

El artículo 14 de la ley consiste en someter al reo a un régimen de libertad a prueba que tenderá a su tratamiento intensivo e individualizado, bajo la vigilancia y orientación permanentes de un delegado, por un mínimo de tres años y un máximo de seis.

Requisitos
La pena establecida en la sentencia es superior a 2 años y no excede de 5 años.

Mario Zelaya y la chilena procrearon un niño que ahora tiene un año y que estuvo al cuidado de los abuelos maternos mientras ella estaba presa.

Mario Zelaya y la chilena procrearon un niño que ahora tiene un año y que estuvo al cuidado de los abuelos maternos mientras ella estaba presa.

La persona no debe haber sido condenada anteriormente por crimen o simple delito. Informe sobre antecedentes sociales y características de personalidad, su conducta anterior y posterior al delito y la naturaleza, las modalidades y móviles determinantes del delito, señalan que un tratamiento en libertad aparece eficaz y necesario para el caso concreto (no resulta conveniente privarlo de su libertad), para una efectiva readaptación y rehabilitación.

Obligaciones
Establecer residencia en un lugar determinado. Sujeción a la vigilancia y orientación permanente de un delegado por el tiempo fijada para la medida, debiendo cumplir las normas de conducta e instrucciones que este le imparta.

Ejercer una profesión, oficio o empleo.
Satisfacer indemnización civil, costas y multas impuestas por la sentencia (el tribunal puede obviar esta obligación en caso de impedimento justificado).

Reparar, en proporción racional, los daños causados por el delito (el tribunal puede establecer una regulación prudencial de pago).

Revocación
Por orden del tribunal ante quebrantamiento de alguna de las condiciones impuestas por el tribunal o desobediencia grave o reiterada de las normas de conducta e instrucciones impartidas por el delegado.

Por la comisión un crimen o simple delito.

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