Dos hombres pueden viajar en moto en zonas rurales

El Congreso Nacional derogó anoche la Ley que prohíbe que anden dos personas en motocicleta en 268 municipios del país.
El diputado proyectista nacionalista de Santa Bárbara, Rolando Dubón Bueso, expuso que su iniciativa se basa en un estudio y análisis del Ministerio de Seguridad en donde se revela que en los años 2014 y 2015 solo en 30 municipios se presentaron ilícitos de dos personas en motocicleta.
Sin embargo, en 268 municipios del país no se registró ningún acto delincuencial en moto y por ello se procede a derogar la Ley que prohíbe que dos personas se transporten en motocicleta, pero sin que porten armas.
Agregó que los 30 municipios en que queda vigente la Ley, es en el Distrito Central, la Zona Metropolitana del Valle de Sula, Yoro, La Ceiba, entre otros.

El incumplimiento de la prohibición dará lugar al decomiso del vehículo motorizado, la licencia de conducir por el término de 45 días.

En el caso de reincidencia, la multa será de cuatro salarios mínimos y 60 días de decomiso del automotor  y la licencia del motorista.

Por ende, una vez que el decreto se publique en La Gaceta, la Policía dejará de requerir en los 268 municipios a dos ciudadanos que se transporten en una motocicleta, puntualizó.

Zonas donde queda restringida la circulación:

Cortés
Choloma
San Manuel
Santa Cruz de Yojoa
San Francisco de Yojoa
Omoa
Puerto Cortés
La Lima
San Pedro Sula

Francisco Morazán
Talanga
Tegucigalpa

Comayagua
Comayagua
Siguatepeque
La Libertad

El Paraíso
Danlí
Moroceli
Trojes

Atlántida
La Ceiba
Tela
Jutiapa
San Francisco

La Paz
La Paz

Colón
Saba
Limón
Tocoa

Copán
Nueva Arcadia

Olancho
Catacamas

Yoro
El Progreso
Victoria
Santa Rita
El Negrito

Lempira
San Sebastián

Santa Bárbara
Santa Bárbara
Quimistán
Macuelizo

Sanciones