Culpables los cuatro imputados por el delito de secuestro agravado

La Sala II del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional, por unanimidad de votos, declaró culpables a dos hombres y dos mujeres por el delito de secuestro agravado en perjuicio de una testigo protegido, según hechos ocurridos en la ciudad de La Ceiba, Atlántida, en el mes de septiembre del año 2013.

Se trata de: Kelvin Leonel Argueta Fúnez y Jarlin Adolfo Torres Natarén como autores responsables del delito de secuestro agravado y las féminas Merlyn Evelyn Armijo y Wendy Yadira Torres Nataren, a título de cómplices.

De acuerdo a investigaciones en fecha 13 de septiembre del 2013,  a eso de las 6:30 de la tarde, la testigo protegido, quien residía junto a su madre en La Ceiba, fue secuestrada en la colonia Buenos Aires en dicha ciudad, por el joven, Argueta Fúnez, junto a otras personas más cuando la ofendida se encontraba con la joven Cirey Argueta Fúnez, con quien  viajaba cuando ella visitaba a su familia en la comunidad de Nueva Sinaí, en Sonaguera, Colón.

Ese día, dice el relato, Argueta Fúnez, había planificado el secuestro de la joven, abordo de su vehículo dio seguimiento a la testigo protegido y a su acompañante, desde que estas salieron de Sonaguera, pero una vez que  ambas llegaron a la ciudad de La Ceiba y cuando la ofendida bajaba a la joven Cirey, frente a su vivienda, una de las personas que acompañaba al imputado Kelvin Leonel, las encañonó, con un arma de fuego, llevándose a ambas fuera de la ciudad.

Luego del secuestro procedieron a abandonar  a su acompañante,  mientras a la testigo protegido la llevaron hasta una casa en construcción en la aldea Puentecita, en el municipio de Yoro, lugar que había sido  ubicado por el imputado Jarlin Adolfo, al momento  que esta fuera secuestrada y por quien solicitaron por su liberación la cantidad de dos millones de lempiras a cambio de no hacer daño a ella y su familia a quien según ellos tenían vigilada.

Una vez que fue denunciada la desaparición de la testigo protegido ante los agentes policiales, se inició un proceso investigativo logrando dar con el paradero de la ofendida en una cueva ubicada al pie de una montaña en el departamento de Yoro, quien era cuidada y alimentada por los imputados.

Por el delito de secuestro el artículo 192 establece una pena de 20 años a privación de la libertad de por vida.

El Tribunal convocó a las partes para el día  dos de mayo a la 1:30 de la tarde para la realización de la Audiencia de Determinación de la Pena.