Aeropuerto Toncontín será cerrado

Si Toncontín sigue operando con Palmerola en funciones, el Estado tiene que pagarle unos 20 millones de lempiras mensuales a concesionaria.

Por razones de interés público se decreta el rescate de los servicios aeroportuarios en el Aeropuerto Internacional de Toncontín, concesionados a Interairports para operar comercialmente Palmerola.

Tegucigalpa, la capital de Honduras, oficialmente se queda sin aeropuerto, porque su actual terminal aérea quedará cerrada después de 90 días en que entre a funcionar el aeropuerto de Palmerola, Comayagua.

En esos términos, lo dice textualmente el contrato de concesión que firmó el gobierno del Presidente Juan Orlando Hernández, con la sociedad mercantil de propósito especial denominada “Palmerola Internacional Aeropuerto Sociedad Anónima de Capital Variable”, constituida para tal efecto por la Sociedad Mercantil Inversiones, EMCO, S.A de C.V, cuyo operador, es Aeropuertos de Múnich, Alemania.

Y como si eso fuera poco, el propio presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, lo confirmó en la noche del pasado miércoles, al justificar los motivos y razones del porqué se tomó la decisión gubernamental de permitir la construcción y operación del aeropuerto de Palmerola.

El contrato de concesión, Diseño Construcción, Financiamiento Operación y Mantenimiento del Aeropuerto Internacional de Palmerola lo firmó con autorización del estado de Honduras, la Comisión para la Promoción de la Alianza-Público Privada (COALIANZA) y la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (Insep).

DE INTERÉS PÚBLICO PALMEROLA

Previo a la firma de ese contrato, el Presidente Juan Orlando Hernández, en Consejo de Ministros, aprobó el decreto que declara de interés público la construcción del aeropuerto de Palmerola, el cual fue publicado en La Gaceta número 33978, del 7 de marzo del 2016.

En ese mismo decreto Ejecutivo, también se establece que por razones de interés público se decreta el: “Rescate de los Servicios Aeroportuarios en el Aeropuerto Internacional de Toncontín”, concesionados a la Sociedad Mercantil Interairports S.A. de conformidad a lo establecido en la Cláusula 16.5 y 16.7 del contrato de concesión antes citado y por agotada la primera opción de ‘esta para operar comercialmente el aeropuerto de Palmerola.

Dicho rescate se efectuará tres meses antes del inicio de operaciones comerciales en el Aeropuerto de Palmerola para lo cual Insep hará la notificación correspondiente a Interairports, S.A.

En el Congreso Nacional, se tiene previsto para la próxima semana aprobar en tercer y último debate el contrato de concesión del Aeropuerto de Palmerola.
En el Congreso Nacional, se tiene previsto para la próxima semana aprobar en tercer y último debate el contrato de concesión del Aeropuerto de Palmerola.

En el mismo decreto, también se consigna que para los efectos indemnizatorios, Interairports debe presentar a la Superintendencia de Alianza Público-Privado sus estados financieros auditados de acuerdo a los estándares internacionales de contabilidad internacional, incluyendo el flujo de caja y el modelo económico financiero presentado con su oferta.

Los estados financieros auditados, Interairports los deberá presentar desglosados por aeropuerto desde la fecha que inició la concesión hasta el 2015.

El decreto, tipifica además que en caso de ser necesaria la indemnización a Interairports según el cálculo realizado por parte de la Superintendencia de Alianza Público Privado, se autoriza a la Secretaría de Finanzas para que proceda a realizar el pago correspondiente.

 EL CIERRE DE TONCONTÍN

En el capítulo VIII de contrato de concesión del aeropuerto de Palmerola publicado en el Diario Oficial La Gaceta el jueves 17 de marzo con numeral 37,987, se titula: “Explotación del Aeropuerto de Palmerola”, Deberes y Derechos del Concesionario.

En este aparte, se tipifica que la explotación del aeropuerto de Palmerola, constituye un derecho del Concesionario en la medida que es el mecanismo mediante el cual ‘este generará ingresos a partir de los bienes de la concesión

En el numeral 8.2 del citado contrato, se precisa que el concesionario deberá asumir todos los costos inherentes a la prestación de los servicios aeroportuarios y no aeroportuarios, así como los costos de renovación de autorizaciones y licencias, tributos, seguros y demás gastos que correspondan de conformidad con las Leyes y Disposiciones Legales.

Mientras en el numeral 8.38 del aludido convenio, se establece que: “El Concedente (Estado) directamente o a través de la AHAC, deberá efectuar todos los trámites y gestiones respectivas para finalizar todas las operaciones aeroportuarias de índole comercial de vuelos nacionales e internacionales que se lleven a cabo en el aeropuerto de Toncontín, los cuales deberán cumplirse en un plazo de 90 días calendario contados a partir de la suscripción del Acta de Recepción de Obras Obligatorias Iniciales, para dar inicio a la Explotación del Aeropuerto de Palmerola”.

“En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en la cláusula anterior por parte del Concedente (Estado), el Concesionario tendrá derecho a una compensación por parte del Concedente (Estado) equivalente a 800 mil dólares mensual por concepto de indemnización por el retraso para iniciar la explotación del aeropuerto de Palmerola”.

“En caso de que el Concedente no cumpla con pagar dicha compensación dentro de los primeros 30 días calendario contados a partir de generada la obligación por parte del Concedente, el Concesionario podrá proceder a invocar la terminación de conformidad a lo establecido en el Capítulo XV del presente contrato”.

“La obligación del pago de la compensación regulada en la presente cláusula, a favor del Concesionario no será aplicable en caso que ‘este tenga alguna vinculación accionaria o de gestión con el concesionario del Aeropuerto Internacional de Toncontín”, establece de manera puntual el numeral 8.39 del contrato de concesión del Aeropuerto de Palmerola. (JS)