Para inscribir planillas, movimientos deberán cubrir 10 departamentos

Los movimientos que quieran participar en las elecciones primarias deberán presentar las planillas de los tres niveles electivos al menos en 10 de departamentos y 150 municipios del país, según el reglamento electoral.

Cada corriente dispone hasta el 11 de noviembre para reunir esta información y luego trasladarla a las autoridades centrales de su partido que a su vez las trasladará, una vez revisadas, al Tribunal Supremo Electoral.

Asimismo, cada corriente deberá acreditar un observador ante el organismo electoral y frente a él se procederá a revisar si se presentó en tiempo y forma el escrito de la solicitud de inscripción y si la misma cumple con los requisitos establecidos en la Ley Electoral y del reglamento.

Las planillas deben contener la fórmula presidencial completa (candidato presidencial y los tres designados) y la nómina completa de aspirantes propietarios y suplentes al Parlamento Centroamericano.

En cuanto al nivel de diputados, será necesario que presenten planillas de 10 de los 18 departamentos, mientras que para las corporaciones municipales se exige representación completa (alcaldes, vicealcaldes y regidores) en 150 de los 298 municipios del país.

También será necesario levantar el inventario físico de la cantidad de firmas presentadas con la solicitud de inscripción a fin de verificar si cumple con el mínimo requerido de acuerdo al partido político al que pertenece.

El TSE advirtió que no se tendrán como válidos los listados presentados en formato distinto al autorizado.