Análisis jurídico sobre TPS

Por: Dr. Israel Romero Puerto
Juris Doctor (Jurista Internacional), PhD [email protected]

Hoy vamos a analizar varias situaciones que tienen repercusión en los beneficiarios del TPS: la decisión del gobierno americano de no renovar ese privilegio a los 13 países que por muchos años han estado disfrutándolo, una decisión de una Corte Federal, la notificación oficial a Haití que ya no se los renovarán, y el doble incumplimiento de las reglas por el gobierno hondureño.

Para comenzar, queremos aclarar que como hondureño por nacimiento, me siento desalentado por la serie de acontecimientos alrededor de los beneficiarios del TPS, especialmente los compatriotas. Pero como jurista conocedor de las leyes americanas, y de cómo actúa la justicia americana, estoy en la obligación de decir la verdad, de aclarar ciertas dudas y especialmente la confusión que impera en los familiares de los TPSes catrachos.

Oficialmente el gobierno americano publicó su decisión de no renovar más el TPS, y acto seguido notificó oficialmente al gobierno de Haití para alertar a sus ciudadanos beneficiarios en Estados Unidos, tomar las medidas necesarias para retornar a su país de origen. Al momento oportuno irán notificando a los otros 12 países.

La semana pasada, una Corte Federal decidió a favor de los peticionarios una demanda para que a los beneficiarios del TPS les sea permitido obtener su residencia por petición de hijos que sean ciudadanos americanos mayores de 21 años. El gobierno americano no contestó la demanda, y después de la decisión del tribunal no apeló la decisión. Acto seguido se desató una serie de conjeturas que solo han traído confusión y desesperanza para los TPSes residiendo en otros estados que no son los nueve que cubre esa Corte Federal, que es la región suroeste de Estados Unidos.

El gobierno americano no contestó la demanda, ni apeló la decisión porque esa decisión es “albarda sobre aparejo” ya que la Ley de Migración siempre ha permitido y seguirá permitiendo que los TPSes y cualquier otro extranjero puede obtener su residencia permanente por petición de un hijo(a) ciudadano(a) americano(a)  mayor de 21 años. Ese beneficio no es exclusivo para los TPSes. Lo positivo para los TPSes, residiendo en cualquiera de los 50 estados de la Unión Americana, Puerto Rico, Guam, Islas Vírgenes y American Samoa, (los 50 estados incluyen Hawái y Alaska) es que los TPSes pueden recibir su residencia permanente en donde viven, sin tener que viajar a su país de origen, porque bajo el TPS están legales en Estados Unidos. Todos los que están legales, o entraron legalmente a Estados Unidos, al momento de presentar su petición para residencia permanente, les conceden el privilegio de recibir su green card en su estado de domicilio. El TPS es un privilegio.

Como jurista internacional veo una repercusión negativa de toda la cobertura publicitaria que le han dado a ese caso y que pretenden presentar que concede un beneficio solamente a nueve estados. La falacia estriba en que, repetimos, es un beneficio otorgado por la ley americana, y no era necesario ir a una Corte a exigirlo. A eso se debe que el gobierno americano no gastó pólvora en zopilotes. Es importante hacer saber a todos los TPSes que no importa el estado donde tengan su domicilio, si tienen un hijo(a) ciudadano(a) americano(a) mayor de 21 años, presenten inmediatamente su petición para residencia permanente, antes de que queden ilegales nuevamente.

La situación que más preocupa es la decisión del gobierno hondureño de seguir neceando con la dichosa Matrícula Consular, en un momento crucial porque el TPS para los hondureños vence en 5 meses (enero 2018). Especulemos: es posible que JOH y sus segundos ya recibieron notificación que no habrá renovación de TPS, y por eso no les importa si se les acusa, que por incumplir la Ley Americana con la MC no se renovó ese beneficio a 57,000+ hondureños. En todo caso, esa Matrícula Consular no representa ningún beneficio para quienes la compren a partir del 25 de septiembre. Ese documento solo pone de manifiesto a las autoridades americanas que lo vean, que el portador es ilegal. Podrían procesarlo por portación de documento falso y deportarlo.

La MC es violación de la ley porque va en contra de los requisitos impuestos por el Congreso Americano a los tres países del Triángulo Norte, para que reciban fondos americanos para el Plan de Prosperidad. Esa ley requiere que Honduras, Guatemala y El Salvador, adopten medidas para evitar la presencia de indocumentados de sus países en Estados Unidos, y la MC insta a los catrachos a permanecer ilegales, sin ningún beneficio. El único beneficiado es el gobierno emisor, que se embolsará muchos millones vendiendo ese documento falso. Tres países la venden. Los demás aceptan que es robo.

Otra especulación: como las elecciones de noviembre están a la vuelta de la esquina, no se quiere dotar de un pasaporte a los catrachos en Estados Unidos. Por ley, este es el único documento válido para votar fuera de Honduras. No reformaron la ley, por lo tanto sigue así.

No es especulación, que habiendo cancelado el TPS a los haitianos se lo renueven a otros países. Eso constituiría una discriminación flagrante contra los haitianos, y provocaría una conmoción jurídica sin precedentes en las cortes de Estados Unidos.

Nosotros opinamos que no es oportuno emitir la MC, y que si no renovaron el TPS a Haití, no se lo renovarán a los otros 12 países, incluyendo Honduras.