La dignidad del abogado

Por José María Díaz Castellanos
Catedrático de Derecho UNAH

Las noticias del momento con relación a los abogados son que a raíz del asesinato de abogados, el cual se ha reducido drásticamente en este período de la Junta Directiva 2016-2018, se aprobó una Ley de Protección de los Operadores de Justicia y Defensores de Derechos Humanos donde se incluyen los abogados, quienes al sentirse amenazados deben comunicarlo al Colegio de Abogados para activar la comisión de seguridad.

La otra noticia es que se ha creado dentro de la SAR una unidad de investigación tributaria para los profesionales independientes, donde se incluyen los abogados. La SAR denuncia que “existen abogados que cobran hasta tres millones de lempiras por una simple audiencia en los tribunales, en los conocidos casos emblemáticos, por lo que insistió, estos profesionales deben tributar en base a sus ingresos. Citó que hay profesionales que cobran hasta tres millones de lempiras por una audiencia preliminar en casos que se ventilan en los juzgados con jurisdicción nacional”.

En Pildoritas de LA TRIBUNA aparece: ABOGADOS. “Ya la SAR anda buscando esos honorarios que cobran los abogados arancelarios, por una “escriturita”, para ampliar la base impositiva”.

El problema aquí no es que la SAR ande cobrando lo que le corresponde al Estado, ya que cada abogado está obligado a declarar sus ingresos, sino, menospreciar la actividad misma del abogado cuando dice que por una “simple audiencia cobran hasta tres millones de lempiras”. La otra expresión ofensiva es la de Pildoritas: Buscar aquellos abogados que cobran por una simple “escriturita”.

Denotan estas expresiones desconocimiento de lo difícil que es ejercer la profesión donde va de por medio su prestigio y su vida.

La SAR no debe cuestionar ningún pacto de honorarios profesionales; ello no les compete. Nadie se debe asustar de una audiencia donde va de por medio la libertad o el patrimonio de la clientela. Lo que debe exigir es que declaren y paguen sus impuestos si no lo han hecho.

“Una simple “escriturita” lleva como antecedente varios años de estudios, un examen de “vida y costumbres” y de “conocimientos” ante la Corte Suprema de Justicia y 50 años de ejercicio profesional. Tampoco esto debe cuestionarse, sin embargo sí debemos reconocer que hay casos que pecan por defecto o por exceso en el cobro de honorarios profesionales y que al final caen al Tribunal de Honor del Colegio de Abogados o de la Unión de Notarios de Honduras.

La dignidad del abogado es un tema ético, “bajo el puente de nuestra profesión pasan todas las miserias del mundo. Se dice por ello que la abogacía puede ser la más noble de las profesiones o el más vil de los oficios”. Couture.

Los abogados debemos de abstenernos de participar en actos ilícitos como por ejemplo la corrupción o retardar deliberadamente los litigios mediante la presentación de incidentes ya que debe prevalecer la buena fe que exige hoy el Código Procesal Civil (Artículo 6).

Un abogado que se presente en una audiencia inicial o una audiencia preliminar en materia penal, lo que anda buscando es justicia; este trabajo es remunerado a través de un honorario profesional y no el lucro, ya que los abogados no somos comerciantes. Siempre le debemos recodar a la Fiscalía el principio de “presunción de inocencia”.

El problema está cuando muchos abogados no ejercen la profesión libremente y pasan a ser servidores públicos. En este caso no se somete a las reglas del libre ejercicio profesional sino al Código de Conducta de los servidores públicos.

Desde que era presidente del CAH (período 2002-2004), se exigía a todos los procuradores así como a nuevos colegiados, recibir previamente un curso de ética profesional. Estos cursos deben impartirse en forma transversal en todos los cursos que se dan principalmente en el CAH. Sabemos que en este período recién finalizado se impartieron más de 500 capacitaciones. Pues bien, lo que propongo es que independientemente de la materia que se imparta, siempre se hable de ética.

Un acto muy bonito que hubo en el CAH, período 2016-2018, es el premio Honrar la toga. Se dio un reconocimiento a los abogados y doctores en Derecho, Edmundo Orellana Mercado y Suyapa Thuman. El premio lo decidió por unanimidad el Tribunal de Honor.

La dignidad significa que el profesional del derecho es merecedor de respeto. “Los deberes fundamentales que la profesión impone a todo abogado son: La defensa de la justicia, el respeto a la ley, la dignidad, la independencia, el desinterés, el compañerismo y la superación de su cultura jurídica”.

(Artículo 1 Código de Ética del Profesional del Derecho). “El ejercicio de la profesión de abogado excluye toda ocupación que coarte su independencia y que sea lesiva a su dignidad”. (Artículo 2). “La conducta privada del abogado, se ajustará a las reglas del honor: la decencia y la dignidad que deben caracterizar al hombre honrado y justo”. (Artículo 3). “El abogado debe conservar su dignidad y su independencia, especialmente en relación con sus clientes, estándole prohibido acatar de ellos instrucciones contrarias a las tradiciones de pulcritud y honorabilidad de la abogacía”. (Artículo 9).
La dignidad del ser humano es inviolable. (Artículo 59 constitucional). Se encuentra en la parte dogmática (Declaraciones Derechos y Garantías) de la Carta Magna.

Los jueces también tienen dignidad: “los jueces, magistrados, auxiliares judiciales y demás personal del Poder Judicial, deben ejercer su cargo con dignidad, absteniéndose de toda conducta contraria a la seriedad y decoro que el mismo exige”. (Artículo 1, Código de Ética para Funcionarios y Empleados Judiciales).