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Congreso destituye a Manuel Zelaya
29 Junio 2009 - 2:20 AM Noticia de Políticas
TEGUCIGALPA.- En una histórica sesión, el pleno del Congreso Nacional, por unanimidad de votos destituyó al Presidente de la República, Manuel Zelaya Rosales, y nombró en su lugar al titular del Poder Legislativo, Roberto Micheletti Bain.

Los diputados cuando aprobaban que Roberto Micheletti, fuese el nuevo Presidente de los hondureños.
Eran las 12:20 cuando el titular del Poder Legislativo abrió la sesión legislativa, después que se comprobara el quórum, para cederle la palabra al diputado Ricardo Rodríguez, del Partido Liberal, quien presentó informe especial sobre las irregularidades de Zelaya Rosales, al darle cumplimiento a la moción aprobada el jueves anterior, cuando se determinó improbar su conducta por la violación a las leyes y a la Constitución de la República.
“La intranquilidad jurídica, social y política provocada por acciones arbitrarias del Poder Ejecutivo de manera reiterada, confrontando a los demás poderes del Estado y las instituciones que conforman el Estado de Derecho”, indica el informe.
“Es de conocimiento público que las acciones de Zelaya Rosales han generado un clima de incertidumbre, confrontación y división en la sociedad hondureña, preocupación que ha recogido este Congreso Nacional y por ende, la suscrita comisión especial”, añadió.
“Esta comisión estima que el Poder Ejecutivo ha ejecutado acciones desafortunadas, desafiando a las autoridades constituidas y al cumplimiento de los deberes constitucionales y legales, que de una u otra forma inciden en el normal desarrollo de la vida nacional. Para tal efecto, en nuestra misión de informar bien y fielmente, hemos tenido a la vista, la documentación respectiva”, prosiguió Rodríguez.
Después de leer las acciones ilegales de Zelaya, la comisión especial concluyó que “la conducta del señor Presidente hace peligrar su fidelidad a la República y el cumplimiento de la Constitución y las demás leyes que enmarcan la conducta de los funcionarios, poniendo en precario el Estado de Derecho, la gobernabilidad y el Estado democrático”.
Se conoce la renuncia de Zelaya

Los miembros de la sociedad civil, que siempre apoyaron el respeto a la Constitución.
La sorpresa se produjo en el Congreso Nacional cuando el secretario José Alfredo Saavedra obtuvo la venia de los diputados para leer una correspondencia. Se trataba de la renuncia del titular del Poder Ejecutivo, Manuel Zelaya.
En la carta se justifica que debido a que la situación política estaba polarizada, erosionada la base política y problemas insuperables de salud que le han pedido concentrarse en los problemas del Estado renunciaba al cargo de Presidente de la República.
Al concluir la lectura, a las 12:37 del día Saavedra preguntó a los legisladores si se aceptaba la renuncia del Presidente Zelaya, dos minutos más tarde la declaró “aceptada” por unanimidad.
Roberto Micheletti tomó la palabra para nombrar una comisión especial integrada por Ricardo Rodríguez, José Toribio Aguilera Coello, Rolando Dubón Bueso y Gabo Alfredo Jalil Mejía, para que dictaminara el decreto sobre la renuncia aceptada de Zelaya Rosales. La primera sesión se suspendió en este punto y fue convocada media hora más tarde.
VIOLENTO CONSTITUCION

Las diputadas fueron las primeras en darle todo el apoyo a Roberto Micheletti.
La comisión de dictamen de la renuncia del Presidente de la República le puso fin a la gestión de Manuel Zelaya al presentar un decreto en el que hacía referencia al contenido del informe especial sobre la reprobación de las acciones del titular del Ejecutivo.
Alfredo Saavedra, en calidad de secretario del Congreso Nacional, presentó al pleno el dictamen en el que se establecieron todas las violaciones que demostraron “que la conducta del Presidente de la República pone en peligro inminente el Estado de Derecho y la gobernabilidad”.
Por ello, en el ejercicio de sus atribuciones, el pleno decretó improbar la conducta del Presidente de la República, separarlo del cargo y nombrar en sustitución de Manuel Zelaya Rosales al actual Presidente del Congreso Nacional (CN), Roberto Micheletti Bain.
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Las acciones ilegales de Zelaya
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| –La no sanción de más de 96 decretos y leyes remitidas al Presidente procede a presentar el informe que se nos había solicitado hacer algunas investigaciones.–La no remisión del Presupuesto General de la República, que según mandato constitucional debía estar presentado a más tardar el 15 de septiembre del año pasado.–La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo y ratificada por la Corte de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo de Tegucigalpa referente a la ilegalidad del proceso de cuarta urna y los actos relacionados con la encuesta.–Notificaciones del Poder Ejecutivo de la Fiscalía General de la República sobre la ilegalidad de la referida encuesta.
–Sentencia del Recurso de Amparo sobre la suspensión del acto reclamado sobre la remoción del jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas. –Acta especial decomiso y depósito en custodia de material electoral nombrado depositario del mismo al coronel de aviación Marco Vitelio Castillo Brown. –Decreto del consejo de ministro número PCM-019-2009 publicado en el diario oficial La Gaceta, en el que se le ordena la realización de la encuesta de opinión pública para la convocatoria de asamblea nacional constituyente y que comenzó a ejecutarse hoy. –El juzgado de lo contencioso administrativo emitió una resolución del inmediato decomiso del material electoral. –Poca atención a problemas sustanciales que sufre el pueblo como la gripe A-H1N1 que ocasionó pérdidas de vidas humanas. –La no atención a los damnificados y reconstrucción de las viviendas afectadas por el terremoto. –La crisis financiera que ha ocasionado la pérdida de más de 100 mil puestos de trabajo. –La inseguridad que enluta a las familias. –Sustracción del material electoral. |
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Decreto de destitución de Zelaya
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| Congreso NacionalConsiderando: que la conducta del Presidente de la República ha provocado en el pueblo un clima de confrontación, división y zozobra al grado de poner en peligro inminente de rompimiento del Estado de Derecho y la gobernabilidad.Considerando: que de conformidad con los artículos 245 numeral 1, 321 y 322 de la Constitución de la República, es deber del ciudadano Presidente de la República ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y sus Leyes, los tratados y convenciones y las demás disposiciones legales.
Considerando: Que es potestad del Congreso Nacional, velar, aprobar o improbar la conducta de los poderes constituidos y demás instituciones del Estado. Considerando: que los funcionarios del Estado no tienen más facultades que lo que expresamente les confiere la ley, que todo acto que ejecuten en contra de la ley es nulo e implica responsabilidad, que los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables de su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella. Considerando: que es manifiesta la conducta irregular del Presidente de la República, ciudadano Manuel Zelaya Rosales, al violentar de manera reiterada la fidelidad de la República y el estamento jurídico de nuestro país, poniendo en inminente peligro el Estado de Derecho y el sistema de gobierno democrático que el pueblo por voluntad democrática ha escogido y que por ende el CN está llamado a observar y hacer cumplir. Considerando: que de conformidad al artículo 242 de la Constitución de la República, en ausencia absoluta del Presidente y del Vicepresidente de la República, el Poder Ejecutivo será ejercido por el Presidente del Congreso Nacional. Por tanto decreta
Artículo 1.-El Congreso Nacional en aplicación de los artículos 1, 2,3,4, 205, 220 numeral 20, 218, 242, 321, 322, 323 de la Constitución de la República, acuerda:
a. Improbar la conducta del Presidente de la República, ciudadano José Manuel Zelaya Rosales por las reiteradas violaciones a la Constitución de la República y las leyes y la inobservancia de las resoluciones y sentencias de los órganos jurisdiccionales. b. Separar al ciudadano Manuel Zelaya Rosales del cargo del Presidente constitucional de Honduras. Artículo 2.- Nombrar constitucionalmente al ciudadano Rigoberto Micheletti Bain actual presidente del Congreso Nacional en el cargo de Presidente Constitucional de la República por el tiempo que falte para terminar el periodo constitucional y que culmina el 27 de enero del 2010. |
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