El informe de la Comisión de Venecia

Por Carlos López Contreras

En días recientes hemos conocido el informe de la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho, (Comisión de Venecia), que ha circulado en una presentación personal el señor Luis Almagro.

El tema del compareciente es la consideración de la reelección presidencial como un derecho humano.

Hay que tener presente que la Comisión de Venecia fue creada en 1990 como órgano consultivo para asistir en materia constitucional a los países de la Europa Central y Oriental, recién salidos de la órbita socialista totalitaria.

Sobre el tema de la reelección presidencial los estados han establecido regulaciones diversas, unos prohibiendo la reelección, otros autorizándola por una sola vez consecutiva, como en Estados Unidos de América, otros de forma alterna.

En el caso de Honduras no se ha definido si la reelección es alterna, consecutiva, limitada o indefinida. Por ese motivo, el Partido Nacional intentó durante la legislatura pasada introducir una ley que regulara la reelección, para impedir que se considere ilimitada en perjuicio de la democracia.

Cada estado regula este tema, en ejercicio de su soberanía, en función de su realidad y circunstancias políticas e históricas. No existe una fórmula buena y otra mala.

En el caso de Honduras, la Corte Suprema de Justicia, integrada por magistrados pertenecientes a diversas orientaciones políticas, determinaron que la prohibición de la reelección presidencial era inconstitucional por los motivos que tuvo a bien invocar, y que no era aplicable. Y siendo el órgano más alto del Poder Judicial de Honduras, lo que él determine, agotados los recursos, se convirtió en derecho de cumplimiento obligatorio en todo el territorio nacional; y pasó a formar parte del régimen electoral.

Es en base a esa decisión de la Sala de lo Constitucional que el Partido Nacional de Honduras postuló e inscribió como su candidato presidencial para un nuevo período presidencial al abogado Juan Orlando Hernández Alvarado, quien ganó las elecciones más observadas internacionalmente de la historia de Honduras, obteniendo un nuevo mandato por la voluntad mayoritaria del pueblo hondureño.

Es un ejercicio intelectual interesante conocer la opinión de la Comisión de Venecia, pero sus planteamientos y conclusiones tienen un carácter consultivo, no vinculante, para los órganos de la Unión Europea y no hay manera racional para pretender que contenga principios o normas jurídicas aplicables a países del continente americano.

En su momento, en Honduras surgieron opiniones discordantes con la sentencia de la Corte Suprema de Justicia -y con frecuencia lo expresaron libremente en los medios de comunicación- lo cual es normal en una república democrática, donde los políticos a veces dicen improperios, dignos de mejor causa, impunemente contra de las autoridades constituidas. Hay inclusive funcionarios internacionales que disienten y también lo expresan públicamente, pero no cambia la realidad interna porque en las elecciones del 2017, todos los partidos legalmente inscritos en el Tribunal Supremo Electoral, presentaron sus candidatos a todos los cargos elegibles, incluyendo la fórmula presidencial y los candidatos a diputados al Parlamento Centroamericano; participaron en las elecciones, tomaron posesión de sus cargos bajo juramento, con lo cual han reconocido política y jurídicamente por medio de actos concluyentes la legitimidad de la reelección presidencial, poniendo punto final a la discusión surgida con motivo del conteo de los votos. Así terminó el torneo electoral, desapareciendo las alianzas y los candidatos derrotados, estos últimos pasando a la condición de ciudadanos privados.

Existe una discusión en ciertas organizaciones internacionales sobre si dichas instancias están investidas de poder para generar nuevo derecho internacional sin contar con el cumplimiento de los requisitos internos de los Estados miembros (aprobación legislativa y ratificación por los gobiernos). Le llaman el desarrollo progresivo del derecho internacional.

Es una tesis interesante, pero en el derecho internacional vigente, en aplicación de la Carta de las Naciones Unidas, a la que están subordinadas las cartas de organizaciones regionales como la OEA, mientras no sea reformada, el principio rector del derecho internacional vigente es el respeto a la soberanía de los estados y la no intervención en sus asuntos internos.