Recalificación de delitos y devolución de los bienes para ex primera dama

Por: Xiomara Mairena

La Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción declaró parcialmente “ha lugar el recurso de apelación” interpuesto en su resolución y revocó la calificación jurídica del auto de formal procesamiento por los delitos de malversación de caudales públicos y lavado de activos contra la ex primera dama, Rosa Elena Bonilla, por la imputación de los delitos de apropiación indebida apreciados como un delito continuado a título de autoría y por fraude en el grado de participación de inductora.

De acuerdo al comunicado del Poder Judicial, en la audiencia inicial realizada el pasado 5 de marzo, el Juzgado Penal con Competencia Nacional en Materia de Corrupción dictó auto de formal procesamiento con la medida de prisión preventiva a la ex primera dama de la nación, Rosa Elena Bonilla Ávila, por nueve delitos de malversación de caudales públicos y un delito de lavado de activos y asimismo, se le dictó sobreseimiento provisional por el delito de asociación y confabulación ilícita para el lavado de activos.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones en su análisis jurídico consideró que la calificación de los delitos aceptados en primera instancia no es la correcta, por lo que reformó dicha calificación y en consecuencia dicta el auto de formal procesamiento por tres delitos de apropiación indebida apreciados como un solo delito continuado a título de autora y seis delitos de fraude cometidos en el grado de participación de inductora.

Por lo tanto, se confirmó el sobreseimiento provisional que le había sido otorgado en primera instancia por el delito de asociación o confabulación para el delito de lavado de activos.

Bonilla de Lobo se encuentra recluida en la Penitenciaría Nacional Femenina de Adaptación Social (PNFAS), en Támara, su cuñado al igual que el exsecretario de ella se encuentran tras las rejas en el Centro Penitenciario Nacional.

Al igual que a Bonilla de Lobo, a su cuñado Manuel Mauricio Mora Padilla la Corte de Apelaciones le declaró parcialmente ha lugar el recurso interpuesto por la defensa de este y revocó la calificación jurídica del auto de formal procesamiento por los delitos de lavado de activos y de asociación o confabulación para el delito de lavado de activos y en consecuencia dicta el auto de formal procesamiento por seis delitos de fraude a título de cooperador necesario.

Al igual que a Bonilla a su cuñado Mauricio Mora y su exsecretario Saúl Escobar les cambiaron los delitos.

Respecto al exsecretario del Despacho de la Primera Dama y hombre de confianza de Bonilla, Saúl Fernando Escobar Puerto, el Tribunal de Segunda Instancia igualmente declaró parcialmente ha lugar el recurso de apelación interpuesto a su favor, por lo que revocó la calificación jurídica por los delitos de malversación de caudales públicos, lavado de activos y asociación o confabulación para el delito de lavado de activos, reformó dicha calificación y dictó el auto de formal procesamiento por seis delitos de fraude a título de autor.

La decisión de la Corte de Apelaciones fue tras analizar el contenido del expediente y los elementos argumentados en el recurso de apelación de mérito.

DEVOLUCIÓN DE BIENES

En ese sentido, la Corte de Apelaciones Penal en Materia de Corrupción, revocó las medidas de aseguramiento de los bienes regresando el dominio de los inmuebles a su dueña, cesando de inmediato la administración o custodia que sobre los mismos ejerce la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI).

Esta corte ordena igualmente que se libre atenta comunicación a registrador de la Propiedad Inmueble del departamento de Francisco Morazán para que «se ordene la prohibición de celebrar actos y contratos sobre los bienes inmuebles de la señora Rosa Elena Bonilla Ávila, a la acción penal perseguida de 6,825,401.38 lempiras”.

DEFENSOR DE EX PRIMERA DAMA
“Estos hechos jamás se pudieron subsumir”
La defensa de la ex primera dama presentará recurso de reposición y solicitará revisión de medidas.

El abogado Iván Martínez, quien forma parte del equipo de defensa de Rosa Elena Bonilla, expresó que, “aquí el tema es que hubo una recalificación, estos hechos jamás se pudieron subsumir en el tipo penal que se le acusa, que es lavado de activos, entonces al recalificar desaparecen las imputaciones que son las que sirven para privarle el dominio de las cosas a una persona procesada”.

Agregó además que, “al desaparecer este delito, desaparece cualquier otra medida ligada al delito, en el día de hoy (ayer) haremos las gestiones debidas para que se regresen las cosas”.

Adelantó además que, “por ahora solo queda el delito de fraude, para nosotros ni eso existe, pero será en el proceso donde se logre desvirtuar”.

“Estos delitos salen de la esfera de catálogos de delitos para que los jueces tomen la medida cautelar de prisión preventiva, así que consideramos que ella debe seguir el proceso en libertad”, precisó.

En ese sentido, el abogado Julio Ramírez detalló que estos delitos por los cuales ahora está siendo señalada la señora Rosa Elena Bonilla no se encuentran en el catálogo de delitos, que no permite medidas distintas que no sean la prisión preventiva.

“No están en el catálogo, nosotros hemos denunciado en tiempo que la imputación del delito de lavado de activos era con el propósito de tener a la señora Rosa Elena Bonilla bajo prisión y ahora estos delitos sí permiten la revisión de medidas y que lo que siga en juicio sea para ser escuchada en libertad”, explicó.

“Presentaremos un recurso de reposición y después analizaremos la opción de presentar un recurso de amparo ante la Sala Constitucional, este no es seguro, estamos parcialmente conformes, pero tenemos que analizarlo bien”.

En cuanto a los bienes, el abogado Ramírez dijo que, “recuperaremos los bienes, ver en qué condición están bajo el cuidado de la OABI, entendemos que ya están un poco deteriorados o dañados”.

“Es muy probable que para el 8 ó 9 de mayo ya debería estar los tiempos estipulados deberíamos de estar en una audiencia de revisión de medidas”, concluyó. (XM)

DEFENSOR DE MAURICIO MORA
“El tribunal debió otorgar un sobreseimiento definitivo”
Raúl Suazo Barillas, defensor de Mauricio Mora

El abogado defensor de Mauricio Mora, Raúl Suazo Barillas, expresó que “el pleno de la Corte de Apelaciones Penal con Competencia Nacional en Materia de corrupción continua favoreciendo los intereses de la Fiscalía, de la Procuraduría, de la MACCIH y del CNA al dar una resolución contraria a derecho”.

Asimismo, continuó que “aún y cuando a simple vista podría creerse que la resolución es favorable, la Corte de Apelaciones lo que hace es enmendar el mal trabajo del Ministerio Público al acusar incorrectamente a nuestros representados; el Ministerio Público, la MACCIH y el CNA en su afán de agravar la situación jurídica de los procesados, acusaron por un delito que no estaba en ese momento calificado como ilícito precedente para lavar activos”.

Por esa razón, prosiguió el defensor que “solicitamos un sobreseimiento definitivo por ese delito, hecho este que debió ser otorgado por el Tribunal de alzada”.

“En este caso hay una “Reformatio in Peius”, frase latina que significa: “reformar a peor” y es que el juzgador sólo puede revisar la resolución impugnada ciñéndose a los planteamientos hecho por los litigantes en ese sentido las defensas solicitamos un sobreseimiento y el Ministerio Público pedía que se confirmara el delito de lavado de activos, ya con esta resolución del Tribunal no sólo violenta el derecho de defensa de los acusados sino también el debido proceso en cuanto a la congruencia ya que en ningún momento se defendieron en la audiencia por el delito de fraude”, detalló.

De igual manera, “en mi opinión esta resolución es susceptible de un recurso de amparo, en este caso lo importante y que es lo que protege la Constitución de la República es la Libertad estos delitos ya no están en la esfera o ámbito del art 184 del Código Procesal Penal, por lo cual permite medidas sustitutivas”.

Suazo Barillas apuntó que “Creo que todos los hondureños y hondureñas tienen el derecho de defenderse en libertad y se ha abusado de ese derecho constitucional al permitirle demasiados abusos a el ente acusador violentando la presunción de inocencia y convirtiendo la prisión preventiva en una pena anticipada sin haber sido vencidos en juicio”. (XM)