CIJ reafirmó soberanía insular de Honduras sobre Isla Conejo

****Archivos de Cancillería y la decisión de 1992 de la CIJ corroboran la soberanía hondureña en Isla Conejo

Tegucigalpa, mayo 2018.- La Canciller María Dolores Agüero, el 27 de abril expreso la disconformidad y rechazo del Gobierno de Honduras, a su homólogo Salvadoreño Hugo Roger Martínez, sobre la iniciativa introducida en el Congreso de su país, con el fin de incorporar como perteneciente a la soberanía de El Salvador La Isla Conejo, contraviniendo lo decidido por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en su Sentencia del 11 de septiembre de 1992 sobre la cuestión insular.

En su misiva la Canciller hondureña afirma según datos históricos, que 10 años después de dictada la sentencia, El Salvador presentó a la CIJ en La Haya una solicitud de revisión, precisamente impugnando la decisión relativa a la desembocadura del Río Guascorán, del cual la Isla Conejo es una apéndice, al encontrarse comprendida dentro de las tres millas de aguas costeras de Honduras, y estar bajo la soberanía hondureña desde tiempo inmemorial, no desde los años ochenta del siglo pasado como se ha pretendido difundir sin fundamento alguno.

La corte internacional de justicia declaró sin lugar la solicitud de revisión mediante sentencia de diciembre de 2003, confirmando la res judícata de la sentencia de 1992.

Lo anterior forma parte de la respuesta del Gobierno de Honduras a las pretensiones de El Salvador, de pretender abrir un diferendo sobre un tema ya juzgado.

Datos históricos

En los Archivos del Departamento de Soberanía y Fronteras de la Secretaria de Relacione Exteriores y Cooperación Internacional, Isla conejo está situada a escasos 600 metros del litoral de Honduras a cuyo territorio se une en marea baja, de donde resulta una prolongación del mismo.

Permanentemente ha estado bajo el dominio soberano de Honduras; la CIJ no solo confirmó esa soberanía insular de Honduras en su sentencia de 1992, sino que la reafirmó al establecerse la faja de 3 millas náuticas, (una legua marina) en la que cada estado ribereño ejerce soberanía de manera absoluta en el golfo de Fonseca

Los archivos de Cancillería también rezan que la sentencia de la CIJ del 11 de septiembre de 1992 en relevancia a las islas del golfo de Fonseca en el párrafo 431   dispone:

Que las islas en disputa entre las partes son:

  1. Isla el Tigre
  2. Meanguera y Meanguerita

Las demás islas no fueron objeto de controversia. Honduras ha mantenido y ejerce soberanía sobre las islas que le corresponden en el Golfo, incluyendo Conejo.