Magistrados de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declararon con lugar la inconstitucionalidad presentada por el Ministerio Público en contra del decreto 141-2017, que contiene el artículo 238 de la Ley de Presupuesto, modificado por una fe de erratas.
El portavoz Melvin Duarte detalló que, la decisión establece declarar la inconstitucionalidad del decreto 141-2017, en el que se reformó el artículo 16 y se adicionó el artículo 131-A de la Ley Orgánica del Presupuesto.
Recordó que inicialmente se había declarado con lugar la demanda de inconstitucionalidad formulada por la Fiscalía y la inconstitucionalidad presentada por la Corte de Apelaciones designada en el caso conocido “Red de Diputados”.
“En términos generales la sala ha considerado en relación a estos artículos y en relación al artículo 238 de las disposiciones generales del Presupuesto General de la República para el año 2018, se consideran en efecto, fuera de lo que establece debe ser contenido en la Constitución y las leyes”, explicó.
Recordó que en enero de 2018 la jueza de Letras Natural, designada por el pleno de la Corte Suprema de Justicia, dictó en su conocimiento de la causa una sentencia interlocutoria en la que resolvió decretar la concurrencia falta de acción en vista que la causa criminal no podía proseguirse, conforme a los artículos que fueron establecidos y en relación al artículo de reforma 131-A de la Ley Orgánica del Presupuesto, y en ese momento, se ordenó archivar las diligencias revocando las medidas cautelares impuestas a las personas que estaban encausadas.
“En ese sentido, ahora, lo que tiene que concurrir deberá enviar entonces esas diligencias a la Corte de Apelaciones que conoció en su momento, ya que ahí, igualmente, fue presentada la apelación, por parte del Ministerio Público, en relación a esa decisión tomada por la jueza de Letras Natural designada y la Corte de Apelaciones estará analizando lo que corresponda en relación al expediente que fue sometido a su conocimiento”.
Duarte concluyó que, “una vez que las diligencias regresen a la Corte de Apelaciones que se pronunció sobre esta inconstitucionalidad sobre esa petición, que declaró de oficio la inconstitucionalidad, tendrán que retomar el fondo de lo que ha sido apelado por el Ministerio Público y resolver en lo que corresponda respecto a la reactivación de la causa”.
La Corte de Apelaciones designada devolverá el caso a la juez Ad hoc, para que se continúe con el caso “Red de Diputados”. Mientras tanto, lo que sigue es que se debe de certificar la sentencia sobre la inconstitucionalidad para enviarla al Congreso Nacional para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
El pasado 24 de enero de 2018, la jueza que conoció el caso Red de Diputados, decidió acogerse a la reforma aprobada en el Congreso Nacional y determinó trasladar las diligencias al Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
En diciembre de 2017, la Fiscalía denunció a una red de cinco diputados, en ese momento vigentes, señalados por el delito de malversación de caudales públicos. (XM)