La seguridad y la certeza, fundamentos del Derecho

Por: General y abogado J. Wilfredo Sánchez V.
El Derecho no surgió como holocausto de la justicia ni del séquito de egregios valores que la acompañan como presupuestos por ella, sino de un valor subordinado, para colmar una ineludible urgencia de certeza y seguridad, como una perentoria necesidad humana.
Si bien la meta final es la justicia, el Derecho positivo se gesta primigeniamente por virtud de una urgencia de certeza y de seguridad, esto es, que aquello que se considera como necesariamente obligatorio, por ser de todo punto de vista indispensable para la vida social, habrá de realizarse en cualquier caso, de modo ineludiblemente forzoso. Para la primera, para la certeza, precisa crear un orden. Para la segunda, es esencialmente necesario que ese orden esté constituido por normas con impositividad inexorable. En eso radica precisamente la esencia formal de la juridicidad.
Sin seguridad no hay derecho, aunque la seguridad, no es su fin supremo, es el motivo radical o la razón de ser del Derecho. La seguridad es un valor inferior a la justicia, pero el cumplimiento de los valores inferiores condiciona la posibilidad de la realización de los superiores.
Una segunda urgencia nació del hecho de asegurar la fuente del derecho, el hombre en el transcurso del tiempo sintió la necesidad de participar en la formación del derecho, y no solo estar sometido al poder arbitrario del tirano, es decir las decisiones del mandante no estaban sometidas a la censura del vasallo.
Así, se inspira la democracia, la cual es una idea de carácter personalista o humanista. Se refiere al fundamento formal del poder político. La democracia es una respuesta a la pregunta sobre quién debe ejercer el poder del Estado. A esta pregunta da respuesta la democracia, que el poder del Estado compete al pueblo. El poder político únicamente es legítimo cuando tiene como título la voluntad del pueblo.
Se complementa este sistema, con la adhesión moral del pueblo y sus instituciones con el derecho. Un compromiso absoluto del súbdito con el sistema jurídico es una aspiración para la sociedad perfecta, esta situación sería una paradoja, pues en tal caso no habría necesidad del Derecho positivo. Siempre habrá el indiferente y el que lo rechaza. Pero del Estado no puede escaparse el individuo -el Estado es la expresión de la impositividad inexorable del derecho-, y el individuo es un ser digno, es decir, un sujeto con fines propios suyos, no puede quedar reducido a puro medio al servicio de un poder ajeno a él, sino que debe pesar en la decisión de los destinos públicos.
Los órganos del Estado dejan de ser tales cuando lo que realizan no es lo que en el orden jurídico está previsto como voluntad del pueblo manifestada como voluntad de Estado en la Constitución. En caso contrario así como en los contratos, cuando una parte deja de cumplir con la obligación que le compete, la otra parte se ve liberada de cumplir con la suya, este es el origen de los conflictos individuales y sociales.
El Estado se manifiesta tan solo en el Derecho y se agota en el Derecho. La voluntad del Estado es un término ideal de imputación creado por el Derecho. La función de la ejecución de esta característica de inexorabilidad y forzocidad del cumplimiento de las normas de derecho compete a los órganos del Estado, la función judicial, pues es a través de esta función que se hace efectivo el Derecho.
Derecho efectivo es, no lo que pueda parecer que dicen las normas generales formuladas, sino la interpretación que de sus normas da el supremo órgano jurisdiccional. La expresión última y máxima de lo jurídico es siempre la sentencia ejecutiva, la voluntad normativa jurídica del Estado se manifiesta a través de la decisión judicial. De ella se espera la seguridad y certeza.
No deben ser ingredientes ajenos los que enturbien la razón y la sindéresis del juez al pronunciar una sentencia. Así, esperamos que las resoluciones de la Sala de lo Constitucional o del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, sean el resultado de una prístina interpretación de la norma constitucional.
Lapidariamente William Pitt dijo: “Donde la ley acaba, empieza la tiranía”.