El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), demandó este miércoles que se respete el “Acuerdo de Reforma al Sector Eléctrico”, suscrito entre el sector privado y el gobierno, el pasado 10 de octubre del 2018, el cual sirvió de base para el convenio firmado con el Fondo Monetario Internacional (FMI). A continuación la posición del Cohep.
Posición Comité Técnico de Energía
Se debe respetar el “ACUERDO DE REFORMA AL SECTOR ELÉCTRICO”, suscrito entre el Sector Privado y Gobierno de la República, el 10 de octubre de 2018, el cual sirvió de base para el Acuerdo entre el Gobierno de la República y el FMI, y que, en resumen, recoge los siguientes puntos:
1. Implementación de la Ley General de la Industrial Eléctrica:
-Respeto y fortalecimiento a la gobernanza e institucionalidad del Subsector eléctrico (SEN, CREE y ODS);
-Concretar el proceso de escisión de la ENEE en 3 agentes de mercado; y,
-Implementación del Plan de Expansión de Generación y Transmisión, aprobado por la CREE y el ODS.
2. Programa de control y reducción de pérdidas técnicas y no técnicas:
-Establecimiento de mecanismos de control permanentes, constantes y sostenibles;
-Eliminar el sistema de promedio e instalar medidores de energía; y,
-Realizar las inversiones necesarias para reducir las pérdidas técnicas en transmisión y distribución.
3. Readecuación de la Deuda Histórica de la ENEE (setenta mil millones de lempiras):
-Logrando un ahorro en flujo de caja de la ENEE de dos mil millones de lempiras al año.
4. Contratos de Generación de Energía Eléctrica:
-Depuración de contratos que no han iniciado construcción;
-Readecuación de contratos de forma voluntaria, bajo un esquema de seguridad jurídica, respetando los derechos y obligaciones de los inversionistas y financistas;
-Ejecución de la Auditoría Forense de los Contratos; y,
-Pago de obligaciones con los Generadores de Energía Eléctrica, de conformidad a la condición establecida en el Acuerdo con el FMI de no más atrasos.
5. Reducción de la mora de la ENEE:
-Depuración de las cuentas;
-Establecer la política del medidor prepago para deudores en mora; y,
-El Estado debe solventar cada una de sus deudas (consumo) con la ENEE (aproximadamente tres mil millones de lempiras).
-Pago oportuno a la ENEE de los subsidios otorgados por el Estado con base al consumo de energía eléctrica.
En CONCLUSIÓN, es fundamental asegurar el respeto a la Ley y a la jerarquía institucional que la misma establece, siendo relevante la necesidad de coordinación interinstitucional en donde los roles son:
1. Secretaría de Energía (SEN): Rector de la Política Energética y Cabeza del Sector.
2. Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE): Regulador del subsector eléctrico y todos sus agentes.
3. Operador del Sistema (ODS): Operador y administrador el mercado eléctrico nacional.
Actores Regulados:
-Generadores Públicos (ENEE);
-Generadores Privados;
-Empresa Distribuidora Pública (ENEE);
-Empresas Distribuidoras Privadas (Sistemas Aislados);
-Empresa Transmisora Pública (ENEE);
-Empresa Transmisora Privada (EPR);
-Empresas Comercializadoras; y,
-Consumidores Calificados.