La esclavitud 2/2

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11 de febrero de 2020
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La esclavitud 2/2

Por José María Díaz Castellanos
Catedrático de Derecho UNAH

Edición Bicentenario

Debemos recordar que nuestro Código Civil de 1906 a los patronos se les decía “amos” y a los trabajadores “criados”. No había Código del Trabajo.

La Declaración de Independencia de USA del 4 de julio de 1776, declara que todos los hombres son libres, sin embargo la esclavitud sigue.

La Declaración Francesa de los Derechos del Hombre proclama la “libertad” (1789), es un documento producto de la ilustración, cuyos principios se basaban en la razón, la igualdad y la libertad. Sin embargo, aunque es un documento precursor de los derechos humanos, no se refiere a la condición de las mujeres ni a la esclavitud.

Un dato estadístico de Wikipedia, estima que pudieron haberse introducido 24 millones de esclavos a América.

Los esclavos no eran sujetos de derechos. Jurídicamente eran cosas. No tenían alma.

En Estados Unidos, a partir de la independencia, la esclavitud se convirtió en tema de debate. Los estados del norte fueron aprobando leyes emancipadoras, mientras que los estados del sur las rechazaban. Abrahan Lincoln anunció la libertad de todos los esclavos el 1ro. de enero de 1863 y sancionó la 13 Enmienda de la Constitución, donde prohíbe la esclavitud. En Honduras era ya presidente de la República, José María Medina.

José Simeón Cañas, presbítero, un 31 de diciembre de 1823, pidió a la Asamblea Nacional Constituyente de las Provincias Unidas de Centroamérica, que fuera decretada la abolición de la esclavitud, abogando por la igualdad de todos los hombres. Sus restos están en la iglesia de El Pilar de San Vicente, 1838. Por la epidemia del mal asiático o cólera morbo, en la ciudad de San Vicente, fallece el independentista, presbítero doctor José Simeón Cañas y Villacorta, libertador de los esclavos de Centroamérica. El 22 de noviembre de 1824 entra en vigor la Constitución de la República Federal de Centroamérica. Su artículo 13 ordena: “Todo hombre es libre en la República. No puede ser esclavo el que se acoja a sus leyes, ni ciudadano el que trafique con esclavos”.

“La Convención sobre la Esclavitud” es un tratado internacional propuesto por la Sociedad de las Naciones y firmado el 25 de septiembre de 1926, en Ginebra Suiza. Aquí se declara ilegal la esclavitud. La Organización de las Naciones Unidas como sucesora de la Sociedad de las Naciones, asume los compromisos de la Convención. Aquí se define la esclavitud como “el estado o condición de un individuo sobre el cual se ejercitan los atributos del derecho de propiedad o algunos de ellos”. (Artículo 1), y la trata de esclavos como “todo acto de captura, adquisición o cesión de un individuo para venderle o cambiarle y, en general, todo acto de comercio de transporte de esclavos”. (1.2).

El Convenio sobre el Trabajo Forzoso o Convenio No 29 de la OIT, aprobado en Ginebra, Suiza, el 28 de junio de 1930. Aquí se define el trabajo forzoso: “Todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para lo cual de dicho individuo no se ofrece voluntariamente.

El Día Internacional de Abolición de la Esclavitud es el 2 de diciembre. (Página de las NNUU).

Los primeros individuos de raza negra que llegaron a Honduras lo hicieron acompañados de sus dueños, los conquistadores. Recién establecidos estos, en las instrucciones dadas por la Villa de Trujillo en 1528 a sus procuradores en la Corte se les notificaba: “Que nos haga saber su majestad, merced de nos dar licencia para pasar 500 negros sin pagar derecho alguno a esta dicha villa”.

La población negra se mezcló con la indígena, en tanto que los blancos lo hacían con esclavas africanas. En el siglo XVIII el arquitecto Diez de Navarro, reportaba: “Todas las demás villas y pueblos del interior de la tierra de dicha gobernación son habitados por mulatos, hay pocos indios y menos españoles”.

Michell Obama decía: “me levanto cada mañana en una casa construida por esclavos”, refiriéndose a la Casa Blanca. Lo mismo sucede con el Capitolio, que es uno de los mayores símbolos de la democracia en el mundo. Los rieles de las grandes compañías de la época en la construcción del ferrocarril en USA fue levantado por esclavos.

La Constitución de Honduras de 1880 ordena que el esclavo que pise territorio hondureño sea hombre libre. El tráfico de esclavos es un crimen. (Artículo 8).

De los archivos del Poder Judicial en Honduras se encontró un documento que refleja la existencia de esclavos (1698 y 1736). El Heraldo, 9 de noviembre del 2014).

Según el libro EL PATERNALISMO Y LA ESCLAVITUD NEGRA de Mario Felipe Martínez, (página 12), en el testamento de don Ambrosio Flores en Tegucigalpa, el 7 de mayo de 1740, declara que sus bienes son una mulata y sus hijas, y ordena que se les dé carta de libertad.

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