Mauricio Oliva: Comprometidos para que cada hondureño tenga acceso a vivienda

ZV
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15 de febrero de 2020
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12:38 am
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Mauricio Oliva: Comprometidos para que cada hondureño tenga acceso a vivienda

El presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, ha dado toda la apertura para que leyes como la Ley de Vivienda y el fideicomiso para la construcción de viviendas sociales sean una realidad.

Que cada hondureño tenga la oportunidad de alcanzar su sueño de tener una casa digna, pero aún más importante, que sea dueño de su propia vivienda, es uno de los objetivos por el que el presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, más ha legislado.

El apoyo y la aprobación en el Poder Legislativo, de la Ley Marco de Vivienda y Asentamientos Humanos, es una de las muestras más importantes del compromiso del presidente Oliva, para con los hondureños.

Con esta ley, Honduras tendrá reglas claras y una política estable de vivienda que beneficie al pueblo, con la que se proyecta se generará 300 mil empleos, se construirán entre ocho y diez mil casas al año y se destinarán 170 millones de dólares enfocados en financiamiento y construcción de proyectos de vivienda social.

Con la normativa, miles de familias se verán beneficiadas con acceso a créditos hipotecarios con cero primas, cuotas accesibles y bajas tasas de interés; condiciones financieras que contarán con el respaldo de la Banca privada.

Otra de las partes importantes que tiene esta ley, es que se crea la Secretaría de Vivienda y Asentamientos Humanos (SEVIAH), que tiene como propósito la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de la política pública de vivienda y asentamientos humanos del país.

A su vez, se crea el Fondo Hondureño para la Vivienda (FONHVIVIENDA), para el financiamiento y acceso al crédito de la vivienda.

El Bono de Vivienda de Interés Social, que es parte de la Ley de Vivienda, será un aporte Estatal, en dinero o en especie, para facilitar el acceso a la población de una vivienda de interés social, o el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad de esta.

Según el artículo 18 de la ley, para el acceso a estos bonos, la Secretaría de Vivienda y Asentamientos Humanos (SEVIAH) dará prioridad al acceso del bono y a atención en vivienda para los hogares con ingresos inferiores o iguales a cuatro (4) salarios mínimos, en su escala más alta vigente.

Dicho bono no podrá ser menor al once por ciento (11%) del valor de la vivienda de interés social a ser adquirida por arrendamiento o compra.

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