Sobre la enseñanza del inglés. Una necesidad impostergable

OM
/
27 de febrero de 2020
/
12:41 am
Síguenos
  • La Tribuna Facebook
  • La Tribuna Instagram
  • La Tribuna Twitter
  • La Tribuna Youtube
  • La Tribuna Whatsapp
Sobre la enseñanza del inglés. Una necesidad impostergable

El notario como ministro de fe pública tanto física como electrónicamente

Por Jorge Roberto Maradiaga

Doctor en Derecho Mercantil, catedrático universitario
y especialista en Derecho Aeronáutico y Espacial

Estamos seguros y convencidos que, a nivel de todo el conglomerado nacional, existe plena coincidencia en que la enseñanza y estudio del inglés, a todos los niveles educativos, se torna un imperativo categórico, puesto que hoy en día estamos inmersos en el contexto de la globalización y de la revolución de las tecnologías de la información y la comunicación. Si ello es así, no podemos permanecer indiferentes ante lo que se considera una necesidad impostergable.

Muchos países han procedido a la implantación del idioma inglés, como obligatorio o básico, sin perjuicio de la enseñanza de otros idiomas; pero el inglés se convierte en un común denominador en la comunicación. Si ello es así, nosotros no podemos permanecer indiferentes y por el contrario el Estado debe asumir una política estratégica en tal sentido.

Somos del criterio que es procedente la educación de personas adultas (EPA) en lo relativo al idioma inglés, sin perjuicio del desarrollo de la alfabetización digital funcional, conteste con los requerimientos de la sociedad actual. Asimismo, en la sociedad moderna del sistema escolar se debe educar y contribuir a la denominada democratización de la información.

Desde el año 2018 el diputado David Chávez presentó una iniciativa de ley intitulada Ley de fomento para el Aprendizaje y Enseñanza del Inglés en Honduras, sin embargo hasta la fecha la misma no ha sido abordada por el Congreso Nacional, lo cual obviamente es motivo de preocupación, puesto que este instrumento signa una política estratégica de país, misma que, reiteramos, es una necesidad impostergable, pues hoy en día gran cantidad de países han incorporado tal disposición en su normativa interna y en el marco de una política educativa, sin perjuicio de la enseñanza de otros idiomas.

Es de destacar por su importancia y trascendencia, que, en nuestra querida Honduras, han sido los centros de enseñanza privados, los que han incorporado en sus planes de estudio o enseñanza, el idioma inglés como obligatorio, lo que indiscutiblemente ha generado resultados positivos y constructivos para el país, a pesar de que infortunadamente, ello no ha resultado accesible al conglomerado en general y mucho menos en las zonas rurales.

Compartimos a plenitud lo puntualizado en uno de sus considerandos del proyectista cuando expresa: “El aprendizaje y la enseñanza del idioma inglés durante muchas décadas, han estado únicamente orientando al ámbito educativo privado, donde los colegios bilingües han ofrecido estos servicios a un segmento poblacional privilegiado que pueden pagar ostentosos precios de matrícula y mensualidades para que sus hijos puedan acceder a este nivel de formación académica. La gran mayoría de los padres de familia que no pueden pagar estos costos por su limitado presupuesto familiar, optan por matricular a sus hijos en el Sistema Educativo Nacional en la enseñanza tradicional, que no permite el dominio del idioma inglés”.

Por su importancia y procedencia citamos una vez más lo expresado en el artículo uno de dicho proyecto: Artículo 1.- Declárese de interés nacional la implementación obligatoria de metodologías para el aprendizaje y la enseñanza del idioma inglés en los distintos niveles de la Educación Formal del Sistema de Nacional de Educación. Insistimos que es a todos los niveles, lo cual significa que las propias universidades públicas deben asumir un papel protagónico en tal sentido.

De otra parte, se debe establecer una dinámica estratégica de tal manera que todos los municipios de Honduras tengan acceso al Internet. Corresponderá entonces a los alcaldes municipales asumir un papel protagónico y por ende, una conducta positiva y constructiva, gestionando con el dinamismo del caso la dotación por parte del Estado el servicio de internet, siendo en todo caso procedente presentar un plan estratégico, con miras a la efectiva funcionalidad del sistema.

Hoy en día es admitida la existencia de las TICs en la educación. Ello trae consigo una serie de retos tanto para educadores como educandos. Las ventajas y los beneficios de la explotación de las TICs en el proceso de enseñanza-aprendizaje son incalculables y, ante tal perspectiva los docentes y pedagogos no pueden quedarse indiferentes. Las TICs han abierto nuevas formas para la enseñanza y el aprendizaje, evidenciando su gran potencial en la posibilidad de interacción, comunicación y acceso a la información.

El aprendizaje del inglés puede hacerse tanto en forma virtual como presencial; vale decir, tanto asistiendo a las aulas de clase, como simplemente a través de internet. Obviamente ello demanda un accionar directo de la administración pública, pues deberá propiciar la dotación del internet y del equipo técnico básico para su funcionamiento, aún en los lugares más apartados del país. En esencia hablaríamos del sistema b-learning, educación virtual y presencial.

Reiteramos, se define a la lengua extranjera (en este caso inglés) como una herramienta de comunicación e interacción social y cultural. Los cambios socioeconómicos en el entorno mundial y nacional han hecho del inglés un idioma internacional cada vez más importante.

E-mail: [email protected]
[email protected]

Más de Columnistas
Lo Más Visto