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11 de marzo de 2020
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Por Jaime Martínez Guzmán

1. El Código Penal.
En mayo próximo entrará en vigencia el nuevo Código Penal, después de finalizar la prórroga de la vacatio legis exigida por algunas organizaciones que, por diversas razones hasta con sesgo político, lo han adversado sin argumentos de contundencia. Una comisión del Congreso Nacional ha estado resocializando los contenidos del instrumento, recibiendo aportes y reclamos de quienes piden despenalización a hechos de su particularidad y recibiendo explicaciones sobre aspectos que algunos consideran, erróneamente, que ha menguado su penalidad, como es el caso del narcotráfico. Se ha explicado que se aplica una proporcionalidad al hecho delictivo; porque no deberían tener similar penalidad quienes venden una bolsita de mariguana y aquellos que trafican con toneladas de cocaína.

En cuanto a los delitos contra el honor: la injuria, la calumnia y la difamación que, algunos grupos como los directivos del Colegio de Periodistas quieren despenalizar o ubicarlos en el ámbito civil, aduciendo que como se presentan constituyen un atentado contra la libertad de expresión. La Corte Suprema de Justicia ha opinado que dichos delitos no deben ser excluidos del ámbito penal. Así lo han expresado también respetados analistas nacionales, incluso connotados periodistas. Con la despenalización, se presiente un sombrío panorama propiciado por personas particulares y periodistas ayunos de ética profesional, despotricando impunemente contra el honor y dignidad de las personas. No han faltado opiniones, tendiente a mayor impunidad, en el sentido de que si los indicados delitos pasasen al ámbito civil, las multas deberían ser reducidas, dada la precaria economía de los comunicadores.

Siendo que la injuria “lesiona la dignidad de la persona en menoscabo de su honra, sabiendo que se falta a la verdad. Que la calumnia es la falsa atribución de un delito, con conocimiento de su falsedad”, consideramos que no deben cubrirse de impunidad y debe ponerse freno a quienes con libertinaje difaman y hieren la dignidad y el honor de las personas. ¿Por qué debe restringirse el derecho de una persona de recurrir al Tribunal Penal a querellar a quien, falsamente, le ha calificado como ladrón y asesino?. ¿Por qué el difamador no debe penar su delito, máxime si no comprueba su acusación o se retracta públicamente de ella?

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2. La percepción de la corrupción.
Diversos autores definen la percepción como la forma en la que el cerebro detecta las sensaciones que recibe a través de los sentidos, formándose así, una impresión de la realidad física y social de su entorno. Es la primera idea que nos formamos de una cosa, por medio de la simple impresión que comunican los sentidos, principalmente la audición y la visión.

La corrupción que no es una cosa física o material como lo es una concentración de personas, cuyo tamaño lo podemos percibir o tener una impresión de ella por medio de la vista; es más bien un fenómeno social inmaterial, cuya percepción solamente podrá determinarse por la opinión que se forma la gente con lo que escucha. Y si se escucha bastante sobre un tema determinado, ello es causante de mayor impresión, aun cuando no sea necesariamente verdadero. Recordar el principio de Goebbels, ministro de Propaganda de Hitler “Si una mentira se repite suficientemente, acaba por convertirse en verdad”.

El tema de la corrupción fue bastante prolífico en año 2019, tanto porque en él, fieles a la política gubernamental de “Caiga quien caiga”, los organismos correspondientes intensificaron sus esfuerzos en el combate a este flagelo, llevando a los tribunales de justicia sonados casos, comidilla del morbo popular. Y además porque la oposición no ha dejado de machacar el tema como instrumento político, sin reconocer que este gobierno, sin parangón, ha combatido fuertemente al crimen organizado, a la corrupción y a la impunidad. “Laten porque nos movemos Sancho amigo”.

Muchos analistas opinan que el mucho hablar de corrupción en Honduras, ha sido un factor importante para la disminución de su puntaje de percepción en América Latina. Para el año 2018 fue de 29 puntos, posición 132; mientras que para el 2019 fue de 26 puntos, posición 146; solamente superados por las posiciones de Nicaragua (161), Haití (168) y Venezuela (173).

Exsecretario de Educación

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