Con operativo policiales buscan a personas que incumplan “toque de queda” en La Kennedy (Galería)

RP
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24 de marzo de 2020
/
10:34 am
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Con operativo policiales buscan a personas que incumplan “toque de queda” en La Kennedy (Galería)

La Policía Militar del Orden Público (PMOP) y otros entes policiales realizan este martes, diferentes operativos a pie en busca de personas que incumplan el “Toque de Queda” y que no justifiquen su estadía en las calles.  

Desde la mañana los operativos comenzaron en la populosa colonia Keneddy, sector oriental de la capital. 

El portavoz de la PMOP, teniente Mario Rivera, explicó que los operativos se realizan en todos los sectores de la colonia Kennedy, Villanueva y Los Pinos, entre otras.

Comentó que los mismos tienen como finalidad hacer cumplir el toque de queda absoluto y evitar la circulación de personas en las calles.

“Estamos realizando estos operativos para hacer conciencia en las personas que deben quedarse en sus casas ya que el virus se mueve si las personas se mueven, por lo que buscamos que la enfermedad no se propague”, señaló.

Al mismo tiempo, dijo que todos los mercados de la capital y de otras partes del país se encuentran cerrados y bajo la guardia de los entes de seguridad.

Restricción

Lo anterior, en el marco de la emergencia decretada por el coronavirus el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, aprobó mediante el Decreto PCM 21- 2020 la restricción de algunas garantías constitucionales.

Además, se suspenden las labores en el sector público y privado durante el tiempo de excepción que es de siete días y también se suspenden los eventos de todo tipo incluyendo los actos religiosos.

ARTÍCULO 3.- La restricción a las garantías constitucionales enumeradas en el Artículo 1 del presente Decreto Ejecutivo tiene las siguientes excepciones:

Excepciones a la restricción al derecho de libre circulación de personas: Las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:

1) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad;

2) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios;

3) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial a las industrias autorizadas en este mismo Decreto;

4) Retorno al lugar de residencia habitual;

5) Personal de la salud que asista o ayude a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; y,

6) Desplazamiento a entidades financieras, cooperativas y de seguros;

Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el abastecimiento de combustible. En todo caso, en cualquier desplazamiento deben respetar las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

La Secretaría de Estado en el Despacho Seguridad, podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.

En los mismos términos podrá imponerse la realización de prestaciones personales obligatorias, en caso de ser imprescindible para la consecución de los fines del presente Decreto Ejecutivo.

 

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