Adultos mayores 1/2

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30 de marzo de 2020
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02:42 am
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Adultos mayores 1/2

Por Marcio Enrique Sierra Mejía

Somos muchos y nuestra presencia en el territorio no solo es importante en números demográficos, sino que también en conocimiento de inteligencia ciudadana. Por ejemplo, en las comunidades lencas tienen una forma particular de ser incluidos en la conducción política, cultural y social porque ejercen su autoridad a través de “mayordomía en consejos de mayordomos” que son muy respetados por la ciudadanía lenca. Han logrado unirse y organizarse como una macro comunidad a lo largo y ancho de regiones territoriales, en las cuales escuchan y acatan los consejos de los adultos mayores.

Por otra parte, en las comunidades ladinas, la influencia política es menor y los adultos mayores, que tienen el conocimiento y la sabiduría política para orientar cuestiones de política ciudadana, su influencia tiende a menospreciarse. Tanto en el Partido Liberal como en el Partido Nacional, son minimizados. Perdiéndose por completo la combinación necesaria entre adultos mayores y el liderazgo juvenil, a fin de lograr la conducción política ciudadana más eficaz y certera. En todas las culturas de los países desarrollados, particularmente en el Japón, los adultos mayores ocupan lugares importantes en mecanismos de consejería ciudadana; por ejemplo, cuando el conflicto bélico con El Salvador, si algo sabio hizo López Arellano, fue el haber integrado una comisión de alto nivel en la que los adultos mayores tuvieron una participación decisiva.

En la actualidad, la sabiduría política ciudadana de los adultos mayores, pareciera que tiende a extinguirse, estamos viviendo en una etapa histórica en que el conocimiento y la experiencia de ellos y ellas, predomina menos. Ya no son incluidos como debería ser en la toma de decisiones y las orientaciones estratégico-tácticas para emprender procesos ciudadanos, mismos que más bien reflejan un espíritu emocional afanoso, impetuoso y de baja prudencia en el manejo apropiado de las acciones que se emprenden.

Pero bien, por otra parte, veamos ahora la evolución del marco institucional que los ha favorecido para verificar hasta qué punto es de efectiva aplicación. El movimiento inicial comenzó a través de las instituciones de seguridad social en 1986, y que a través de diferentes eventos, promovieron el derecho a la protección social de los adultos mayores en general, hasta que lograron presentar en el Congreso Nacional una iniciativa de ley que aprobaron en 1993, que es cuando da inicio, el proceso de reconocimiento formal de sus derechos, al aprobarse la Ley de Tratamiento Especial para Personas de la Tercera Edad, Jubilados y Pensionados por Invalidez, mediante el Decreto Legislativo No 220-93; con el cual, el Estado de Honduras establece una primera normativa que se convierte en el “preámbulo de la jurisprudencia actual” (Ingrid Canales, CEASCI, 2020).

En el 2000, se crea el Comité Técnico Interinstitucional para el Adulto Mayor (COTIAM) que contribuye a que instituciones y organizaciones que trabajan el tema, hagan alianzas, coordinen trabajos y agendas (Ingrid Canales, CEASCI, 2020). El propósito de este mecanismo gubernamental, es el de velar por el bienestar, la seguridad y los derechos de la población adulta mayor.

En el 2006, se produce otro esfuerzo legislativo y se aprueba la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados, mediante el decreto Legislativo No 199-2006 que fue publicado en julio de 2007. Es otra normativa que contempla derechos y obligaciones de los adultos mayores jubilados; establece asimismo un régimen de descuentos y privilegios, orientados a satisfacer las necesidades especiales de salud y protección integral para este grupo etario. En él quedan establecidas sanciones para las personas naturales o jurídicas que infrinjan esta ley (I. Canales, CEASCI, 2020).

En el 2008, se crea la Dirección del Adulto Mayor, inicialmente adscrita a la Secretaría del Interior y Población, ahora en la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social (SEDIS). Es esta la instancia institucional (DIGAM) la que es responsable de crear la base de datos de los adultos mayores y pensionados. Le mandan depurar la base de datos. Y se constituye en el ente rector que vela por el cumplimiento y aplicación de los derechos contenidos en la Ley de Protección al Adulto Mayor y Jubilados. Otro avance institucional es la creación de la Fiscalía de Protección de Tercera Edad del Ministerio Público, ente encargado de responder de oficio denuncias de carácter penal. Se crea también la Dirección de Protección al Consumidor, cuyo objetivo es velar por la aplicación de los descuentos establecidos en la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados que trabaja en conjunto con la Dirección General del Adulto Mayor (DIGAM).

En el 2012, se realiza la CAMPAÑA “Haz valer mis derechos”. En el 2013 se revisa la Política Nacional del Adulto Mayor y Jubilados en su componente de salud. Al respecto, se establecen objetivos que contribuyan a prolongar la vida con calidad de los adultos mayores.

En el 2015 se crea la Política del Adulto Mayor. A partir de acá ¿qué resultados convincentes se han obtenido?

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