Sin prórroga el pago ISR de grandes contribuyentes

OM
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15 de abril de 2020
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03:47 am
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Sin prórroga el pago ISR de grandes contribuyentes

Alrededor de 650 empresas consideradas como “Grandes Contribuyentes” están obligadas a pagar el último tramo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al 2019 antes del 30 de este mes, pese a la cuarentena por el coronavirus.

“La Declaración del Impuesto Sobre la Renta para los Grandes Contribuyentes vence el 30 de abril. Para ellos no hay una prórroga”, avisó ayer el director regional centro-sur del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Luis José García, en declaraciones a Radio América.

No obstante, recordó que los Micro, Pequeños y Medianos (Mipymes) sí están exentos de presentar esta declaración ya que quedaron dentro de las medidas de alivio que se aprobaron al prorrogar hasta el 30 de junio el pago del ISR.

La cúpula empresarial se ha venido quejando porque no se incluyeron en estas medidas de orden tributario a los grandes contribuyentes, pese a que estas empresas también están enfrentando millonarias pérdidas en la medida que se cumple el primer mes de cuarentena.

En cambio, dijo que “la Declaración Jurada en Precios de Transferencia se ha prorrogado para que se presente el 31 de julio”, asimismo, que para obtener el documento de pago del ISR se debe acceder a la plataforma virtual Detlite.

Sin prórroga el pago ISR de grandes contribuyentes

En relación al descuento de un 8.5 por ciento que solo aplica para las Mipymes que paguen el ISR, por tarde, el 30 de este mes, explicó que son las preguntas más frecuentes que hacen los contribuyentes.

Detalló que “la forma de calcularlo es en relación al ISR a pagar y se le reduce el 8.5 por ciento y realizar el pago”, mediante un recibo oficial. Mientras que este beneficio por pronto pago no aplica a Aportación Solidaria, ni contribuciones especiales como del sector social de la economía.

Por otro lado, recordó que la presentación del Impuesto Sobre Ventas (ISV) de marzo se podrá realizar, por tarde, diez días después que se levante la cuarentena. “Una vez que se suspenda, se contabilizarán esos diez días para que puedan hacer la presentación y pago del Impuesto Sobre Ventas”.

En el caso de las empresas que sí están operando, tales como farmacias, gasolineras, supermercados o del sector agroalimentario y salud, explicó que como el día de pago cayó el viernes de Semana Santa, se prorrogó y venció el lunes 13 de este mes. (JB)

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