Las elecciones

ZV
/
25 de mayo de 2020
/
12:43 am
Síguenos
  • La Tribuna Facebook
  • La Tribuna Instagram
  • La Tribuna Twitter
  • La Tribuna Youtube
  • La Tribuna Whatsapp
Las elecciones

Por: Edmundo Orellana

Ya se acercan y los partidos se preparan. Por eso el partido gobernante está afanado reformando leyes.

Curiosamente, no es en las leyes electorales en las que concentra su atención, pese a que las vigentes, técnicamente, no deberían de existir, porque regulan órganos que no existen y procesos que, supuestamente, desaparecerán. Dicen estar trabajando en las que regularán los órganos que ya están funcionando y los procesos que habrán de operar en las próximas elecciones. Sin embargo, aún están en formación y nadie sabe cuándo podrán ser discutidas en el Congreso.

Es más, el censo electoral y la nueva tarjeta de identidad, que se decía estarían para este año, están retrasados, alimentando la sospecha de que no habrá elecciones primarias, contrario a lo que, individualmente, se comprometieron los comisionados del CNE.

Son otras leyes las que preocupan a los partidos, especialmente al de gobierno. Son las leyes penales, sustantivas o adjetivas. Se apresuraron a la confección de un Código Penal que, según los expertos, dogmáticamente responde a la moderna ciencia penal, pero en lo que concierne a las penas, es evidente su indulgencia con algunos delitos, especialmente los de corrupción, narcotráfico y lavado de activos.

Su vigencia todavía está pendiente, pero esperan que cuando ocurra muchos de los que están condenados, imputados o en proceso de investigación, resulten ampliamente favorecidos, en virtud de que el principio de irretroactividad de la ley admite una excepción, pero únicamente en materia penal: cuando la nueva ley favorezca al delincuente, sea que esté procesado o condenado, se aplicará esta, no la que estaba vigente cuando el delito fue cometido.

Mientras eso sucede, emiten una ley para, supuestamente, liquidar los fondos destinados a proyectos sociales, especialmente los manejados por los diputados. Por la que se concede al ladrón de fondos públicos el perdón, siempre que haya ocurrido el hecho antes de su vigencia.

Pero como se aproximan las elecciones necesitan de mayor protección para los políticos que recibirán fondos, supuestamente, para aliviar la pobreza de quienes votan por ellos, pero que, en realidad, son para promover -léase financiar- su candidatura, extendiendo esta protección a quienes contribuyan al latrocinio; además, debe protegerse también a los que desvíen fondos en ocasión de la pandemia, excusa perfecta para obtener fondos para la campaña. Para ello, deben cercenarle funciones al Ministerio Público, modificando el Código Procesal Penal, para permitir al corrupto modificar, destruir o extraviar los documentos que sean la prueba del latrocinio de quien rectore la institución saqueada, introduciendo trámites adicionales para el comiso y secuestro de documentos.

Las elecciones

También modificaron la Ley Especial contra el Lavado de Activos con el mismo propósito. Se trata, pues, de evitar que la justicia se haga de la prueba idónea para acreditar la comisión del delito, cuando se trate de corrupción o de lavado de activos. Con esta decisión se pone al descubierto el vínculo entre la corrupción y el lavado de activos, que, incluyendo al narcotráfico, en el nuevo Código Penal resulta evidente.

Pero lo hicieron atropelladamente, sin respetar formas, formalidades y contenidos. ¡Tanta es la necesidad de financiar sus candidaturas con fondos públicos! Dijeron que habían interpretado ambas leyes, pero la interpretación no modifica la norma interpretada, como sucedió en este caso. Por la interpretación se aclara el sentido y el alcance de las leyes -quedando estas inalteradas- lo que ocurre en casos de confusión, ambigüedad o falta de claridad de una ley; en otras palabras, no procede la interpretación cuando su sentido y alcance se percibe directamente, sin esfuerzo intelectual alguno, como resulta ser el caso que nos ocupa, ya que las leyes interpretadas no presentaban dificultad alguna en su aplicación, porque no había duda sobre su sentido y alcance.

No interpretaron esas leyes; las reformaron, ya que alteraron su contenido. No las reformaron porque convenía la interpretación, puesto que la ley que interpreta y la ley interpretada están indisolublemente ligadas y no pueden aplicarse individualmente, de ahí que se entienda que aquella es consustancial a la norma interpretada y, por consiguiente, retrotrae sus efectos a la fecha de esta. Habrá que preguntarse, entonces, sobre la idoneidad probatoria de la documentación habida por el MP con el procedimiento modificado por la interpretación; igualmente, las consecuencias de la interpretación en materia de lavado de activos.

Desde que decretaron la inconstitucionalidad de la Constitución, por la que desmontaron el Estado de Derecho y la República, creen poseer la potestad de hacer lo que les venga en gana. Por eso, hartos de sus arbitrariedades, debemos decir, cada vez con más fuerza: ¡BASTA YA!

Y usted, distinguido lector, ¿ya se decidió por el ¡BASTA YA!?

Noticias Relacionadas: RNP garantiza nuevo censo electoral y nueva tarjeta de identidad para elecciones internas 

Las elecciones

Más de Columnistas
Lo Más Visto