Hondureños acatan con responsabilidad Ley de uso obligatorio de mascarillas

ZV
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4 de junio de 2020
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02:34 am
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Hondureños acatan con responsabilidad Ley de uso obligatorio de mascarillas

Los hondureños en general ya acatan con responsabilidad, la Ley de uso obligatorio de mascarilla para prevenir el COVID-19 que aprobó en fecha reciente el Congreso Nacional.

Tras la aprobación de la normativa y su entrada en vigencia, la gran mayoría de la población hondureña, de todos los estratos sociales, han acatado con total responsabilidad la ley de Uso Obligatorio de Mascarillas y Aplicación de Protocolos de Bioseguridad.

Los hondureños que, por una u otra razón necesitan salir a las calles, lo han hecho con sus respectivas mascarillas como protección personal y para los demás, y así evitar el contagio y propagación del COVID-19.

Para que la ciudadanía de menores recursos tenga la posibilidad de contar con una mascarilla, El Gobierno de la República hace la entrega masiva de 9 millones de mascarillas A3 a la población, correspondientes al programa gubernamental “Todos con Mascarilla”, como parte de los recursos aprobados por el Congreso Nacional.

Pero, además, los hondureños pueden circular y transitar con mascarillas de cualquier material que cubra la nariz y boca, ya sea de fabricación casera, artesanal o industrial.

Las personas que no usen mascarillas en la calle y sean detenidas, por primera vez, por las autoridades correspondientes, se le hará entrega de una mascarilla, además de la sanción correspondiente.

El uso de las mascarillas de cualquier tipo, serán obligatorias en los siguientes lugares y ocasiones:

Centros de educación prebásica, básica, media y de educación superior; de salud, públicos y privados; centros comerciales, hoteles, farmacias y demás establecimientos similares de libre acceso al público; puertos y aeropuertos.

A su vez en iglesias; cines, discotecas, bares, restaurantes, casinos de juego y actividades similares. Aquí es importante hacer énfasis en que se exceptúan del uso de mascarillas o cubre bocas a aquellas personas que estén ingiriendo alimentos en estos lugares.

Además, establecimientos donde se fabriquen, procesen, depositen o manipulen productos, medicamentos o alimentos; lugares de trabajo; establecimientos deportivos destinados al público como gimnasios o estadios con excepción de los deportistas mientras dure la pandemia. (JS)

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