La protección de datos personales en la era digital

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11 de junio de 2020
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12:02 am
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La protección de datos personales en la era digital

Por: Jorge Roberto Maradiaga
Doctor en Derecho Mercantil, catedrático universitario y especialista en Derecho Aeronáutico y Espacial.

La protección de datos personales en la era digital, Hoy en día es común y corriente el que se hable de la revolución tecnológica, con lo cual de hecho se hace referencia a una efectiva transformación de la sociedad derivada del uso intensivo e integrado de las tecnologías de la información y la comunicación, lo que para algunos ha impulsado la cuarta Revolución Industrial. Y es que efectivamente, con el uso de las TICs se reformula la manera de relacionarnos, la manera de hacer negocios, de ejercer vigilancia, de hacer política, etc.

Los hechos demuestran en forma contundente y categórica que a consecuencia de la pandemia COVID-19, el empleo de la tecnología se ha vuelto real y efectivo en todos los ámbitos del acontecer humano. Si nos circunscribimos a la parte económica y política, cabe la siguiente interrogante: ¿Qué hay detrás de este nuevo diseño económico, social y político? ¿Cuál es la materia prima que mueve la innovación y el desarrollo de la nueva sociedad?

Obviamente con ello se generan una serie de respuestas, tanto positivas como negativas; pero es preciso tener en cuenta que, gracias a la adecuada utilización de las tecnologías, dada las circunstancias imperantes, las tecnologías “nos hacen la vida más cómoda, nos rodean de un entorno amigable rodeado de personas con ideas similares a las nuestras, nos muestran un mundo que nos gusta porque lo conocemos”.

En todo caso, hay quienes señalan que, ante esta realidad, corremos el peligro que las nuevas generaciones se conviertan en seres vacíos, sin expectativas, sin sueños… y dominados por una visión donde el dios que lo gobierna todo es la tecnología y quienes gobiernan la misma. Por eso algunos estudiosos afirman que muchos humanos se convierten en seres conducidos por aquellos que ostentan el poder sobre la información y las tecnologías.

Algunos puntualizan, que el nuevo modelo de sociedad digital se está desarrollando, usando a las personas. Sin embargo, los derechos y las libertades de esas personas no siempre están en el centro de la toma de decisiones. Y todo esto ocurre de forma casi imperceptible para los individuos. La tecnología se integra en nuestras vidas, en nuestros cuerpos, sin que seamos conscientes de ello, sin ninguna reflexión crítica por nuestra parte.

La protección de datos personales en la era digital

Ante la realidad que hoy estamos viviendo, sería un absurdo que los adultos nos opusiéramos a los cambios, pues lo correcto es propiciar una formación visionaria desde los primeros años; vale decir, impulsar una generación dotada de la conciencia y conocimientos necesarios para aprovechar los beneficios que la tecnología aporta y hacer frente, de forma crítica y constructiva, a los riesgos que puedan irse encontrando, como efectivamente ocurre en muchos casos, producto de los abusos en el uso de las tecnologías.

Por lo precedentemente señalado, muchos estudiosos del tema se formulan la siguiente interrogante: ¿Quién puede no querer una sociedad así? ¿A quién no le interesa una sociedad formada y libre? Una sociedad en la que lo normal no sea vivir constantemente monitoreado y perfilado. Una sociedad que no se cree usando como materia prima a las personas y no las convierta en esclavos felices en un mundo cómodo en el que otros deciden lo que es mejor para su presente y su futuro.

Por ello compartimos lo relativo a que los derechos digitales comienzan con el reconocimiento de la plena aplicabilidad de los derechos y libertades en Internet y del derecho a la seguridad digital. La educación juega un papel de primera, pues se debe garantizar que los alumnos y el personal docente reciban formación sobre el uso seguro y adecuado de Internet, debiendo formar parte de los currículums académicos y teniendo presente que lo relativo a los derechos digitales, comienzan con el reconocimiento de la plena aplicabilidad de los derechos y libertades en Internet y del derecho a la seguridad digital.

Con relación a la vigilancia en el ámbito laboral, el empresario tiene la obligación de informar a los empleados de la utilización de sistemas de videovigilancia o de grabación de sonido, así como la prohibición de instalarlos en zonas destinadas al descanso o de uso privado de los trabajadores. En el caso del registro de sonido o grabaciones, solo se entenderá justificado cuando sirvan para demostrar la comisión de un delito o de un acto ilícito y no para vulnerar el derecho a la intimidad de las personas.

Por lo señalado se habla del derecho a la desconexión digital, que consiste en garantizar a los trabajadores y empleados públicos el respeto de su tiempo de descanso y su intimidad personal y familiar fuera del tiempo de trabajo legal. En todo caso, actualmente con lo del COVID-19 lo relativo a la privacidad de datos es muy relativo, pues toda información del ser humano debe estar de cara a la sociedad para evitar las masivas contaminaciones. En esencia siempre se habla del derecho a la intimidad, pero en este caso (COVID-19) ello no funciona, porque debe protegerse la salud.

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