Experto considera acertada decisión del gobierno sobre contratos de trabajo

MG
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14 de julio de 2020
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11:06 am
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Experto considera acertada decisión del gobierno sobre contratos de trabajo

El jurista y académico universitario Alceste Menardi, calificó hoy de acertada la decisión de la Secretaria del Trabajo de ampliar a dos meses más el periodo de la suspensión de contratos a más de 150 mil trabajadores mediante un decreto ejecutivo, con el objetivo de sostener los empleos en el país y beneficiar a los trabajadores y las empresas.

En relación a lo anterior debido a los problemas de flujos de cajas de las empresas y con el fin de sostener los empleos en el país, el gobierno aprobó la Ley de Auxilio Temporal al Sector Productivo y los Trabajadores, que permitió a más de 150 mil empleados del sector privado recibir un apoyo solidario de 6 mil lempiras, por lo que hasta la fecha se estima se pagaron 600 millones de lempiras a este grupo de empleados mediante dos mecanismos establecidos.

Menardi, resaltó y reconoció la acción del gobierno por el esfuerzo de garantizar y sostener los empleos en el país, “el fin supremo es garantizar la seguridad alimentaria de la las familias de estos 150 mil trabajadores y mantener la paz social, porque la pandemia demanda un abordaje integral”.

“Tenemos que decir que esta suspensión se dio en el marco de una pandemia y entonces en ese sentido el Ministerio del Trabajo, hace bien al darles esa seguridad jurídica laboral a todos los trabajadores, así como también a los patronos” aseveró Menardi.

“Basado en el Código Laboral en los artículos 99,101, 109, 110 y 111, la disposición del ejecutivo es correcta y basada jurídicamente respecto a la ampliación por única vez sin recurrir a reformas de la ley ante el Congreso Nacional”, detalló Menardi.

Agregó, “esta prórroga se tiene que dar por una sola vez y se deberán realizar las acciones jurídicas necesarias”.

El catedrático universitario de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), dijo que “lo expresado hoy por las autoridades de la Secretaria del Trabajo y la decisión referente a proteger y tutelar los derechos de los trabajadores es sabía”.

Menardi es del criterio que “la suspensión temporal del contrato de trabajo, por haber transcurrido ya 120 días, para mucho de nosotros los abogados lo justificamos a los trabajadores en las distintas empresas que asesoramos”.

El jurista en su análisis de la ley laboral explicó que, “una vez analizado lo que señala el marco jurídico laboral hondureño vigente, tenemos que decir que en los artículos 99, 110 numeral 2 en relación al artículo 101 y 111 numeral 8 , ahí no establece que si nosotros miramos de forma profunda, no necesariamente necesitamos la reforma, para ampliar la suspensión temporal de los contratos, porque como lo señala el artículo 101 no ha concluido la causal por la que se dio esta suspensión del contrato de trabajadores, es decir pues no habido fecha en la que esta pandemia vaya a concluir o haya terminado”.

En este sentido Menardi profundizó, “esto debe servirle de tranquilidad a los trabajadores, pero también dejar cualquier vació totalmente descartado y darle respuesta jurídica, me parece bien lo que la Secretaria del Trabajo, también está proponiendo, para que de este manera en forma clara y exacta quede en totalmente el camino jurídico de lo que se va hacer con esta prórroga, dada por una sola vez aunque repito ya el marco jurídico laboral nos establece que es lo procedente”

Contexto:

El 3 de abril de 2020, el presidente de la República Juan Orlando Hernández, remitió un segundo paquete de medidas económicas al Congreso Nacional, que se denominó Ley de Auxilio al Sector Productivo y los Trabajadores, ante los efectos provocados por la pandemia Covid 19.

Entre las disposiciones se estableció la aportación solidaria para el mantenimiento temporal de empleos, e ingresos para los trabajadores durante la vigencia de la emergencia, aspecto que permitió a los empleados recibir auxilio solidario de 6.000 lempiras mensuales de parte del Gobierno, empresa y RAP.
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El 30 de abril se procedió a reformar el decreto legislativo 33-2020, en el sentido de que para los trabajadores de las empresas del sector turismo, no afiliados al RAP, también pudiesen gozar de los beneficios de los trabajadores cotizantes al RAP, a través de la aportación solidaria por parte del Seguro Social y el INFOP.

Medidas laborales

En cuanto a las medidas laborales, se aprobaron dos Programas de Aporte Solidario, enfocados en los trabajadores afiliados al Régimen de Aportaciones Privadas (RAP) y también a los que no forman parte del mismo.

Los empleados que forman partes del RAP recibirán un aporte de 1.000 lempiras de parte del Gobierno, 2.000 lempiras de la empresa en la que laboran y 3.000 lempiras como aporte del RAP, para sumar 6.000 lempiras

En tanto, los empleados que no pertenecen al RAP recibirán 3.500 lempiras del Gobierno y 2.500 lempiras de la empresa para la que laboran.

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