Absuelto Kevin Solórzano

ZV
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9 de octubre de 2020
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05:50 am
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Absuelto Kevin Solórzano

La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por mayoría de votos absolvió de responsabilidad penal a Kevin Solórzano, del asesinato del exfiscal Edwin Eguigurre.

El director de la Unidad de Comunicaciones del Poder Judicial, Melvin Duarte, explicó que por no existir unanimidad de votos en la Sala de lo Penal, el expediente será conocido por el pleno de magistrados de la CSJ.

La Sala Penal consideró que se quebrantó el Estado material de inocencia, tal como lo dice la Constitución de la República, en su artículo 316.

Ahora, el expediente será remitido al pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), quienes tendrán la última palabra en torno a este caso.

En ese sentido, la Sala de lo Penal remitirá los antecedentes del caso junto con el voto de mayoría y de disidencia a la presidencia de la CSJ, a efecto de que se prosiga con el trámite estipulado en el artículo en mención aplicable igualmente para procesos en materia penal.

El artículo 316 de la Constitución de la República reza en una de sus partes que “cuando las sentencias se pronuncien por mayoría de votos, deberán someterse al pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia”.

A partir de hoy el futuro de Solórzano ahora estará en las manos de los 15 magistrados que integrarán el pleno, con la ausencia de los tres que integran la sala penal, quienes votarán, ya sea para confirmar lo decidido por la Sala Penal o revocar el fallo.

Solórzano fue absuelto por los magistrados de la Sala Penal por los delitos de asesinato y tentativa de asesinato en el mes de noviembre del 2014.

La defensa técnica del imputado luego de la sentencia condenatoria dictada en febrero de 2017, interpuso seis motivos de casación, tres por quebrantamiento de precepto constitucional y tres por quebrantamiento de forma, los cuales fueron analizados por la Sala de lo Penal.

De acuerdo a lo que establece la sentencia, esta sala hizo una detallada revisión del proceso valorativo de la debida motivación, razonamiento y carga probatoria como elementos integrantes del derecho fundamental denunciado como infringido.

El Tribunal de Casación, como resultado del análisis, señala “la existencia de argumentaciones judiciales contrarias a los principios y reglas que componen la sana crítica como modelo de un correcto razonamiento humano, señalando concretamente los argumentos judiciales viciados”.

En cuanto a la infracción del precepto constitucional, la Sala de lo Penal, declaró no ha lugar el segundo y el tercer motivo de casación referentes a la denuncia de violación del debido proceso por inobservancia de principio de juez natural del artículo 90 de la Constitución de la República “nadie puede ser juzgado sino por juez o tribunal competente con las formalidades, derechos y garantías que la ley establece” y la violación del derecho de defensa por inadmisión de medios de prueba (artículo 82 Constitución de la República “el derecho a la defensa es inviolable”, respectivamente.

El primer motivo de casación centrado en la violación del estado material de inocencia contemplado en el artículo 89 Constitucional, “toda persona es inocente mientras no se haya declarado su responsabilidad por autoridad competente”, el cual fue declarado ha lugar, con un voto disidente, es decir, es una decisión tomada por mayoría de votos.

En relación a los tres motivos por quebrantamiento de forma, centrados en la inobservancia de las reglas procesales para la celebración del juicio, exclusión de prueba de valor decisivo en la sentencia recurrida y sobre la denuncia de valoración de prueba impropia por inobservancia de las reglas de la sana crítica, fueron declarados ha lugar, igualmente con un voto disidente.

Bajo este análisis, la Sala de lo Penal establece que “es procedente hacer ejecución del primer motivo del recurso de casación por infracción de precepto constitucional por tener este un pronunciamiento de fondo”.

En consecuencia, por mayoría de votos de la Sala, dado el voto disidente, se declaró ha lugar el recurso de casación por infracción de precepto constitucional en su primer motivo por violación al estado material de inocencia interpuesto por la defensa técnica del procesado.

En segundo término, se casa la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2017 dictada por el Tribunal de Sentencia con Competencia Territorial Nacional en Materia Penal y, tercero, se revoca el pronunciamiento condenatorio.

En consecuencia, se procede a dictar una sentencia absolutoria a favor de Kevin Joshua Solórzano Hernández, como coautor responsable de un delito consumado de asesinato en perjuicio del señor Edwin Geovanny Eguigure Abdul y como coautor responsable de un delito de asesinato en su grado de ejecución de tentativa en perjuicio de la señora María Auxiliadora Sierra.

“TENEMOS MUCHAS ESPERANZAS”

El abogado defensor de Kevin Solórzano, Jair López, explicó que “dos de los tres magistrados han establecido con justicia plena de que a Kevin se le violentaron sus derechos constitucionales, su estado de inocencia, porque no ha existido prueba suficiente para haberle condenado, entonces por eso reconocen esa violación a ese derecho fundamental y ordenan su absolución, establecen y reconocen la violación de reglas esenciales del proceso en la manera de dictar la sentencia, cuando se le excluyó prueba importante de valor decisivo, cuando hubo contradicciones en la valoración de la prueba para condenarlo”.

Asimismo, dijo “el procedimiento se celebró de manera irregular, bajo el establecimiento de diferentes violaciones a diferentes motivos, nos generan un ánimo positivo frente a lo que se puede venir y en consecuencia tenemos muchas esperanzas”.

“Esperamos que los magistrados que integren ese pleno que priven en ellos simple y sencillamente un ánimo de justicia, porque de tenerlo como estamos seguros que ocurrirá a Kevin se le acerca pronto la resolución de su caso y que se le haga justicia finalmente”.

Recordó que en noviembre de este año cumpliría seis años de estar con la medida de prisión preventiva, ha tenido una pena anticipada, pero no importa, él lo que necesita que se haga justicia por su caso, y si ha tenido que esperan seis años, está bien, lo importante es que se le haga justicia porque todavía puede reconstruir su vida y evidentemente su familia lo necesita, máxime frente a un hecho en el que él nunca participó y que fue reconocido por la propia prueba científica del Ministerio Público y que aportó la defensa.

ESTABA EN SU CASA

“Kevin cuando este hecho lamentable ocurrió estaba en su casa, preparándose para ir a la universidad, de manera cotidiana, y allí está toda esa evidencia, las cámaras de la calle que captan el vehículo, cámara de la universidad donde él ingresa, vaciados telefónicos de ubicación del teléfono de él en su casa cuando estaba ocurriendo el hecho, en la parada de buses cuando lo pasó recogiendo su amigo”, detalló.

López remarcó que “estamos seguros e imperando ese ánimo de justicia por parte de los magistrados, a Kevin se le hará justicia prontamente”.

En cuanto a la determinación de la Sala Penal sobre absolverlo de responsabilidad aunque no fue unánime, indicó que “Kevin lo ha tomado de manera muy prudente, pero a la vez con mucha esperanza, a raíz de esto, le ha cambiado la manera de ver su caso, lamentablemente él en estos seis años ve que a la gente se le resuelven sus casos, salen libres y él consiente de que no ha participado en este hecho, que pasa con su caso, pero ahora ha recobrado la esperanza y esperamos que esta se materialice en su libertad”.

UNA LUZ

El profesional detalló que la familia de Solórzano ha estado angustiada y desesperada por años, pero se llenan de esperanzas, es una luz al final del túnel para ellos, y sí están positivos, esperando que finalmente él retorne a su casa, donde él puede estar, y que pueda rehacer su vida.

López es del criterio que liderar la defensa de este caso, ha sido dura llevar la representación de una persona inocente y a Kevin le hemos fallado, porque está cumpliendo una pena por un hecho que no cometió, son casi seis años de prisión, genera sin sabores, es una situación agridulce que nos embarga porque sentimos como humanos lo duro que es su situación, lamentablemente que se le han violentado sus derechos fundamentales, no va ser restituible jamás”.

Kevin Solórzano fue hallado culpable por el Tribunal de Sentencia con jurisdicción nacional de la Sala I, el pasado 8 de febrero del 2017, por asesinato y tentativa de asesinato, con cinco argumentos ofertados por la Fiscalía como ser el retrato hablado, el testimonio de la viuda y uno de sus hijos, el vaciado telefónico, entre otros que fueron presentados durante el debate de juicio oral y público. (XM)

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