Bicentenario de Danlí, apunte histórico de Carlos Ernesto Molina Barahona

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18 de octubre de 2020
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12:15 am
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Bicentenario de Danlí, apunte histórico de Carlos Ernesto Molina Barahona

Bicentenario de Danlí apunte histórico de Carlos Ernesto Molina Barahona

Bicentenario de Danlí, apunte histórico de Carlos Ernesto Molina Barahona, Luis Alonso Gómez Oyuela
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DANLÍ, El Paraíso. Carlos Ernesto Molina Barahona, es un reconocido historiador, egresado de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), actualmente catedrático del Centro regional de la Universidad Pedagógica (UPNFM). El espacio correspondiente a nuestros habituales reportajes, recogerá hoy el trabajo histórico cultural de Molina, con el propósito de enriquecer la historia de este municipio.

Con la capacidad intelectual que lo caracteriza, Molina en un interesante trabajo, relata que el 8 de octubre del 2020, el actual municipio de Danlí, El Paraíso, arribó al bicentenario de haber sido constituido como tal, producto de las disposiciones de la Constitución Política de la Monarquía Española, más conocida como la Constitución de Cádiz o la Pepa, la cual fue promulgada por las Cortes españolas el 19 de marzo de 1812 en España.

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Plaza central de Danlí vista desde el oriente hacia el Consistorio municipal hace 100 años.

Las investigaciones históricas de Molina, indican que, en 1812 por primera vez en la historia del imperio español incluyendo sus colonias estaría regido por una Constitución política. En Honduras específicamente en Tegucigalpa, la Constitución de Cádiz se juró el 13 octubre de 1812. Dicha Constitución prescribía organizar Ayuntamientos Constitucionales. Danlí por cumplir con los requisitos organizó su Ayuntamiento Constitucional.

Para 1814 el Ayuntamiento Constitucional de Danlí, estaba formado por: José Narciso Roxas (Alcalde Constitucional) y los Regidores Andrés Cárcamo (1), Juan Antonio López (2), Vicente Ferrufino (3), Miguel Antonio Roxas (4), Pascual Cardona (5) y José Medina Valderas (6), Ramón Arriaga, procurador y Diego Coello Naxera, secretario.

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Historiador Carlos Ernesto Molina.

De no haber habido interrupción de los Ayuntamientos Constitucionales, la anterior corporación municipal de 1814 sería la primera en su género en Danlí, pero no fue posible, ya que el 4 de mayo de 1814 el recién restaurado rey de España Fernando VII decretó la disolución de las Cortes y derogó la Constitución de Cádiz, lo que dio pie a la reinstauración del absolutismo en España y sus colonias, quedando abolidos los Ayuntamientos Constitucionales incluyendo el de Danlí.

Pero en 1820 termina de nuevo el absolutismo en España y se reinstaura la Constitución de Cádiz, la cual fue jurada el 10 de marzo por el rey Fernando VII (obligado), quien emitió el 22 del mismo mes un decreto mediante el cual se convocaba a las Cortes ordinarias de 1820–1821 en España, también giró el 24 de marzo instrumentos para elegir diputados en los territorios de ultramar, pero previamente tenían que elegirse los electores de parroquia, de partido y provincia.

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Plaza de las milicias a inicios del siglo XX.

La Constitución de Cádiz se juró el 16 de julio de 1820 en Tegucigalpa, la cual en su artículo 310, obligaba a los pueblos de más de mil habitantes a organizar Ayuntamientos Constitucionales, por lo tanto, Danlí tenía que organizar el suyo, para septiembre de 1820 el partido de Danlí estaba bajo un Régimen Pedáneo dirigido por alcaldes ordinarios, siendo don Pedro Urbina el alcalde uno e Ylario Rivas alcalde dos, Marcelino Calderón regidor, León Medina alguacil mayor y don Ramón Arriaga teniente de alcalde mayor.

En septiembre de 1820 se le ordena al teniente de alcalde mayor de Danlí, don Ramón Arriaga, que instale el Ayuntamiento Constitucional de esta ciudad. El 3 de septiembre de 1820 se reunió a la mayoría de ciudadanos del partido de Danlí, para elegir a los electores parroquiales, quienes elegirían posteriormente en Comayagua a las Juntas de Provincia y los diputados a las Cortes españolas. Salieron electos con mayoría de votos los señores don Simón Díaz y don Pedro Vásquez.

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Vida en el campo, tradición de sobrevivencia del municipio.

El 24 de septiembre se reunió nuevamente a los ciudadanos de Danlí para elegir a los electores que elegirían el Ayuntamiento de Danlí. Saliendo electos por mayoría de votos Ignacio Medina, Domingo Valle, Benito Padilla, José Ferrufino, Narciso Rojas, Diego Cuello, Vicente Ferrufino y don Matías Niño. Estos electores se reunirían en fecha posterior para elegir el Ayuntamiento.

El 25 de septiembre las autoridades del Regimiento Pedáneo de Danlí, informaron al alcalde mayor de Tegucigalpa, don Narciso Mallol, que una vez instalado el Ayuntamiento Constitucional ellos cesaran en sus funciones para dar paso a las nuevas autoridades (desapareciendo de esta forma el Régimen Pedáneo en Danlí).

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Históricamente el cultivo del tabaco ligado al desarrollo del municipio.

El 1 de octubre reunidos en la Casa Consistorial de Danlí, los electores que elegirían a la Corporación Municipal procedieron a la votación en forma secreta, el resultado de la elección fue la siguiente: Alcalde constitucional el teniente de milicias don Vicente Ferrer Idiáquez Bonilla, Diego Cuello, secretario, regidores José Ferrufino (1), Vicente Ferrufino (2), Miguel Antonio Rojas (3), Matías Niño (4), Domingo Valle (5), Francisco Tinoco (6) y Benito Padilla, procurador síndico. Las elecciones fueron aprobadas por el alcalde mayor de Tegucigalpa don Narciso Mallol el 3 de octubre, dándole aviso al teniente de alcalde mayor don Ramón Arriaga.

El 8 de octubre de 1820 reunidos los ciudadanos danlidenses en la Casa Consistorial, el teniente de alcalde mayor don Ramón Arriaga, en representación de don Narciso Mallol, procedió a juramentar según la prescripción de la Constitución Política de la Monarquía Española a las nuevas autoridades danlidenses quienes expresaron cumplir y hacer guardar lo que expresa la Constitución, y ser fieles al Rey, quedando de esta manera en posesión de sus cargos y constituido el Ayuntamiento Constitucional. Al día siguiente el 9 de octubre se realiza la primera sesión del Ayuntamiento danlidense.

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Las emblemáticas colinas de Danlí, son referentes permanentes de su historia.

En diciembre del mismo año el alcalde mayor de Tegucigalpa ordena que se vuelvan a realizar las elecciones para el Ayuntamiento Constitucional de Danlí, y en donde deben incluirse a los mulatos y pardos, a los cuales se les hizo saber el asunto y ellos dijeron que no eran necesarias nuevas elecciones ya que estaban de acuerdo con las autoridades que regían el Ayuntamiento.

Le correspondió a este mismo Ayuntamiento recibir los pliegos de la independencia de Centroamérica del 15 de septiembre de 1821 y también formar parte del imperio mexicano a partir del 5 de enero de 1822, y a finales de ese mismo mes organizan las milicias, y envían armas a Tegucigalpa. Danlí había salido del régimen colonial y entrado al período Republicano, de ahí a marchado paso a paso con altos y bajos como Ayuntamiento, Alcaldía, Distrito Seccional y Municipio. Constitucionalmente o no, ha ido delimitando su territorio y construyendo su historia. Son 200 años de la historia que las nuevas generaciones deben conocer.

Fuentes
– Copias de actas municipales de Danlí 1820–1821
– Constitución de Cádiz 1812
– Enciclopedia Histórica de Honduras

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Escudo oficial del municipio de Danlí.

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