Decreto no invalida el contrato; reasigna funciones de Coalianza

MA
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2 de diciembre de 2020
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12:48 am
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Decreto no invalida el contrato;  reasigna funciones de Coalianza

La Superintendencia de las Alianzas Público-Privadas (SAPP) aseguró ayer que el Decreto PCM 081-2020 no elimina el contrato de la concesión de la Empresa Energía Honduras (EEH).

El superintendente, Leo Castejón explicó que “el Decreto 081-2020 que ha estado en cierta polémica, no rescinde el contrato de EEH, lo que hace es reasignar algunas de las funciones que tenía Coalianza”.

Recordó que cuando se disolvió Coalianza, se creó a la vez un Consejo Superior de Alianzas Público-Privadas. “En ese sentido, lo que hace este decreto es asignar la posición que tenía Coalianza, de administradora del contrato a una nueva institución”.

“En este caso -agregó- al concedente. El concedente es el dueño de los activos de la concesión y en ese sentido, para poder administrar el contrato y tener mejores criterios se ha decidido que esa representación administrativa estará en el concedente: en este caso el concedente en la concesión de EEH es la ENEE”.

Por lo tanto “es a quien corresponde representar en la administración del contrato en el Comité Técnico. El Comité Técnico del Fideicomiso es el organismo superior que toma decisiones en torno a la administración de la concesión”.

Castejón insistió que el cuestionado decreto “no rescinde el contrato, habrá que consultarle a EEH cuál es la razón por la cual ha interpuesto este recurso de amparo y en qué sentido piensan que les perjudicaría”. (JB)

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