Publicadas en La Gaceta reformas a Ley de Financiamiento

MA
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29 de diciembre de 2020
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02:51 am
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Publicadas en La Gaceta reformas a Ley de Financiamiento

Publicadas en La Gaceta reformas a Ley de Financiamiento. Las reformas la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos, aprobada por el Congreso Nacional, ya fueron publicadas en el Diario Oficial La Gaceta, desde el pasado 15 de diciembre del 2020.

La parte toral de las citas reformas es que a partir de la fecha pasan a ser fiscalizadas las elecciones primarias de los partidos políticos como las que llevarán a cabo el próximo 14 de marzo de 2021, el Partido Liberal, Partido Nacional y Libre.

En la reforma se tipifica que los movimientos en formación, precandidatos y movimientos internos de los partidos políticos que participan en elecciones primarias acreditados por los partidos políticos o alianza entres si habrá límites de gastos de campaña.

También se tipifica que el límite de las erogaciones que pueden ser realizadas durante los cincuenta (50) días calendarios anteriores a la práctica de las elecciones internas y primarias y noventa (90) días calendario, deben ser establecidos para cada proceso electoral primario y general por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y controlados por la Unidad de Financiamiento.

Se detalla que en ningún caso el límite de los gastos de campaña de las elecciones primarias debe ser inferior al límite de los gastos de campaña de las elecciones generales de proceso electoral anterior.

Asimismo, se detalla que las aportaciones privadas que reciban los sujetos obligados, deben ser respaldadas con documentos impresos, en original y dos (2) copias, con el nombre del Partido Político.

Además, en la reforma se precisa que los pre-candidatos a los Movimientos Internos y a su Partido Político, según sea el caso, deben presentar:

1) El informe financiero de sus ingresos y egresos destinados a campaña electoral, en un plazo de quince (15) días calendario siguientes a la fecha de la celebración de las elecciones

También, se describe que una copia del informe debe ser enviado simultáneamente al Consejo Nacional Electoral (CNE); y proporcionar a la unidad, cuando lo solicite, cualquier información o documento relacionado con sus operaciones financieras de campaña electoral. (JS)

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