Ampliación de 90 días al paquete de amnistías entra en vigencia

MA
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12 de febrero de 2021
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12:56 pm
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Ampliación de 90 días al paquete de amnistías entra en vigencia

Ampliación de 90 días al paquete de amnistías entra en vigencia.

El decreto aprobado por el Congreso Nacional que contiene la ampliación por 90 días más al paquete de amnistías, entró en vigencia este viernes.

Con la medida, miles de contribuyentes serán exonerados del pago de intereses, multas y recargos por el incumplimiento de obligaciones con el Estado.

La prolongación de la Pandemia del COVID-19 en el país, implicó la suspensión de actividades sociales y económicas, provocando una falta o retraso en el pago de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.

Las amnistías que ya se encuentran vigentes son:

Amnistía a todos aquellos ciudadanos que a la entrada en vigencia del presente Decreto no hayan realizado el trámite de:

1) Renovación de la licencia de conducir de transporte liviano, otorgada por la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte;

2) Renovación del permiso de tenencia y/o portación de arma de fuego comercial, otorgada por la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional o por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad;

3) Renovación de la licencia sanitaria y permisos de operación de comerciantes individuales emitidos por las Corporaciones Municipales;
cuya fecha de vencimiento sea posterior al lunes 16 de marzo del año 2020.

AMNISTÍA IHSS

Se establece amnistía en el pago de recargos, multas e intereses en las deudas originadas por la falta de pago de los aportes patronales y de cotizaciones de los trabajadores a dicho Instituto, dejados de enterar por parte de los patronos obligados del sector público y privado; por un período adicional dentro de la vigencia del presente

Decreto.

AMNISTÍA DE TELECOMUNICACIONES

Los operadores de servicios de telecomunicaciones y otras personas naturales o jurídicas, pueden realizar el pago de las tasas y cargos por la operación de telecomunicaciones adeudadas hasta el 31 de diciembre del 2020, sin sanciones de multas, recargos o intereses.

AMNISTÍA VEHÍCULAR

– Todos los vehículos y bienes muebles afectados por la prescripción autorizada y que no hayan efectuado el pago de las cantidades adeudadas al 31 de diciembre del año 2020, deben descargarse definitivamente del Registro de la Propiedad Vehicular.

– También, se autoriza la nacionalización y registro de los vehículos que ingresaron al país antes de la aprobación y vigencia del presente Decreto, en el marco de los tratados de libre circulación del Sistema de Integración Centroamericano (SICA) y que cuenten con placas de otros países de la región (Guatemala, El Salvador y Nicaragua) o de cualquier otro país.

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