Juez desestima audio y video en caso “Arca Abierta”

ZV
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19 de febrero de 2021
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05:00 am
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Juez desestima audio y video en caso “Arca Abierta”

Actualmente, hay solo nueve encausados, entre ellos se encuentran diputados del Congreso Nacional.

El juez natural designado, Reinaldo Antonio Hernández, que conoció el proceso judicial conocido como “Arca Abierta”, declaró como inútil los medios de prueba evacuados el jueves, que consistían en un audio y un video.

El portavoz de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Carlos Silva, detalló que se ha dado a conocer la resolución de la continuación de la audiencia inicial para la evacuación de unos medios de prueba, los cuales fueron admitidos por la Sala Constitucional, tras admitir un amparo presentado por el ente acusador.

“Se indicó a las partes procesales que los elementos de la valoración de la prueba, utilidad, pertinencia y proporcionalidad para acreditar los hechos en este caso de acusación, resultan ser inútiles para el fin probatorio que fueron propuestos…”.

Además, agregó que, según el juez, dicho audio y video “… no resultan ser objetivamente confiables, al no establecer la fuente de la obtención de los medios probatorios”.

PRUEBA PROHIBIDA

Lo que se presentó, según Silva, “fueron dos grabaciones audiovisuales, en los cuales no se ha podido establecer, según el juez, la individualización de quienes interactúan en el mismo, el lugar y la fecha de grabación, entre otras circunstancias, por lo que resulta ser abiertamente inútiles para la causa que nos ocupa”, explicó Silva.

Continuó diciendo que “se indica que resulta ser inconstitucional, por lo que su aplicación dentro del derecho penal en la causa actual lo convierte en prueba prohibida”.

“En la audiencia se pudo observar un audio de unos 14 minutos y un video de unos siete minutos que quería ser introducido como parte de la prueba”, indicó.

Por lo tanto, esta fue la resolución brindada por el juez de Letras designado en este caso, conocido como Arca Abierta, por lo que se deja con validez la resolución de la audiencia inicial, que fue dictada hace dos años, por el mismo juez de Letras designado.

Aún se está a la espera de la resolución de las apelaciones presentadas por las partes procesales en este caso.

El pasado 2 de febrero del 2019, el juez designado en audiencia inicial resolvió dictar un auto de formal procesamiento por el delito de malversación de caudales públicos, en perjuicio de la administración pública, contra los diputados: Gustavo Alberto Pérez Cruz, Gladis Aurora López, Milton de Jesús Puerto Oseguera, Welsy Milena Vásquez, Fabricio Puerto Oseguera y José Alejandro Flores.

Además, modificó el delito de malversación de caudales públicos al de fraude para Geovanny Castellanos Deras, Gregorio Alberto Gonzales Rivera y Allan Arony San Martín Vallejo.

SOBRESEIMIENTO

Y les dictó un sobreseimiento provisional por el delito de malversación de caudales públicos a los encausados: Audelia Rodríguez Rodríguez, Hernán Enrique Vindel Mourra, Juan Carlos Valenzuela Molina, Iveth Salomé Navas Suazo, Carlos Humberto Bonilla Aguiriano y Óscar Arturo Álvarez Guerrero.

Por otro lado, sobreseyó de manera definitiva a Ana Lucía Castro López, Arnold Gustavo Castro Hernández, Yajaira Lisbeth Talbott Villatoro, Estela Lisseth Muñoz Hernández e Indira Virginia Osorio Reyes.

El juez ratificó las medidas cautelares de prohibición de salir del país, por lo que se librará el oficio correspondiente al Instituto Nacional de Migración, a todos los imputados.

Otra de las medidas que se les mantiene a los nueve encausados que continúan con el proceso, es que tendrán que presentarse todos los viernes a firmar el libro de control, en el caso de los que tienen su domicilio en la capital, tienen que hacerlo en la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia. (XM)

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