Vacío de ley especial impide pleno del CNE

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5 de marzo de 2021
/
10:40 am
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Vacío de ley especial impide pleno del CNE

Se supo que la posición que sostiene el Partido Nacional es que no incluir ese listado adicional, bajo el argumento que la persona podría ejercer un doble voto.

**Incapacidad por COVID-19 de propietario y suplentes paraliza sesiones
**Falta de quórum impide al CNE tomar urgentes decisiones
**Sin resolver listado adicional de domicilios miles de ciudadanos quedarían sin votar violando su derecho constitucional al sufragio
**Ley dejó candado al CNE de unanimidad para reglamentación.

EMERGENCIA ELECTORAL

El CNE podría estar abocado a una emergencia electoral a pocos días antes de verificarse las elecciones primarias e internas de los partidos.

El alto organismo electoral no ha podido convocar al pleno en los días de esta semana, después de conocerse la incapacidad del propietario del Partido Nacional, Kelvin Aguirre, tras dar positivo por COVID-19. Trascendió que el consejero ha sido hospitalizado.

Sin embargo, si bien la ley prevé que la presidencia del CNE puede convocar al pleno integrando uno de los suplentes, resulta que los dos suplentes nombrados también enviaron excusa de ausencia por contagio de COVID-19. La integración de los suplentes en ausencia del propietario es potestad de la presidencia del CNE Artículo 11 numeral 12 de la Ley Especial para la Selección y Nombramiento de las Autoridades Electorales, Atribuciones, Competencias y Prohibiciones emitida por el Congreso Nacional.

LAGUNA

La ley especial elaborada improvisadamente -a falta de una Ley Electoral definitiva, ya que nunca fue aprobada por el Congreso Nacional- contiene una laguna. Ello es que si falta un propietario y también faltan los suplentes la ley no dispone la forma en que pueda integrarse el pleno del organismo electoral. Ello ha dejado al CNE incapacitado para poder sesionar y resolver sobre los asuntos urgentes pendientes.

Entre ellos lo relativo al otorgamiento de las credenciales a los movimientos de los partidos que debe ser resuelto en sesión del pleno. Y lo más álgido un listado adicional sugerido por el RNP contentivo de los domicilios trastocados, que no pudieron ser corregidos. Ello para habilitar la votación del ciudadano en su domicilio conocido y no el que arbitrariamente le fijaran los enroladores cuando tomaron sus datos para la tarjeta de identidad.

100 MIL NO VOTARÍAN POR ENREDO DE DOMICILIOS

Al no haber una solución a este problema, hay cálculos no oficiales que hasta unos 100 mil ciudadanos podrían estar impedidos de votar. El tema se complica cuando la Constitución de la República consigna el sufragio como un derecho y deber del ciudadano. Así que una falla imputable a la autoridad administrativa no podría ser impedimento para despojar a un ciudadano de su derecho constitucional.

Se supo que la posición que sostiene el Partido Nacional es que no incluir ese listado adicional, bajo el argumento que la persona podría ejercer un doble voto. Sin embargo la fuente del CNE ilustra que esa solución para que todos puedan votar y evitar el doble voto iría dotada de 3 dispositivos de seguridad. Marcar el dedo con tinta indeleble, certificada por dictamen de un laboratorio, sobre su calidad. La marca de la tarjeta de identidad vieja al que vote amparado por el listado adicional. Y la anotación del individuo para comprobar que no haya votado dos veces en base a un cotejo, sujeto a la imposición de las penalidades correspondientes por delito electoral.

CANDADO

El otro candado que dejaron los diputados en la Ley Especial para Elecciones Primarias Decreto 130-2020. El artículo 7 “REGLAMENTO. Lo no dispuesto en esta Ley en relación a las elecciones primarias 2021 relativo al Censo Nacional Electoral, Censo Electoral Provisional, Censo Electoral Definitivo, Listado Definitivo de Electores y Cuadernillos, será dilucidado vía reglamento aprobado por unanimidad por los miembros propietarios del CNE y/o RNP, según corresponda”.

Con esta disposición trancaron la vía de solución ofrecida y discutida entre el RNP y el CNE del listado adicional, ya que se supo que el representante del Partido Nacional se opuso a la emisión de un reglamento que resolviera lo concerniente a esos enredos domiciliarios. Como la unanimidad es exigida para la aprobación de reglamentos, vaya ironía, una disposición de una ley secundaria cortaría a muchísimos ciudadanos hondureños de su derecho a ejercer el sufragio.

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