Fiscal Luis Echeverría: “Fondos manejados por Barralaga y Montse Paola Fraga son del narcotráfico”

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26 de marzo de 2021
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05:10 am
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Fiscal Luis Echeverría: “Fondos manejados por Barralaga y Montse Paola Fraga son del narcotráfico”

Luis Echeverría, fiscal jefe de la UF ADPOL.

El jefe de la Unidad Fiscal de Apoyo al Proceso de Depuración Policial (UF-ADPOL), Luis Echeverría se manifestó inconforme y en total desacuerdo con la condena dictada a Jorge Alberto Barralaga Hernández y Montse Paola Fraga Duarte, porque a criterio de la fiscalía quedó evidenciado que los fondos manejados por los Barralaga y los de Fraga Duarte son provenientes del narcotráfico.

Por lo tanto, al imponerle las nuevas penas del Código Penal que se detallan en el artículo 439 mandan a aumentar en un cuarto de la pena impuesta, es decir que se debió sumar un cuarto más a los diez años de reclusión a las que fueron condenados.

“Estamos imponiéndole las penas del nuevo Código Penal a lo cual el Ministerio Público no tiene ninguna objeción pero si el Código Penal en el artículo 439 expone varias modificaciones a la ley de lavado de activos entre ellos al aumento de la pena en un cuarto, entonces aquí habría un desfase por el tipo de norma, por lo tanto la Fiscalía solicita que se haga un aumento de un cuarto de la pena del cual dispone de 10 a 13 años, porque los fondos manejados tanto por el señor Jorge Alberto Barralaga Hernández como Montse Paola Fraga Duarte son provenientes del narcotráfico”, detalló.

Continuó en allí está en el juicio pleno, que hay involucramiento de Wilter Blanco, y también del señor Orlando Pinto Espino, que hizo unas transferencias a las cuentas de los Barralaga y son personas declaradas tanto en Honduras como en toda Centroamérica como narcotraficantes.

Por lo tanto, “esto modifica la esencia, ese segundo apartado en el Código Penal que se aumentará en un cuarto cuando se ha determinado de que esos fondos son provenientes del narcotráfico, de igual forma involucra la afectación de la pena real o pena concreta que se va imponer”.

“Ese un cuarto de aumento que dispone el nuevo Código Penal se debió de tomar en cuenta en virtud del origen de la cantidad de dinero que manejaron estas personas”, explicó.

En ese sentido, “el Ministerio Público se notifica en total desacuerdo en virtud de que existe un fraude de ley sustantiva porque no se está reconociendo plenamente las penas que recoge el Código Penal”.

Sin embargo el fiscal remarcó que el tribunal debió no solo tomar lo que le beneficia a los encausados, “sí está recogiendo lo que le beneficia y no lo que les afecta y eso tiene que ser en su conjunto, así como decía el artículo 69 del Código Penal anterior que para emitir una sentencia no solo se tiene que ver la parte que beneficia sino también los aspectos que agrava la pena, el nuevo Código Penal en su segundo apartado que por fondos provenientes del narcotráfico se aumentará un cuarto de la pena y en virtud que se está condenando a 10 años no se están conociendo las agravantes de Jorge Alberto Barralaga Hernández siendo un oficial de policía utilizando el sistema financiero para lavar grandes cantidades de dinero, de igual forma está también el deposito que le hizo Orlando Pinto Espino siendo un narcotraficante declarado”.

El artículo 439 del Código Penal vigente en el apartado en el inciso tres “cuando el valor de los activos objeto de lavado sea superior a los cinco millones de lempiras (L5,000,000.00), se debe imponer las penas de prisión de diez (10) a trece (13) años y multa igual al ciento cincuenta por ciento (150%) de dicho valor.

Asimismo, las penas anteriores se deben aumentar en un cuarto en los casos siguientes: “Cuando los bienes o activos proceden de delitos relativos al tráfico de drogas, terrorismo, extorsión o delitos de explotación sexual”. (XM)

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