Consejo de Educación Superior se pronuncia sobre proceso de vacunación

MG
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28 de abril de 2021
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01:49 pm
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Consejo de Educación Superior se pronuncia sobre proceso de vacunación

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El Consejo de Educación Superior se pronunció este miércoles en torno al lento proceso de vacunación en Honduras, el cual consideran sumamente importante para lograr la inmunidad de rebaño y regresar a clases presenciales.

PRONUNCIAMIENTO DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

PRONUNCIAMIENTO: El Consejo de Educación Superior de Honduras, CONSIDERANDO: Que priorizar la recuperación educacional para evitar una catástrofe generacional tal como lo ha establecido la UNESCO recientemente, advierte a nuestra sociedad de un grave problema, que solamente puede enfrentarse si se establece, como uno de los puntos de partida, la vacunación contra la COVID-19, de todos los actores del sistema educativo nacional. Advirtiendo que esta medida no será suficiente para garantizar el completo cumplimiento de los protocolos de salud que la ciencia establece. CONSIDERANDO: Que dada la situación actual generada por la Pandemia, la educación continuará siendo desarrollada mediante la modalidad virtual, lo que en nuestra sociedad está generando una profunda inequidad educativa, debido a las múltiples barreras que nuestros estudiantes y docentes enfrentan en todos los niveles del sistema educativo nacional, sin que hasta la fecha, se tenga una propuesta clara y una decisión firme por parte del Estado para evitar la exclusión digital de nuestro país, en relación al contexto mundial.

CONSIDERANDO: Que existe un alto índice de incidencia y prevalencia en los padecimientos de salud mental y trastornos mentales psicológicos y psiquiátricos, incluyendo dentro de las manifestaciones afectación fisiológica, somática y emocional, entre ellos: trastornos del estado de ánimo, trastornos de ansiedad, trastornos de reacción a estrés grave, trastornos de adaptación y trastornos psicógenos en masas, causando graves daños en la salud del pueblo hondureño en general y en particular de los miembros de la comunidad educativa. CONSIDERANDO: Que todos los sistemas educativos del mundo han priorizado medidas tendentes a garantizar que los jóvenes logren completar con éxito sus estudios secundarios o universitarios y graduarse, sin demora, para poder continuar estudios de nivel superior o incorporarse a la vida profesional y Honduras no debe ser la excepción.

CONSIDERANDO: Que, en el contexto de la presente Pandemia, es responsabilidad exclusiva de las autoridades del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER), aprobar la realización de procesos de pilotajes, que orienten el futuro retorno a la educación semi-presencial y/o presencial, ofrecida por las instituciones de educación superior.

CONSIDERANDO: Que es responsabilidad constitucional del Sistema de Educación Superior contribuir a la resolución de los problemas nacionales y dado que la academia cuenta con profesionales del más alto nivel en las diferentes áreas del conocimiento, y por consecuencia deviene obligado a crear una instancia que asesore y genere recomendaciones para un mejor manejo de la problemática generada por la COVID-19. POR LO TANTO,

RESUELVE: PRIMERO: Que la vacunación es una condicionante ineludible para el retorno a los servicios de educación semi-presencial y/o presencial en el Sistema de Educación Superior, por lo que deberá gestionarse urgentemente y de manera escalonada, la vacunación contra la COVID-19, a los miembros de la comunidad universitaria. Garantizando la inmunización completa, con la aplicación de las dosis necesarias de refuerzos y con el cumplimiento de los periodos de tiempos establecidos con base a los protocolos de vacunación; así como también con el cumplimiento de la selección de las personas a ser vacunadas, como se establece en el programa ampliado de vacunación con el objetivo de alcanzar la inmunidad de rebaño, mediante el proceso de vacunación inclusivo, amplio y gratuito. Continuando con la observancia de los protocolos de bioseguridad establecidos por las instituciones de salud (uso de mascarillas, distanciamiento social, lavado de manos, etc.).

SEGUNDO: Teniendo en cuenta que en el siglo XXI ya está establecido como parte de la cuarta generación de derechos humanos, el acceso a la internet y a una banda suficientemente ancha, con una conectividad disponible en todas las regiones del país, así como a una transparente garantía a la protección de los derechos de propiedad intelectual en el ámbito digital, el estado deviene obligado a realizar lo correspondiente, sin demora, a fin de lograr el acceso gratuito al internet a los docentes y estudiantes. Así mismo, actuar con prioridad estableciendo los mecanismos financieros que les garantice la obtención del equipo tecnológico apropiado que asegure una educación virtual pertinente y de calidad. Además, el Estado deberá suprimir todo tipo de aranceles a las importaciones de computadoras personales para uso de estudiantes y docentes de todos los niveles educativos, equipo de hardware y software de última generación para modernizar las aulas y los distintos escenarios pedagógicos que se requieren para que nuestra juventud se eduque en condiciones competitivas con los escenarios más desarrollados en otras latitudes.

TERCERO: Que se realice urgentemente una intervención apropiada de los problemas de salud mental de la población en general y en particular de los miembros de la comunidad educativa, debido a la alta tasa de incidencia y prevalencia en los padecimientos de salud mental y trastornos mentales psicológicos y psiquiátricos, incluyendo dentro de las manifestaciones afectación fisiológica, somática y emocional, entre ellos: trastornos psicógenos en masas, trastornos del estado de ánimo, trastornos de ansiedad, trastornos obsesivos compulsivos, trastornos hipocondríacos, trastornos de somatización y somatomorfos, trastornos de reacción a estrés grave y trastornos de adaptación, entre otros.

CUARTO: Priorizar los procesos y ceremonias de graduación en las Instituciones de Educación Media y Superior, bajo la modalidad virtual y en caso de ser presenciales que sean planificados y desarrollados con las medidas estrictas de bioseguridad; que garanticen la seguridad de las personas a participar en estos eventos, bajo la responsabilidad y respeto de las autoridades educativas correspondientes; para garantizar la culminación de los estudios y graduación de los estudiantes.

QUINTO: Aquellas instituciones que decidan hacer procesos de pilotaje en clases o laboratorios que requieran de presencialidad, deberán presentar su petición para la respectiva aprobación, ante el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, cumpliendo con los requisitos dispuestos por dicha dependencia, con base a las condiciones particulares de las instituciones de Educación Superior, a la situación sanitaria que se viva en el país y a las disposiciones que en su momento emita el SINAGER. SEXTO: El Consejo de Educación Superior debe crear un Comité COVID-19 Interuniversitario integrado por expertos académicos; que proponga, oriente, asesore y recomiende al estado de Honduras y en particular a la Universidad hondureña, en diferentes campos, para un mejor manejo de la problemática generada por la Pandemia, en búsqueda de la preservación de la vida humana.

DR. FRANCISCO JOSÉ HERRERA A.
PRESIDENTE
CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

 

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