Partidos tendrán observadores, millonaria capacitación y exoneraciones fiscales

ZV
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31 de mayo de 2021
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04:00 am
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Partidos tendrán observadores, millonaria capacitación y exoneraciones fiscales

Los partidos tendrán observadores para que vigilen la votación y el escrutinio en las mesas receptoras de votos.

La nueva Ley Electoral concede un observador a los partidos que no tendrán delegados en las mesas, además de una millonaria suma para capacitar a sus candidatos y hasta exoneraciones fiscales para traer materiales para sus campañas políticas.

Con respecto a los observadores, el artículo 47 establece que los partidos deberán acreditarlos ante el CNE y deberán permanecer a una distancia no menor de tres metros de las juntas receptoras de votos a fin de no entorpecer la votación, desde el inicio y hasta el final de las elecciones. Además, podrán manifestar irregularidades de dicho proceso, las cuales deben ser registradas en la hoja de incidencias.

La normativa crea también un instituto de formación política electoral, dependiente del CNE, con la finalidad de “capacitar a todos los candidatos que van a cargo de elección popular, corporaciones municipales, diputados al Congreso Nacional, diputados al Parlacen y planillas presidenciales, en temas electorales”.

El artículo 62 establece que “el Consejo Nacional Electoral (CNE), a través del Instituto de Capacitación, asignará una partida presupuestaria equivalente al 10% de lo que se pagó en concepto de deuda política al partido ganador en las elecciones generales, a cada partido político, para que sea utilizado en capacitación y formación política e ideológica de su militancia. El uso de dichos fondos será supervisado por el Instituto de Capacitación con el fin de garantizar su correcto uso, y deberán ser liquidados ante el Consejo Nacional Electoral (CNE)”.

Igualmente, el artículo 165 “autoriza a los Partidos Políticos a introducir al país cada cuatro (4) años, libres de toda clase de impuestos, tasas, sobretasas y derechos, sobre implementos fotográficos, vehículos automotores de trabajo, equipo de sonido para propaganda, equipos de computación y cualquier otra maquinaria y material necesario para uso exclusivo del Partido Político, sin que el valor de los impuestos a pagar exceda de dos millones de lempiras (L.2,000,000.00)”. (EG)

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