Oportunidades y desafíos de la observación electoral ciudadana 2021

MA
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21 de septiembre de 2021
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12:52 am
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Oportunidades y desafíos de la observación electoral ciudadana 2021

La segunda vuelta electoral una necesidad impostergable

Ernesto Paz Aguilar

En nuestro continente, la observación electoral ha tenido un gran desarrollo. Su base firme son los instrumentos fundantes de derechos humanos y de defensa conjunta de la democracia.
El punto de partida es la Convención Americana de los Derechos Humanos o Pacto de San José, que establece: “Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades: participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; elegir y ser electo en elecciones, periódicas y auténticas, realizadas por sufragio universal y por voto secreto…”.

Observar significa examinar atentamente. “La observación electoral es un ejercicio que consiste en examinar presencialmente el desarrollo de un proceso electoral, y confrontar su realización con las leyes nacionales y con los principios y normas internacionales aplicables. En ese sentido, la observación electoral no es un fin en sí misma y está íntimamente ligada a la democracia y a los derechos humanos.

Uno de los objetivos de la observación electoral es contribuir al desarrollo de elecciones periódicas, libres y equitativas. Por ello, una observación electoral eficaz debe ser realizada: Antes, durante y después. En su nivel máximo, la observación electoral pretende reunir elementos de juicios suficientes y objetivos para evaluar un proceso electoral, cada una de sus etapas o alguno de sus elementos en particular. Del juicio ponderado y adecuadamente informado del observador, depende en buena parte la imagen que se tenga de un proceso electoral y de su legitimidad.

Si bien es cierto, los informes de la observación electoral, sea nacional o internacional, no comparten efectos jurídicos, los mismos contribuyen a darle legitimidad a los procesos electorales. De hecho, comparten espacios, en materia de fiscalización, transparencia y rendición de cuentas con los entes especializados del Estado y de la sociedad, vale decir, la veeduría social que ejercen, en un proceso determinado.

La observación nacional es una extensión de los derechos políticos ciudadanos, es decir, de la potestad de corroborar la regularidad de un proceso, en el que, de hecho, el observador participa ejerciendo el sufragio. Es por ello, que algunas legislaciones no permiten la figura de observador extranjero, pues se entiende que la observación es una forma de fiscalización reservada a los nacionales de un país.

La importancia de la observación electoral cuando hay dudas en el imaginario colectivo acerca de la regularidad de un proceso electoral, por las razones que sean, la observación electoral, sobre todo la internacional, tiene un mayor efecto y puede modelar con mayor fuerza la opinión pública nacional e internacional. En nuestro país, la relevancia de los informes de la OEA y de la Unión Europea, entre otros, sobre procesos electorales está fuera de discusión. Ello nos compromete a hacer un esfuerzo conjunto, para que los informes de la observación electoral nacional alcancen ese nivel. Es necesario crear ese balance.

En la actualidad, la observación electoral no es únicamente un mecanismo para añadir o restar legitimidad a un proceso electoral. Hay una faceta técnica que se ha desarrollado considerablemente y que ha producido destrezas significativas y avances valiosos en la elaboración de los informes, que sustentan de mejor manera las conclusiones a que se llegue.

Desafíos y oportunidades. La violencia prelectoral y los conflictos o controversias entre los poderes públicos y el ente electoral constituyen un desafío y una oportunidad para la observación electoral ciudadana que podrá coadyuvar a:

– Defender la autonomía e independencia del ente electoral, amenazada por la emisión de disposiciones (Decreto 60 de 5 de agosto de 2021) que tergiversan las funciones y atribuciones de este, al establecer procedimientos irregulares para la ejecución de su presupuesto.

– Procurar el fortalecimiento de la seguridad jurídica del proceso electoral, puesta en precario por reformas electorales de última hora realizadas por el Congreso Nacional. (El Decreto 62 de 5 de agosto de 2021). Desafortunadamente, dichas reformas contribuyeron a provocar, de manera indirecta, violencia política, el pasado mes de agosto en las instalaciones del INFOP. Esos actos reprochables no deben repetirse.

– Instar al Congreso Nacional a aprobar sin tardanza la Ley Procesal Electoral. Esta medida es una acción de prevención de conflictos electorales; y,

– Evitar que la intervención de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en la conformación de las JRV, solicitada por algunos partidos minoritarios, se convierta en un elemento desestabilizador del proceso y que incremente la conflictividad e incertidumbre.

La democracia hondureña navegará a mar abierto, en la medida que las organizaciones de la sociedad civil se involucren a fondo en la observación electoral, enfatizo, antes, durante y después del proceso electoral. El reto es enorme: el día “D”, tendrán que acreditar observadores en las 18,396 JRV de todo el país.

Es necesario, en suma, desarrollar un círculo virtuoso entre Estado, partidos políticos y sociedad civil, con el acompañamiento de la cooperación internacional, que permita crear un clima de confianza para establecer una relación constructiva y colaborativa, entre los diferentes actores del proceso.

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