CN amplía la “viejita” hasta el 31 de diciembre

ZV
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18 de noviembre de 2021
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05:40 am
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CN amplía la “viejita” hasta el 31 de diciembre

El Congreso Nacional, aprobó anoche la ampliación de la vigencia de cedula “viejita” que data desde 1996 hasta el próximo 31 de diciembre, pero solo para asuntos administrativos porque no aplica para usarla en las elecciones generales del 28 de noviembre.

El dictamen que, aprobado por el voto de la mayoría calificada de los diputados conectados a la sesión virtual de anoche, se argumenta que hace un año, se ha comunicado a la población en general la implementación del nuevo documento de identificación, por lo que a ese respecto la ciudadanía ya debería de contar con este importante Documento.

Mientras, indica el dictamen, el compromiso de las autoridades del Registro Nacional de las Personas (RNP), es que para la celebración del proceso eleccionario se alcanzarían en un cien por ciento (100%), del enrolamiento e identificación más la subsanación de cualquier error.

Pese a lo anterior, los resultados esperados del proceso de identificación son el resultado de otros factores exógenos que perjudicaron el producto obtenido, hasta este momento los nuevos documentos de identificación no han sido entregados a toda la población hondureña, haciendo falta la entrega a una porción mínima de la población en relación al universo de personas que se beneficiarían.

En ese sentido, la comisión dictaminadora, indica que conforme al Decreto No. 62-2021, la actual tarjeta de identidad tenía una vigencia hasta el 15 de octubre del presente año, seguidamente se generó una ampliación de 30 días de vigencia hasta el 15 de noviembre 2021, bajo lo establecido en el Decreto No. 95-2021 del 15 de octubre del año 2021, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de Octubre del año 2021 bajo la edición No. 35,747, con el fin de brindar el tiempo necesario para que la población en su totalidad acceda al Nuevo Documento de Identificación.

Sin embargo, se precisa que de acuerdo a lo informado por autoridades del RNP el tiempo de ampliación no fue aprovechado de la mejor manera ya que por varias semanas el NDI no fue entregado en ninguna localidad debido a que los trabajadores del proyecto Identifícate realizaron huelgas al no recibir su pago salarial satisfactoriamente.

Pero esta situación, se afirma en el dictamen, ya fue resuelta pero las entregas del NDI no se logró realizar como estaba programado, por lo que es fundamental realizar una ampliación de tiempo para realizar las entregas efectivas a la población que aún no cuenta con el mismo.

De igual forma, la comisión dictaminadora, afirma que considero necesario apoyar toda iniciativa encaminada a fortalecer el proceso eleccionario y garantizar a la población el ejercicio del derecho al sufragio.

“Bajo esta premisa si es imprescindible que se amplié la vigencia de la tarjeta de identidad, en relación a otros tramites diversos al desarrollo del proceso electoral, considerando oportuna la ampliación de la misma para todos aquellos supuestos relacionados a actuaciones civiles distintos a proceso electoral a celebrarse el 28 de noviembre próximo”, aclara la comisión en su dictamen.

Por ende, la comisión dictaminadora emitió opinión favorable en relación a la conveniencia de debatir la iniciativa presentada en Cámara Legislativa por el diputado Edwin Audias Gómez, orientado a someter a la consideración del pleno de Diputados la aprobación de la ampliación de la vigencia de la tarjeta de identidad hasta el 31 de diciembre de 2021, excepto para asuntos electorales relacionados con el ejercicio del sufragio el 28 de noviembre del presente año. (JS)

DECRETA:
Artículo 1. Ampliar la vigencia de la actual Tarjeta de Identidad hasta el 31 de diciembre de 2021. La ampliación de la vigencia a que hace referencia este artículo, no se aplica en asuntos electorales relacionados con el ejercicio del sufragio el 28 de noviembre del 2021, en estos casos será válido como documento de identificación únicamente el Documento Nacional de Identificación (DNI).

Artículo 2. Vigencia. El presente Decreto entra en vigencia en la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.

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