Corte IDH condena al Estado salvadoreño

MA
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1 de diciembre de 2021
/
01:17 am
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Corte IDH condena al Estado salvadoreño

Ciudad de México. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una resolución histórica que señala a el Estado salvadoreño como responsable de violar derechos en el Caso Manuela, por criminalizar el acceso de las mujeres a servicios de emergencia obstétrica e incumplir la obligación de mantener el secreto profesional y de proteger los datos de mujeres que recurran a los servicios de salud a buscar atención.

La sentencia, publicada, declaró que dicho Estado violó los derechos a la libertad personal; presunción de inocencia; a la defensa; a ser juzgada por un tribunal imparcial; a la no discriminación e igualdad ante la ley y al derecho a no ser sometida a penas crueles, inhumanas o degradantes de Manuela. Además, se detalla, fue víctima de violaciones a sus derechos a la readaptación social, la vida, la integridad personal, a la vida privada, a la igualdad ante la ley y a la salud.

La Corte estableció que sus familiares fueron víctimas de violación al derecho a la integridad personal, como consecuencia de un profundo sufrimiento y angustia durante su acompañamiento.

Manuela fue una mujer salvadoreña de 33 años de escasos recursos económicos, analfabeta y proveniente de una zona rural que en 2008 vivió una emergencia obstétrica y, mientras estuvo recuperándose en el hospital, fue encadenada y denunciada por personal de salud -violando el secreto profesional-, para después ser condenada a 30 años de cárcel por el delito de homicidio agravado. Ella moriría de cáncer dos años después, producto de falta de atención médica.

En la sentencia, la Corte reconoce que la ambigüedad del secreto profesional médico en la legislación salvadoreña “implica que el personal de salud, para evitar ser sancionado, denuncie a mujeres sospechosas de haber cometido el delito de aborto.” Además, reconoció que, contrario a lo determinado por autoridades de justicia locales, Manuela sufrió una emergencia obstétrica y no cometió el delito por el que fue sentenciada.

En consecuencia, la Corte ordenó a El Salvador trece medidas reparatorias, entre las que destacan:

• Regular la obligación de mantener el secreto profesional médico y la confidencialidad de la historia clínica.
• Desarrollar un protocolo de actuación para la atención de mujeres que requieran atención médica de urgencia por emergencias obstétricas.
• Adecuar su regulación relativa a la prisión preventiva.
• Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional
• Diseñar e implementar un curso de capacitación y sensibilización a funcionarios y funcionarias judiciales y al personal de salud del Hospital Nacional Rosales (donde ella fue criminalizada).

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