Publican Ley que condena golpe de Estado a Zelaya

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6 de febrero de 2022
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04:41 am
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Publican Ley que condena golpe de Estado a Zelaya

La “Ley para la Reconstrucción del Estado Constitucional de Derecho y para que los Hechos no se Repitan”, que en su capítulo 1 condena al golpe de Estado del 28 de junio del 2009, en contra del entonces presidente José Manuel Zelaya, contenida en el decreto 4-2022, fue publicada en el número 35,840, del diario oficial La Gaceta.

Según el decreto publicado el 4 de febrero anterior, de la junta directiva del Congreso Nacional, presidida por Luis Redondo Guifarro, se deroga el decreto legislativo número 141-2009 de separación del presidente de Honduras José Manuel Zelaya, aprobado el domingo 28 de junio del 2009 y publicado en el número 31,950 de La Gaceta, del miércoles 1 de julio de 2009.

La normativa basa la derogación por ser un decreto ilegal por no estar facultado el Poder Legislativo para separar al presidente de la República, a quien no se le ha comprobado ningún delito hasta la fecha en memoria de las víctimas, para que los hechos no se repitan.

Condena que el golpe de Estado constituye un hecho ilícito internacional de conformidad con la sentencia dictada el 5 de octubre del 2015, por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo cual la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en aplicación del artículo 21 de la Carta Democrática y 9 de la Carta de la Organización de los OEA, suspendió el derecho de Honduras a participar en la organización.

Asimismo, en el artículo 2 en memoria de las víctimas, declararon la plaza pública, ubicada frente al aeropuerto Toncontín con el nombre de “Plaza Isy Obed”, primer joven asesinado el 5 de julio de 2009 y se manda erigir un símbolo y lienzo con sus nombres.

En ese contexto, se decretó apoyar los descendientes y/o ascendientes directos de los asesinados registrados por los informes de la CIDH y los organismos de Derechos Humanos en Honduras, a través de un programa social que garantice su educación y sobrevivencia en condiciones de dignidad y seguridad.

“Autorizar a la Secretaría de Finanzas para que a solicitud de la Secretaría de Derechos Humanos se realice la asignación presupuestaria requerida”, precisa la norma.

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