Defensa de JOH: EEUU no envió ningún medio probatorio reconocido por la legislación hondureña 

MA
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16 de marzo de 2022
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03:07 pm
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Defensa de JOH: EEUU no envió ningún medio probatorio reconocido por la legislación hondureña 

El equipo de defensa legal del expresidente, Juan Orlando Hernández, indicó este miércoles que Estados Unidos no envió ningún medio probatorio reconocido por la legislación hondureña para sustentar la solicitud de extradición.

A continuación el comunicado del equipo legal:

El equipo de defensa legal del ciudadano y expresidente, Juan Orlando Hernández, a la comunidad nacional e internacional comunica:

1. Como lo habíamos anticipado, el gobierno de Estados Unidos no remitió ninguna “prueba fehaciente y suficiente” que involucre al ciudadano y ex presidente de Honduras Juan Orlando Hernández en actividades del narcotráfico, como lo exige el Tratado de extradición para que el juez otorgue el pedido de extradición.

2. De acuerdo con la legislación hondureña, no constituye prueba el simple relato de un testigo de referencia, o como se dice popularmente testigo de “oídas”. En un tribunal de justicia hondureño lo que Fiscalía de EEUU envió no sustentaría ninguna acusación contra ningún imputado, es decir no se cumple con el articulo 1 del Tratado de Extradición entre Honduras y ese pais que exige que el medio de prueba sea suficiente para sustentar la culpabilidad de una persona.

3. La Fiscalía de EEUU no envió ninguna documentación probatoria, ni fotografías, ni audios, ni vídeos, ni transacciones o cualquier otro elemento probatorio que respalde su acusación.

4. Durante el transcurso de la tarde le toca a la defensa evacuar sus medios de prueba.

5. Durante la audiencia de la mañana la defensa puso como ejemplo el caso de solicitud de extradición de la ciudadana chilena Natalia Ciufardi por el caso de desfalco contra el IHSS, que pese a que los fiscales del Ministerio Público de Honduras enviaron innumerables medios de prueba documental para respaldar la petición, un magistrado de la CSJ de ese país decidió que debía ser juzgada en Chile.

6. Si bien este no es un JUICIO para demostrar culpabilidad o inocencia, el Estado solicitante deviene obligado a mostrar EVIDENCIA SUFICIENTE Y CONTUNDENTE para que un Juez Natural del país decida otorgar o no la expatriación de uno de sus ciudadanos, así como EEUU lo ha exigido a otros países, tal como la defensa mencionó en dos casos puntuales, en donde ese país rechazó la solicitud. (Artículo 8).

Tegucigalpa, MDC, 16 de marzo de 2022

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