Raúl Suazo: “Si creían que JOH tenía inmunidad, debieron solicitarla con anterioridad”

ZV
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26 de marzo de 2022
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05:10 am
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Raúl Suazo: “Si creían que JOH tenía inmunidad, debieron solicitarla con anterioridad”

Raúl Suazo Barillas.

A pocas horas de conocerse la determinación que tomará el pleno de magistrados en torno al recurso de apelación admitido a favor del exmandatario, Juan Orlando Hernández, que va orientado en contra de la extradición concedida por el juez, surge la pregunta: ¿Cómo resolverán el recurso de apelación interpuesto por la defensa del expresidente?

Para el abogado, Raúl Suazo Barillas, “ya la Corte Suprema de Justicia en ocasiones anteriores se ha manifestado sobre varios aspectos señalados por la defensa y creemos que esa es o debería ser su resolución, confirmar lo dictado por el juez de extradición en primera instancia de concederla”.

“El artículo quinto del auto acordado establece que el Juez natural designado, señalará audiencia para que las partes intervinientes procedan a la “presentación y evacuación de pruebas”, el juez resolverá únicamente con la prueba que se incorpore y con los testigos que se hallen presentes”.

“Una vez concluida esta audiencia, se procederá a la valoración de las pruebas evacuadas, y se dictará sin retardo y de forma motivada la resolución definitiva, otorgando o negando la extradición”.

PRUEBA

En tal sentido, el togado considera que los argumentos de la defensa de que existe inmunidad parlamentaria, son a criterio personal, insuficientes y según la experiencia en procesos anteriores, debería de ser desestimada en virtud de lo que dice el auto acordado, ya que este se rige por el principio de aportación de la prueba. Es decir que la prueba que pretenda producirla se hará cargo de su presentación en la audiencia, ya que se resolverá únicamente con la prueba que se incorpore y con los testigos que se hallen presentes”.

“Si la defensa sabía o creía saber que Hernández tenía o podía tener inmunidad parlamentaria, debieron de haber solicitado la correspondiente constancia, con anterioridad al proceso, para así presentarla el día de la audiencia y no tener que solicitarla que el juez produzca ese medio de prueba”, destacó Suazo.

Respecto a que si el exmandatario se debe de juzgar en Honduras dijo que “ese punto ya también fue planteado en otras extradiciones, la CSJ expresó que para efectos de fijar la competencia de los tribunales para el juzgamiento de un delito y evitar su impunidad, adopta el principio de ubicuidad, al prever que el delito se considera cometido en el lugar donde se desarrolló en todo o en parte”.

“La actividad delictuosa de autores y partícipes, así como también en el lugar donde se produjo o debió producirse el resultado, de manera tal que, si la droga tenía como destino los Estados Unidos y esta tenía un potencial daño a la salud de esa población, el resultado se habría producido en su territorio, por eso la aplicación de la doctrina de la ubicuidad, si permite el juzgamiento de él (JOH) en los tribunales competentes en Estados Unidos”. (XM)

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