El “Tigre” Bonilla a la espera de que apelación sea discutida por el pleno

MA
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19 de abril de 2022
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04:39 am
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El “Tigre” Bonilla a la espera de que apelación sea discutida por el pleno

El exdirector de la Policía Nacional, general Juan Carlos “El Tigre” Bonilla Valladares, pedido en extradición por Estados Unidos, se encuentra a la espera de que el recurso de apelación presentado a su favor el lunes, de la semana pasada, sea discutido en las próximas horas por el pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

La defensa pública quien representa a Bonilla busca la manera de frenar su extradición, la Corte del Distrito Sur de New York lo requiere bajo esa figura, tras acusarlo de cometer tres cargos relacionados al narcotráfico y porte ilegal de armas.

LA TRIBUNA tuvo acceso desde el lunes 11 de abril al recurso de apelación que favorece al exjerarca Bonilla Valladares, el cual fue presentado por el defensor público Ramón Matamoros, a eso de las 7:30 de la mañana ante el secretario de extradición Juan Carlos Colindres.

El jueves 07 de abril el juez de extradición de primera instancia, José Olivio Rodríguez concedió la extradición de Bonilla Valladares.

Anoche se confirmó que el magistrado Rodríguez firmó el auto de entrada del recurso de Apelación de Bonilla, por lo que para hoy el presidente Argueta enviaría la convocatoria al pleno de magistrados indicando la fecha y la hora en la que se discutirá como único punto el recurso en mención.

De acuerdo a la posición de los defensores de Bonilla en el recurso presentado a su favor, argumentan que no debe de ser extraditado a los Estados Unidos de América porque la extradición es la máxima expresión de cooperación jurídica entre Estados, se trata de un proceso Penal por el cual un Estado solicita el regreso forzoso de una persona acusada ya sea por un delito, con la finalidad de someterse a juicio o que cumpla la condena en el Estado requirente.

Consideran que los hechos que pueden aprobar la extradición, son los que se hayan ejecutado a partir del 27 de febrero 2012, con la reforma de la Constitución de la República del artículo 102, en virtud de que no está permitido el trámite de mérito, “hemos revisado exhaustivamente los cargos imputados al señor Juan Carlos Bonilla Valladares, los mismos están relacionado desde el año 2003 al 2011 en consecuencia no tiene relación con la reforma antes enunciada el cual no podía responder a estos cargos en el presente trámite de extradición del cual nos ocupamos en este momento”.

“Por lo que no se puede aplicar la retroactividad de la ley de la penal, en relación con el artículo 102 de nuestra Carta Magna, cuando se aprobó este tratado de extradición fue de la siguiente manera; Artículo 3 no da derecho a reclamar la extradición por ningún crimen o delito de carácter político ni por actos relacionados con los mismos y ninguna persona será entregada por cualquiera de las partes contratantes, en virtud de este convenio podrá ser juzgada o castigada por crimen o delito alguno político”, detalla la apelación a la que se tuvo acceso.

De igual forma, rechazan el otorgamiento a la extradición de Bonilla Valladares, en virtud de que no se cumplen con los estándares mínimos requeridos para ser concedido en extradición y analizadas las pruebas del Estado requirente, no hay pruebas múltiples que sean concordantes de la existencia de los tres (3) cargos presentados en su contra, no hay nada que pueda acreditar su participación de esos hechos ilícitos, ya que es una investigación poco creíble por parte de los agentes de la Administración para el Control de Drogas (DEA), en donde no presentaron ninguna evidencia pueda incriminar o indicios al exjerarca.

“El Principio de Legalidad en la extradición no está regulada en el Tratado Derecho Internacional Público entre los Estados, no se puede otorgar la extradición a la persona que ha sido requerida ya que en relación al Principio de Reciprocidad los estados hacen una lista de delitos para extraditar, para el caso de Honduras cualquier hondureño o hondureña tenga la posibilidad de extraditarlos solamente por los delitos Trafico de Drogas, Terrorismo, Criminalidad Organizada, no por los cargos de Conspiraciones de sustancias controladas de narcóticos y Portar Armas de Fuego y estos delitos no están permitidos para una extradición conforme a nuestra Carta Magna”.

De igual forma, la defensa sostiene que Bonilla no tuvo participación en el crimen del narcotraficante rival del excongresista Juan Antonio “Tony” Hernández, Franklin Arita Matta, ocurrida en Santa Rita. Copán, en el 2011, año en el que Bonilla se desempeñaba como jefe de Policía Nacional de esa localidad, “cuando te notificaron de ese hecho criminoso, él se encontraba en su oficina, inmediatamente se avisó al Fiscal del Ministerio Público de turno, al médico forense, a su equipo de investigadores para trabajar y dar captura con a los responsables de ese hecho, darle una respuesta a los familiares de la víctima quienes fueron sus autores materiales, extremo que la DEA, plasman en sus investigaciones.

El artículo 5 de este mismo tratado de extradición establece que el criminal no será entregado con arreglo a la disposición del presente convenio cuando por el transcurso del tiempo o por otra causa legal con arreglo a las leyes del punto dentro de cuya jurisdicción se cometió el crimen la persona se halla libre de ser procesado o castigado por el delito que motiva la demanda de extradición.

Su defensa relaciona los cargos de conspirar, importar, manufacturar con narcóticos desde Honduras hacia a los Estados Unidos, otros de los cargos promover portar armas de fuego y conspirar con narcóticos, con la asociación delictuosa con personas públicas y privadas, personas de hacer cumplir la ley en este país, conexión con personas conocidas en la política y desconocidas para el trasiego de toneladas de drogas desde Venezuela, Colombia, Honduras, Guatemala hasta llegar al destino de Estados Unidos, por lo anterior su defensa considera que no debe ser entregado al Estado requirente, ya que hay una jurisdicción en Honduras, en donde hay una normativa procesal penal, una ley penal vigente, donde se le debe deducir responsabilidad o la inocencia a nuestro representado de acuerdo a las pruebas de cargos, presentadas por los Estados Unidos, para que los jueces y magistrados hondureños, independientes, imparciales puedan impartir justicia sobre este asunto”.

Los tres cargos contra Bonilla Valladares por los cuales está siendo pedido en extradición son Participar en la conspiración para importar una sustancia controlada a los Estados Unidos y dentro del territorio aduanero de los Estados Unidos de un lugar fuera del mismo, manufacturar y distribuir una sustancia controlada, con la intención y conocimiento que dicha sustancia seria ilegalmente importada dentro de los Estados Unidos y en las aguas dentro de una distancia de las 12 millas de la costa de los Estados Unidos, manufacturar, distribuir y poseer una sustancia controlada a bordo de una aeronave registrada en los Estados Unidos.

Otra de las imputaciones es por usar o portar armas de fuego para promover, o poseer armas de fuego durante y en relación a la conspiración por importación de narcóticos imputados en el primer cargo de la demanda y por instigar y asistir al mismo.

Finalmente, se le acusa de participar en la conspiración para usar y portar armas de fuego para promover o poseer armas de fuego durante y en relación a la conspiración para importar narcóticos imputados en el primer cargo.

Bonilla se encuentra guardando prisión en el anexo del Centro Penitenciario de Támara ubicado al interior del Primer Batallón de Infantería. (Por Xiomara Mairena)

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