LA RUTA Y EL SISTEMA DISFUNCIONAL

MA
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20 de abril de 2022
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12:25 am
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LA RUTA Y EL SISTEMA DISFUNCIONAL

ANUNCIAN que “están trabajando” viendo qué hacer de las ZEDES. ¿Tanto brinco si el terreno está tan parejo? A continuación un editorial publicado a raíz de otro disparate de los legisladores. No es la primera vez –decíamos– que opinamos sobre la independencia, unidad y la exclusividad jurisdiccionales como principios universales del derecho constitucional. Hace unos días –asombrados de la forma como se manosea la Constitución de la República y ahora como dispusieron interpretar una norma constitucional utilizando un artículo de la Ley Electoral, ello es tocar lo superior por vía de una ley secundaria– citábamos el texto original del artículo 304 de la Carta Fundamental: “Corresponde a los órganos jurisdiccionales aplicar las leyes a casos concretos, juzgar y ejecutar lo juzgado”. “En ningún tiempo podrán crearse órganos jurisdiccionales de excepción”. Nótese que el texto es tajante. Lee: “en ningún tiempo”. Lo que no admite excepciones o modificaciones. En ningún tiempo es: ni hoy, ni mañana, ni pasado. Es nunca.

Aún así, en abusiva burla a lo anterior, en un Congreso anterior, vía reforma, le agregaron una colita al artículo: “Se exceptúan de esta disposición los fueros jurisdiccionales de las Regiones Especiales de Desarrollo”. (Una vez cometido el pecado original, a partir de allí, procedieron a introducir, a discreción, otros agregados. Tajando y zurciendo tela a troche y moche elaboraron un portentoso paraguas para las ZEDES. Incluso mutilando disposiciones territoriales intocables). O sea, que allí donde la Constitución en forma enfática instituía que no se podía, “en ningún tiempo” crear órganos jurisdiccionales de excepción, ellos se ingeniaron forma de anular la prohibición. Lo jurídico aquí acoplado a la alquimia. Ello es a la esotérica creencia de la transmutación de los metales. Para convertir el nunca, equivalente a nunca jamás, a “nunca se sabe” o en “quizás”, o en “tal vez”, o en “todo depende”. El precepto, como originalmente leía el artículo constitucional, es cristalino. No admite interpretación alguna. Deriva su contenido de otros enunciados constitucionales de rango más elevado. La ley debe ser un cuerpo de normas armónicas entre sí con imperio de carácter universal a los habitantes del Estado donde se aplica. Las normas constitucionales deben guardar concordancia, unas con otras. El artículo 304 como fue redactado originalmente por los constituyentes –antes de ser trastocado por alquimistas– estaba en completa correspondencia con este otro principio de carácter superior jerárquico dentro del marco constitucional:

“Artículo 60. Todos los hombres nacen libres e iguales en derechos”. “En Honduras no hay clases privilegiadas”. “Todos los hondureños son iguales ante la Ley”. Se declara punible toda discriminación por motivo de sexo, raza, clase y cualquier otra lesiva a la dignidad humana”. Para mejor proveer, la imposibilidad de crear jurisdicciones de excepción –en ningún tiempo– nace y es completamente congruente con el principio citado de “igualdad ante la ley” de todos y para todos, sin excepción. Si bien se pueden hacer diferenciaciones de diversa naturaleza, por ejemplo, en materia económica, de acuerdo a las características y modalidades del mercado, no caben distinciones en lo que se refiere a la aplicación de la ley y a la impartición de justicia. Escuchamos decir que lo que acaba de ocurrir responde a la demanda de inversionistas arguyendo que solo una jurisdicción especial puede garantizárseles “seguridad jurídica”. Entiendan que seguridad jurídica debe haber para todos –nacionales y extranjeros, potentados y acabados, inversionistas y pelados, laicos y religiosos– y se asume que darla sea la función del Poder Judicial. Hasta sacrilegio sería –y afrenta a jueces y magistrados– presumir que en el país se imparte “inseguridad jurídica”. Como diría von Mises: “Fiat iustitia, ne pereat mundus”. (Aparte de lo anterior –agrega el Sisimite– crear enclaves es como admisión que solo así los negocios podrían prosperar si todo lo demás está arruinado. ¿No creen que la ruta más bien sería revisar a fondo este modelo disfuncional, liberándolo del remolino de distorsiones; quitando trabas y cargas abusivas a la iniciativa privada que la sacan de competencia e impiden la generación de empleos y trancan el desarrollo; brindar estímulos a la producción nacional –en fin crear un sistema que genere riqueza y bienestar no que reparta pobreza– en vez de dar por desahuciado el país?

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