Poder Judicial incorpora al servicio regular a 304 empleados por contrato

MG
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27 de abril de 2022
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11:30 am
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Poder Judicial incorpora al servicio regular a 304 empleados por contrato

La Corte Suprema de Justicia emitirá su opinión sobre dos proyectos de decretos sobre Banhprovi y excarcelación ante la pandemia de COVID-19.

Un total de 304 empleados judiciales que estaban bajo la modalidad de contrato y que aprobaron un riguroso proceso de evaluación coordinado por la Dirección de Administración de Personal del Poder Judicial, son incorporados al Servicio Regular de Empleados Judiciales, según el Acuerdo firmado en las últimas horas por el Presidente del Poder Judicial, Magistrado Rolando Edgardo Argueta Pérez.
Las evaluaciones fueron practicadas a 598 Servidores Judiciales por contrato, de los cuales, luego del proceso de evaluación, dicha Dirección considera aptos a TRESCIENTOS CUATRO (304) empleados judiciales hasta la fecha, quienes serán incorporados al Servicio Regular de la Carrera Judicial decisión avalada por la Dirección de Planificación, Presupuesto y Financiamiento que confirmó la disponibilidad presupuestaria para que el personal judicial antes indicado pueda ser ingresado al sistema regular.
Mediante el Acuerdo, la Presidencia del Poder Judicial instruye que de manera inmediata la Dirección de Administración de Personal proceda a emitir las acciones de personal correspondientes y a realizar los demás trámites administrativos para que en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, se emitan los acuerdos de nombramiento permanente, con vigencia a partir del 01 de junio de 2022 para los 304 empleados que aprobaron su proceso.
En la Ley de la Carrera Judicial se dispone que su organización y la reglamentación del Servicio, tienden a una rigurosa selección de funcionarios y empleados judiciales, basada en los méritos personales y profesionales, que dé igualdad de oportunidades, estimule el ingreso de los más aptos y garantice su estabilidad y superación.
Desde el 23 DE OCTUBRE DE 2019, la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia aprobó el desarrollo de un proceso de evaluación a todo el personal judicial por contrato, para su incorporación al Servicio Regular de la Carrera Judicial, compuesto por tres (3) subprocesos: evaluación de antecedentes personales, evaluación de servicios y evaluación de confianza.
Para considerar que un empleado judicial por contrato aprueba el proceso, los resultados de los tres subprocesos mencionados deben concluir que si se cumple con los requisitos de nacionalidad, edad, formación académica y experiencia; que el empleado no tiene ningún impedimento, incompatibilidad o inhabilidad de tipo constitucional, legal o reglamentario, que no le permita desempeñarse en el puesto que ostenta; que no tiene antecedentes penales ni policiales; que cuenta con el conocimiento de las labores que realiza y con las habilidades y aptitudes propias del cargo en el que se encuentra; que ha tenido un buen desempeño y una buena conducta a lo interno de la oficina a la cual está adscrito; que asiste puntualmente a su trabajo; y, que, de acuerdo a las pruebas psicométrica, toxicológica y poligráfica, y a la visita domiciliaria efectuada, es apto para el puesto que ostenta.
De igual manera, se tomó la determinación de que las empleadas judiciales cuyos contratos han sido de Aseadoras, recibirán acuerdos de nombramiento permanente como Conserjes, reubicándolas en las oficinas jurisdiccionales o administrativas que requieran de este tipo de personal, esto debido a que actualmente el servicio de limpieza y aseo es brindado a la institución por empresas especializadas en el tema y que fueron contratadas luego de efectuados los respectivos procesos de licitación.
También se aclara que este proceso aún no ha finalizado, ya que existen varios empleados judiciales que por factores no atribuibles a ellos ni al Poder Judicial no lo han concluido, motivo por el cual no figuran en el listado antes mencionado; procediéndose según lo establecido en el protocolo aprobado para el proceso de evaluación del personal judicial por contrato; asimismo, existe otra cantidad de empleados judiciales que no se plasman en dicho listado, por no haber aprobado la referida evaluación, siendo que, en la mayor brevedad posible se efectuarán los correspondientes análisis, a fin de resolver lo que, en Derecho, sea pertinente.
Incorporados este conjunto de empleados al servicio regular de carrera, la Dirección Administrativa en conjunto con el Departamento de Beneficios Sociales procederán a realizar los trámites correspondientes para el ingreso de los empleados elegibles, en la póliza colectiva de seguro de vida y médico-hospitalario y el Departamento de Beneficios Sociales en conjunto con la Dirección de Administración de Personal, realizarán lo concerniente para su incorporación al sistema del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP).

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