Lunes, último día para presentar declaración jurada de ingresos

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29 de abril de 2022
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07:20 pm
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Lunes, último día para presentar declaración jurada de ingresos

El Reglamento de la Ley Orgánica del TSC establece que quien omita este deber legal quedará en suspenso en el desempeño del cargo.

El Tribunal Superior de Cuentas (TSC), comunica a los gerentes, subgerentes, directores, subdirectores, jefes o encargados de las dependencias de Recursos Humanos de las instituciones del sector público estatal, así como a las alcaldías municipales, directores de centros educativos, a los funcionarios y a los servidores públicos obligados a la presentación de la Declaración Jurada de Ingresos, Activos y Pasivos, lo siguiente:

1. La Ley Orgánica del TSC establece que durante los meses de enero, febrero, marzo y abril los servidores públicos obligados deberán presentar, en la sede del ente contralor del Estado, la respectiva actualización anual de su declaración jurada de ingresos, activos y pasivos.

2. En vista que el día 30 de abril, fecha límite establecida en la Ley Orgánica del TSC para actualizar la Declaración Jurada de Bienes, es sábado y por lo tanto un día inhábil, el Pleno de Magistrados resolvió trasladar el plazo para el lunes 2 de mayo de 2022.

3. Igualmente, en atención al reciente cambio de gobierno que conlleva el desempeño de nuevas autoridades del sector público, el 2 de mayo de 2022 vence el plazo de prórroga otorgado a los sujetos pasivos obligados para presentar la Declaración Jurada de sus Ingresos, Activos y Pasivos, por cese o ingreso por primera vez al cargo público.

4. Ese día la Unidad de Recepción de Declaraciones del TSC laborará en horario extendido, es decir de 8:30 de la mañana a 12:00 de la noche, tanto en la sede central en Tegucigalpa, como en las oficinas regionales de San Pedro Sula, La Ceiba y Santa Rosa de Copán.

5. De acuerdo a la Ley Orgánica del TSC están obligados a presentar la Declaración Jurada de Ingresos, Activos y Pasivos, los servidores públicos que devenguen un salario igual o mayor a L40,000.00 o que aún sin devengar dicha cantidad, manejen, custodien, administren o tengan a su cargo bienes o fondos del Estado.

6. El TSC advierte que la omisión de dicha obligación dará lugar a la imposición de una multa equivalente a L5,000.00. Igual sanción se impondrá a quienes no hayan cumplido con su deber de presentar la Declaración Jurada por Ingreso al cargo por primera vez o cesación, así como anualizar su respectiva Declaración Jurada de Ingreso, Activos y Pasivos durante periodos anteriores y a partir de la reforma efectuada a la Ley Orgánica por el Congreso Nacional de la República.

7. Además, el Reglamento de la Ley Orgánica del TSC establece que quien omita este deber legal quedará en suspenso en el desempeño del cargo o empleo sin goce de sueldo, hasta que cumpla con la obligación, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o penales que fueren procedentes.

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