Sala Penal revoca la prisión preventiva a Barralaga

MA
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15 de agosto de 2022
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03:49 am
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Sala Penal revoca la prisión preventiva a Barralaga

Jorge Alberto Barralaga Hernández y su exnuera, Montse Paola Fraga Duarte.

La sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por unanimidad de votos, revocó la medida de prisión preventiva a favor del subcomisionado retirado de la Policía Nacional, Jorge Alberto Barralaga Hernández y su exnuera Montse Paola Fraga, condenados por el delito de lavado de activos en perjuicio de la economía de Honduras.

Lo anterior se da luego que las defensas de ambos encausados solicitaran una audiencia de revisión de medidas ante los magistrados de esa sala, puesto que los dos ya cumplieron con la mitad de la sentencia a la que fueron condenados y que aún esta causa penal no tiene carácter de firme.

Dentro de la resolución de la sala a la que se tuvo acceso, se detalla que el pasado 30 de julio del 2022 tanto Barralaga y Fraga Duarte cumplieron cinco años de estar recluidos y siendo la pena interpuesta por el Tribunal de Sentencia de diez años de prisión, y en cumplimiento a lo establecido en la norma procesal para el cambio de medidas sustitutivas a imponer, por darse el vencimiento de la medida de prisión preventiva por haber cumplido la mitad de la pena interpuesta y que no se ha resuelto el recurso de casación.

Así, la sala de lo Penal falló “declarar con lugar la solicitud presentada por la defensa privada, revocando la medida cautelar de prisión preventiva impuesta a los acusados Jorge Alberto Barralaga Hernández y Montse Paola Fraga Duarte, sin perjuicio del cumplimiento de otras medidas cautelares impuestas por proceso judicial distinto al presente”.

Asimismo, para asegurar la vinculación de los acusados Jorge Alberto Barralaga Hernández y Montse Paola Fraga Duarte, con el proceso penal, se le imponen como medidas cautelares: Prohibir al acusado salir del territorio nacional, para lo cual se deberá librar la correspondiente alerta migratoria; obligación de los acusados de fijar su domicilio dentro del territorio nacional y residir en él de manera permanente hasta tanto no se defina su situación jurídica en sentencia firme.

Debiendo notificar a este tribunal de manera anticipada cualquier cambio de este, asimismo brindar un número de teléfono propio, de un familiar o amistades, con quien vaya a convivir, donde pueda ser localizado sin demora; ordenar a los acusados Jorge Alberto Barralaga Hernández y Montse Paola Fraga Duarte, presentarse a firmar el día viernes de cada semana, sin excepción alguna, a la Secretaría del Tribunal con Competencia Territorial en Materia Penal.

Los magistrados de la sala de lo Penal mandaron además a que se libre comunicación al Tribunal de Sentencia con Competencia Territorial Nacional en Materia Penal, a efecto de que proceda a ejecutar el cambio de la medida cautelar, notificándole a los acusados de manera personal, las medidas impuestas, haciéndole las advertencias de lo que procede en ley en caso de no acatar las mismas.

De igual forma, libraron oficios a la Dirección de Migración y Extranjería para hacerle saber de la prohibición impuesta a Barralaga Hernández y Fraga Duarte de salir del territorio nacional, debiendo comunicar a este tribunal y a la Policía Nacional en caso que la persona inicie cualquier tipo de trámite migratorio.

Ambos encausados fueron condenados en noviembre de 2019, por el delito antes mencionado y el tribunal durante la lectura del fallo condenatorio consideró que Barralaga Hernández no pudo justificar 76 millones 609 mil 317 lempiras con ocho centavos, monto que fue incrementado en un 150 por ciento en concepto de multa, es decir que la cifra ascendería a 114 millones 913 mil 975 lempiras con 72 centavos

Mientras que Fraga Duarte recibió 18 transferencias y nueve depósitos por más de 18 millones 653 mil 239 lempiras con 26 centavos, por parte de Jorge Barralaga Rivera, hijo del subcomisionado Barralaga Hernández, montos que no pudo justificar ante el Tribunal, se indicó. (XM)

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