¿EN CUÁL RONDA?

ZV
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13 de febrero de 2023
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12:48 am
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¿EN CUÁL RONDA?

EL artículo 242 constitucional subsana las faltas por accidentes fortuitos que pudiesen ocurrir en el Estado de Derecho. A manera que no pueda faltar ninguno de los tres Poderes del Estado que –de acuerdo al artículo 4 constitucional– conforman el sistema de gobierno. Ofrece las salidas excepcionales para no romper la institucionalidad democrática, en caso de falta absoluta de la autoridad presidencial o si la elección de la fórmula presidencial no estuviese declarada un día antes del 27 de enero. El último párrafo del citado artículo 242 lee: “Mientras las nuevas autoridades supremas elegidas toman posesión de sus respectivos cargos, deberán continuar interinamente en el desempeño de sus funciones los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y las Corporaciones Municipales del período que concluye”. Este artículo –es de suponer– y otro de la ley secundaria que ordena al funcionario permanecer en el ejercicio de su cargo hasta que llegue su relevo, a manera de impedir el vacío jurídico institucional –es de donde se agarran ahora para no elegir una nueva Corte Suprema de Justicia, de manera que continue la vieja, aun cuando el período de siete años de los magistrados finalizó el 11 de febrero–.

¿Cómo ocurrió –decíamos ayer– que el período de 7 años de los actuales magistrados comenzara a correr a partir del 11 de febrero y no del 25 de enero cuando debió ser la elección? Pues resulta que el Congreso que los eligió lo hizo a pedazos. Unos días –en un bingo– elegían a unos y otros días a otros, hasta completar la lista siguiendo el procedimiento contemplado en el artículo 311 constitucional y fue hasta el 11 de febrero que prestaron su promesa de ley. Una elección bastante irregular, si el siguiente artículo 312 ordena que la elección se haga el 25 de enero. ¿Entonces, si las cosas se hicieron contrariando lo dispuesto en la Constitución –una elección a destiempo– es menester ahora reincidir en lo que se hizo mal? Bien pudieron elegir el 25 de enero respetando lo prescrito en la Constitución y juramentarlos el 11 de febrero para sincronizarlo con el período que vence en esa fecha. Nótese que el 242 constitucional claramente establece “mientras las autoridades supremas elegidas toman posesión de sus cargos… deberán de continuar (los funcionarios) del período que concluye”. “Autoridades supremas elegidas”, dice. ¿Y es que ya eligieron a los nuevos magistrados? Pues no. Lo que debió hacerse el 25 de enero no se hizo, violando la norma constitucional. Ello confirma la fidelidad de lo que hemos venido diciendo, ello es que todo este proceso de elección, como el anterior, tristemente ha sido harto irregular. Las fechas jurídicas son imperativas, inaplazables e ineludibles. Como bien saben los juristas que entienden –y debiesen saberlo lo que no saben– los plazos jurídicos son fatales. No son hule que se encoge y se estira al antojo, son fechas forzosas de estricto cumplimiento.

¿Y por qué la Constitución exige que la elección sea el 25 y no establece que seguirán votando una y otra vez en los días siguientes hasta que San Juan baje el dedo? Precisamente para obligar a la clase política –en el lapso de 24 horas– a llegar a un acuerdo, a consensos patrióticos, que permitan elegir ese día, con mayoría calificada. (Si se sabe que la elección es el 25, las misas de la negociación debieron oficiarlas muchas semanas antes). No es para que los malabarismos políticos jueguen a la permanencia de una Corte –por supuesto que respetando la honorabilidad y calidad de cada uno de los magistrados– cuyo período ya venció, hasta que se antoje la santa gana. Ni para que nadie –sin que las trancas aflojen, cuando presumiblemente tenían arreglos en principio– termine de hacer sus mandados. De más está decir que los constituyentes redactaron esa Constitución para demócratas, respetuosos de la misma, no para mañosos. ¿Cuándo entenderán que esta incertidumbre en que mantienen a la sociedad no les beneficia en nada? Anidan el espejismo de estar usufructuando la zozobra, con las irredimibles prácticas de siempre. Pues no. No es así. SI el país pierde nadie gana. No eligieron el 25 de enero en la primera ronda, ni el 11 de febrero en la segunda, ¿cuántas rondas creen que hay y en cuál piensan elegir? (Quizás –resuella el Sisimite– ¿no han sopesado el sentimiento de todo ese público allá afuera –entre toda esa gente, multitudes de jóvenes– que ven todo este espectáculo con sumo pesar? ¿El de la ciudadanía decente –interviene Winston– que todavía apuesta al futuro del país, que toma nota del desprestigio de una clase política incorregible, a la que pareciera no interesar, en lo más mínimo, ganarse, una gota siquiera, de la confianza perdida?

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