Vuvuzelas y pitoretas para no dar paso a moción de Ley de Empleo Parcial

MA
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30 de marzo de 2023
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03:36 am
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Vuvuzelas y pitoretas para no dar paso a moción de Ley de Empleo Parcial

En el Congreso Nacional, en la noche del pasado martes, se produjo un nuevo zipizape.

En el Congreso Nacional, en la noche del pasado martes, se produjo un nuevo zipizape, pero esta vez el protagonista no solo fue la bancada del Partido Nacional, sino que también las bancadas del Partido Liberal y del Partido Salvador de Honduras (PSH), que protestaron con silbidos, vuvuzelas y pitoretas, en protesta por no dar trámite a una moción del diputado liberal, Mauricio Villeda.

La moción de orden presentada ayer por el diputado liberal, Mauricio Villeda, para la aprobación de una Ley de empleo parcial, no fue agendada por la directiva del Congreso Nacional, lo que derivó en una protesta de la mayoría de las bancadas en el Legislativo.

La falta de trámite a la iniciativa provocó que los diputados de las tres bancadas opositoras se levantaran de sus curules y alzaran la voz, frente a la propia Junta Directiva, por lo que Luis Redondo, argumentó que suspendía momentáneamente la sesión para consultar la opinión de las centrales obreras sobre la iniciativa del diputado liberal, Mauricio Villeda.

Sin embargo, el titular del Legislativo, una hora después posteó en su cuenta de Twitter, que la sesión legislativa se pasaba para el miércoles 28 de marzo a las 3:00 pm, con el agregado: “No vamos a pasarnos por sobre los trabajadores de Honduras y las centrales obreras, por lo que les llamo para estar atentos y a reunión urgente”.

El diputado Villeda, argumentó que su iniciativa va orientada a enfrentar la falta de empleo en el país y sobre para cubrir las oportunidades que se presentan para esta época de Semana Santa, en donde el sector turismo requiere de empleo temporal y por eso su proyecto va encaminado en esa dirección sin que se le violenten los derechos laborales que tipifica el Código del Trabajo.

La propuesta trata de una enmienda al artículo 328 del Código de Trabajo para crear el empleo temporal, mismo que contiene todos los beneficios para los obreros en relación a la normativa abrogada en abril de 2022, detalló Villeda.

“No es sano que otro poder del Estado se meta en las decisiones que aquí se están tomando, esto no es sano sobre todo porque la población no puede seguir esperando pues el proyecto de ley afecta a miles de hondureños que quieren trabajar, aunque sea medio tiempo, pero no se le quiere dar la oportunidad”, justificó Villeda.

Agrego que e en la nueva iniciativa no se le reduce ninguno de los derechos a los empleados, “porque todos los derechos establecidos en el Código del Trabajo y la Constitución se respetan y por tanto la Secretaría del Trabajo no tendría por qué pronunciarse ya que la Corte Suprema de Justicia ya lo ha hecho”.

En consecuencia, apunto; “que me diga Juan Barahona (padre de la derogación de la Ley de Empleo por Hora) en qué lacera esta ley a las personas, pues no les quita vacaciones, maternidad, aguinaldos ni seguridad social, no les quita absolutamente nada”.

LA MOCION DE ORDEN POR TANTO, DECRETA:

Artículo 1: Reformar el artículo 328 del Título IV, capítulo I, del Decreto 189-59, contentivo del Código de Trabajo el cual debe leerse así:

Artículo 328: Los trabajadores permanentes que por disposición legal o por acuerdo con los patrones laboren menos de cuarenta y cuatro (44) horas en la semana, tienen derecho de percibir Integro el salario correspondiente a la semana ordinaria diurna. Se exceptúan de lo anterior, los contratos individuales de trabajo por tiempo indefinido, por tiempo limitado o para obra o servicio determinado que tengan por objeto satisfacer actividades que se desarrollan en períodos de tiempo entre dieciséis (16) y treinta y dos (32) horas a la semana, en donde el patrono y trabajador podrá suscribir contratos individuales de trabajo en donde se pacte remuneración por las horas de servicio trabajado.

Para efectos del pago del décimo tercer mes de salario en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social y las vacaciones se pagarán en base al salario promedio devengado en los últimos seis (6) meses. (JS)

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