Fiscalía confirma pruebas de tráfico y lavado de activos de “Monchito” Matta
Juan Ramón “Monchito” Matta Waldurraga.
La Sala II del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional continuó ayer con el juicio oral y público en la causa instruida contra el empresario Juan Ramón “Monchito” Matta Waldurraga, a quien se le supone responsable del delito de Lavado de Activos Agravado.
La Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO), acusa a Matta Waldurraga y los señalamientos están relacionados con la Operación Terremoto, que la Dirección de Lucha contra el Narcotráfico (DLCN) ejecutó en el 2017, caso por el que se solicita sentencia condenatoria.
Es de mencionar que Fiscalía propuso al Tribunal de Sentencia, que conoce esta causa, una asistencia jurídica internacional acerca de la sentencia condenatoria de Matta Waldurraga dictada por la Corte del Distrito Este, de New York, Estados Unidos.
El encausado Matta Waldurraga, en aquel país se declaró culpable por el delito de conspiración para el tráfico de drogas.
En tal sentido, la fiscalía pretendía demostrar, el delito precedente que se requiere para el delito de lavado de activos por el cual está siendo encausado, con la copia certificada de la asistencia jurídica de la condena que le fue interpuesta luego de que el propio, Matta Waldurraga, se declarara culpable del tráfico de drogas.
Actualmente el Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional, argumenta en sus sentencias absolutorias que la prueba de cargo, con la que se busca acreditar la acusación no es suficiente, ni tampoco para demostrar el delito precedente.
En octubre del año pasado, Matta Waldurraga fue repatriado desde Colombia, donde estaba preso desde diciembre del 2019, tras cumplir antes dos años de prisión en EE. UU. por tráfico de drogas.
Específicamente, fue repatriado de Colombia por tener “alerta roja” de Interpol en el marco de la Operación Liberación, y agentes de la Dirección Policial de Investigaciones y de fuerzas especiales, entre otros, participaron en el traslado de Matta Waldurraga.
Con ello se dio cumplimiento en aquel entonces a una orden de captura en su contra emitida el 16 de junio del 2017, por un Juzgado de Extradición de primera instancia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
En junio de este año, la Sala de lo Constitucional de la CSJ, admitió un recurso de amparo con suspensión del acto reclamado y otorgó medidas sustitutivas a la prisión preventiva a Matta Waldurraga, por lo que se defiende en libertad.
Las investigaciones de la Fiscalía muestran en su acusación la existencia de un supuesto grupo organizado de personas, que durante un período de tiempo procedieron a realizar adquisiciones e inversiones con el fin de convertir y ocultar activos cuya procedencia no tiene justificación económica.
Las actuaciones se efectuaron a través de traspasos a título oneroso y gratuito de bienes inmuebles, créditos hipotecarios y traspasos de acciones de sociedades, entre otras.
En ese contexto, los señalados de lavado de dinero fueron: Juan Ramón Matta Waldurraga, Asdrúbal Humberto Mejía Sobalvarro, Eduardo Rodríguez Bustamante, Johnny Alxis Galeas Galeas, Josué Natanael Borjas Guifarro, Ada Edelmira Borjas Guifarro y Raquel Tatiana Núñez Pagoada.
Varias de estas personas ya fueron condenadas, al tiempo que, sobre muchos de los 71 bienes incautados, el 17 de junio del 2017, en Francisco Morazán, Cortés, y Olancho, existen sentencias de comiso definitivas emitidas por el juzgado de privación.
La prueba de cargo del Ministerio Público es una pericia financiera con 20 insumos. Una pericia de extracción y análisis de información de correos electrónicos, seis actas de allanamiento, una declaración testifical, entre otros.
Para hoy el tribunal seguirá con el desarrollo del juicio oral y público con la evacuación de la prueba pericial. (XM)